Ver la versión completa : Seguro responsabilidad Civil, ¿solo cubre cuando esta desenganchada?...
Estoy lellendo en algunas publicaciones que el seguro de responsabilidad civil de la caravana solo me cubre cuando la caravana este desenganchada, o sea ¿ si dando marcha atrás o en movimiento enganchada, doy un golpe o destrozo algo, me cubre la responsabilidad civil, del daño que he producido?
estoy pagando 29 Euros por año, con responsabilidad civil de 50.000.000 de Euros.... pero no veo nada en la poliza que especifique si la caravana tiene que estar desenganchada del tractor...
¿184683Alguien puede aclarar esta duda.?
Hola, si z de menos de 750kg lo cubre el seguro del coche.
Si lleva placa roja y póliza propia cubre el 100% si está desenganchada.
Si el golpe lo da estando enganchada pagan entre las dos compañías: la de la caravana y la del tractor.
latumbadehuma
26/08/2018, 18:46
Si es de menos de 750 no tie es seguro desenganchada.
Creo que casi nadie lo tiene.
Cocodrilo feliz
26/08/2018, 19:38
O sea: Estás pagando un seguro de responsabilidad civil a terceros y en la póliza no ves nada que te resuelva las dudas... y en vez de pedir que te las resuelvan a la aseguradora, nos preguntas a nosotros. Hombre...
Yo me pregunto: ¿Si el seguro sólo cubre cuando la caravana está desenganchada: qué daños a terceros puede producir? Me arriesgo a decir que ninguno.
Si es de menos de 750 kilos ya te lo han dicho: Enganchada está cubierta por el seguro del tractor; desenganchada, no.
Pero quien quiera que sea que te ha hecho la póliza, lo llamas y que te explique la letra pequeña del seguro. Igual estás tirando el dinero.
Si lleva placa roja y póliza propia cubre el 100% si está desenganchada.
Si el golpe lo da estando enganchada pagan entre las dos compañías: la de la caravana y la del tractor.
Gracias Guarnon, lo pones clarísimo, no sabia la diferencia entre estar enganchada y desenganchada, lo esplicas de maravilla, gracias.
Hay alguien por aquí que dice que desenganchada no puede producir daño ninguno,.... y que dice que lo mismo estoy tirando el dinero, las dos conclusiones tienen la misma respuesta, SIN COMENTARIOS....
un saludo....
desenganchada puede producir daños a terceros, que su caravana se incendie y perjudique a los de al lado, o en el parking lo mismo creo. eso la responsabilidad es del dueño de la caravana en principio si se declara insolvente pues no se si el camping o parking.
O sea: Estás pagando un seguro de responsabilidad civil a terceros y en la póliza no ves nada que te resuelva las dudas... y en vez de pedir que te las resuelvan a la aseguradora, nos preguntas a nosotros. Hombre...
Yo me pregunto: ¿Si el seguro sólo cubre cuando la caravana está desenganchada: qué daños a terceros puede producir? Me arriesgo a decir que ninguno.
Si es de menos de 750 kilos ya te lo han dicho: Enganchada está cubierta por el seguro del tractor; desenganchada, no.
Pero quien quiera que sea que te ha hecho la póliza, lo llamas y que te explique la letra pequeña del seguro. Igual estás tirando el dinero.
Haber si llamo a la compañía, (que llamare para asegurarme), me entero yo solo, yo de lo que trato es de crear un hilo de conversación para que todos podamos aportar y algunos aprender sobre los comentarios que realicen los compañeros que entiendan sobre el tema...
solo se trata de compartir información....
referente a lo de tirar el dinero, descuida, que ya te aseguro yo, que no es el caso.
Un saludo-
oscarrodrigo
26/08/2018, 23:40
Si es de menos de 750 no tie es seguro desenganchada.
Creo que casi nadie lo tiene.Aquí viene a veces el lío...[emoji16]
Si tenemos una caravana de menos de 750kg y contamos con la póliza de RC del coche, sólo sirve cuando está enganchada (es mi caso y el de la gran mayoría, como bien dice latumbadehuma).
Pero cuando está dedenganchada en un parking de caravanas y se prendre fuego a esa caravana sin seguro y hace daño a 15 caravanas más? Ahí que pasa? Quien paga esos daños? El seguro del parking, no?
Y ahora para rizar el rizo...
Yo tengo la caravana (menos de 750kg y sólo tiene el seguro del coche para la RC enganchada) en el garaje de mis padres, que es un almacén debajo de una comunidad de vecinos. Si una noche se incendia la caravana por algún cortocircuito...
1. Le pagarían los daños al garaje de mi padre? Yo entiendo que no (ni aunque tuviera póliza propia) porque no es un tercero. En las pólizas de RC que he visto no consideran un tercero a un familiar de 1r grado como mi padre, así que cagada [emoji20]. Él tiene seguro de incendio, así que entiendo que cobraría los daños por su seguro y yo me quedaría sin caravana y punto [emoji30]
2. Y si además de hacer daño al garaje de mis padres, el incendio es importante y sube a los vecinos de la comunidad? Aquí ya se complica la cosa. Supongo que aunque yo no tenga RC, el garaje de mis padres sí, por tanto pagaría la compañía de mi padre[emoji848][emoji848]
Q lío se puede montar no? [emoji43][emoji43][emoji43]. Es el problema que tenemos muchos ya que tenemos caravans de menos de 750kg y no le hacemos ningún seguro...
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Si es de menos de 750 kilos, la póliza del coche te cubre la r.c. mientras esté enganchada. Yo por eso siempre les hago una póliza aparte. A quien te dice que "que daño puede producir desenganchada", ni caso, ya has visto que menos ayudar, hará cualquier cosa. Yo he visto un remolque de motos, con 3 motos cargadas, desenganchado, empotrarse contra otro coche.
Saludos.
Vamos a ver:
CV de menos de 750.
No es obligatorio hacerle seguro. Mientras esté enganchada al tractor cubrirá a terceros la póliza del tractor. Si está desenganchada y causa daños, al no tener seguro cubrirá los daños en primer lugar quien la tenga en su poder y en segundo el propietario si fuese una persona diferente. Los daños los cubren con su patrimonio personal salvo que VOLUNTARIAMENTE suscriban un seguro de RC.
Puede darse el caso de que se desenganche en marcha, creo que lo más lógico es considerarla enganchada a efectos de RC.
CV de más de 750.
Es OBLIGATORIO hacerle seguro, se considera un vehículo y tiene matrícula propia. Cuando está enganchada se considera un conjunto de vehículos, cada uno con su póliza y los daños los pagan como dije entre ambas compañías. Si está desenganchada los daños los cubre exclusivamente la póliza de la CV.
Respecto de lo que dice oscarrodrigo de los daños al garaje de sus padres, los familiares hasta tercer grado no se consideran terceros para el caso de daños materiales. Es una exclusión legal, así lo dice la legislación y así lo recogen todas las pólizas de todas las compañías de España.
Vamos a ver:
CV de menos de 750.
No es obligatorio hacerle seguro. Mientras esté enganchada al tractor cubrirá a terceros la póliza del tractor. Si está desenganchada y causa daños, al no tener seguro cubrirá los daños en primer lugar quien la tenga en su poder y en segundo el propietario si fuese una persona diferente. Los daños los cubren con su patrimonio personal salvo que VOLUNTARIAMENTE suscriban un seguro de RC.
Puede darse el caso de que se desenganche en marcha, creo que lo más lógico es considerarla enganchada a efectos de RC.
CV de más de 750.
Es OBLIGATORIO hacerle seguro, se considera un vehículo y tiene matrícula propia. Cuando está enganchada se considera un conjunto de vehículos, cada uno con su póliza y los daños los pagan como dije entre ambas compañías. Si está desenganchada los daños los cubre exclusivamente la póliza de la CV.
Respecto de lo que dice oscarrodrigo de los daños al garaje de sus padres, los familiares hasta tercer grado no se consideran terceros para el caso de daños materiales. Es una exclusión legal, así lo dice la legislación y así lo recogen todas las pólizas de todas las compañías de España.
Después de hablar con mi agente de seguros y amigo, me comenta que la cv, que le tengo seguro de rv rc voluntaria , incluye reclamación de daños.... todo el daño que yo haga estando enganchada o desenganchada corre por cuenta del seguro de la caravana, este o no este enganchada....
muchabeer
29/08/2018, 00:41
Después de hablar con mi agente de seguros y amigo, me comenta que la cv, que le tengo seguro de rv rc voluntaria , incluye reclamación de daños.... todo el daño que yo haga estando enganchada o desenganchada corre por cuenta del seguro de la caravana, este o no este enganchada....Sólo un consejo...
Que eso figure por escrito, en la póliza...
Que luego, las compañías dejan de ser tan buenas, cuando las necesitas...
No lo digo con segundas, ni primeras, ni terceras... Con tu oficio, seguro que ya me entiendes...
Saludetes
Enviado por burbujas de cerveza
Sólo un consejo...
Que eso figure por escrito, en la póliza...
Que luego, las compañías dejan de ser tan buenas, cuando las necesitas...
No lo digo con segundas, ni primeras, ni terceras... Con tu oficio, seguro que ya me entiendes...
Saludetes
Enviado por burbujas de cerveza
Si totalmente de acuerdo contigo, en este asunto es mucho mas sencillo de lo que aquí algunos están diciendo, haber la cv, con mas de 750 Kgr. se considera un vehiculo y tiene su propio seguro, de rc. ahora, donde pone que solo se hace responsable el seguro cuando esta enganchada....??. el seguro de rv, es para siempre se encuentre en la situación que se encuentre....Mi poliza no especifica si tiene que estar enganchada o desenganchada,,,, por eso la rv, siempre esta cubierta y punto, al menos con mi seguro.
29 Euros, /año- AXA.
oscarrodrigo
29/08/2018, 00:53
Y tu caravana es de más o menos de 750kg?
Si totalmente de acuerdo contigo, en este asunto es mucho mas sencillo de lo que aquí algunos están diciendo, haber la cv, con mas de 750 Kgr. se considera un vehiculo y tiene su propio seguro, de rc. ahora, donde pone que solo se hace responsable el seguro cuando esta enganchada....??. el seguro de rv, es para siempre se encuentre en la situación que se encuentre....Mi poliza no especifica si tiene que estar enganchada o desenganchada,,,, por eso la rv, siempre esta cubierta y punto, al menos con mi seguro.
29 Euros, /año- AXA.
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Cocodrilo feliz
29/08/2018, 08:01
Me parece mejor ahora que aclaras que lo que pretendes es abrir un debate. Quizás no te entendí bien en la apertura del hilo. No obstante, creo que te he contestado correctamente sobre como entiendo las diferencias entre más o menos de 750 kilos y estar o no enganchada.
Lo que no me aclaro es eso de RC (evidentemente responsabilidad civil) y RV... ¿Qué es RV?
Finalmente, la consulta a la aseguradora parece que te resuelve bastantes dudas y a los lectores de este hilo, también.
Cocodrilo feliz
29/08/2018, 08:32
Se me olvidaba:
Los daños a terceros que pueda producir una caravana que está instalada en un campin son equiparables a los que pueda producir un bungalow o una habitación alquilada en el hospedaje (si lo tuviesen). Si al lado de la caravana instalas una tienda para la cocina, esa instalación es susceptible de producir daños a terceros. Y la mesa y las sillas, los cuchillos y los tenedores y cualquier cosa que incluyas en la parcela. Pero todo eso no es un tema de circulación. Cuando digo que una caravana desenganchada y plantada en una parcela no produce daño alguno, lo digo desde la perspectiva de vehículo con ruedas; pero en el momento que la instalamos en la parcela deja de ser vehículo, no está circulando por una vía pública y se convierte en una vivienda dentro de una propiedad privada como puede ser un hotel. Las incidencias que se puedan producir, como un incendio que afecta a otras caravanas, es lo mismo que si en un piso revienta una bombona y se ven afectados los pisos de los otros vecinos; o en un hotel se produce un incendio en una habitación y afecta a otras habitaciones. Nada que ver con la circulación vial.
Ese es mi criterio, y dentro del debate que explicas que querías abrir, así lo expongo, como uno más.
No estoy de acuerdo contigo Cocodrilo. Una CV de más de 750 es un vehículo con matrícula propia y póliza de seguro obligatorio que responderá de los daños causados a terceros en cualquier caso, esté como esté.
Imagina que aparcas tu coche en el garaje de un amigo y de repente empieza a arder. Los daños que cause el incendio de tu coche, aunque no esté circulando los cubre la aseguradora del coche. No deja de considerarse un vehículo. La caravana es igual, nunca deja de ser un vehículo.
Cuestión distinta es que un elemento ajeno a la caravana pero transportado en ella cause daños. Por ejemplo la explosión de la bombona de butano que dices. En ese caso es muy discutible y habría que estar al criterio del juez, pues la ley no aclara todo lo que da lugar a muchos conflictos.
Sólo un consejo...
Que eso figure por escrito, en la póliza...
Que luego, las compañías dejan de ser tan buenas, cuando las necesitas...
No lo digo con segundas, ni primeras, ni terceras... Con tu oficio, seguro que ya me entiendes...
Saludetes
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Completamente de acuerdo, que esté todo negro sobre blanco y perfectamente escrito.
Y tu caravana es de más o menos de 750kg?
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Superior a 750 Kgr.
Me parece mejor ahora que aclaras que lo que pretendes es abrir un debate. Quizás no te entendí bien en la apertura del hilo. No obstante, creo que te he contestado correctamente sobre como entiendo las diferencias entre más o menos de 750 kilos y estar o no enganchada.
Lo que no me aclaro es eso de RC (evidentemente responsabilidad civil) y RV... ¿Qué es RV?
Finalmente, la consulta a la aseguradora parece que te resuelve bastantes dudas y a los lectores de este hilo, también.
RC=responsabilidad civil. RCV=responsabilidad civil voluntaria-
oscarrodrigo
30/08/2018, 00:00
Pues volviendo un poco al tema del seguro de RC en una caravana de menos de 750kg sin seguro propio, es decir, que sólo tenga el seguro del coche, os comento una cosa que encuentro muy interesante...
Yo trabajo como colaborador en una correduría de seguros (en mi caso, más especializado en salud) y hoy he expuesto mi caso a la jefa y mirando la póliza de mi piso hemos visto que en la RC familiar encontramos esto:
"Queda cubierta la responsabilidad civil del Asegurado, como consecuencia o en su calidad de:
k) Propietario o usuario de vehículos terrestres sin motor."
Por ello, nuestra caravana de menos de 750kg, cuando esté enganchada al coche queda cubierta por el seguro del coche. Pero cuando NO esté enganchada SÍ TIENE COBERTURA DE RC y nos la daría el seguro de casa!! Si tenéis esa cláusula, claro. Yo lo tengo en catalana occidente, pero entiendo que estará en la mayoría de seguros puesto que la RC es bastante similar en todas las compañías.
Por tanto, si nuestra caravana se incendia en un camping, o en un parking de caravanas, o en mi caso en el garaje de mis padres, si se incendia y causa daños, quien paga es el seguro de vuestra casa, ok??
Yo ya me he quedado un poco más tranquilo habiendo investigado un poco este tema... [emoji16][emoji16][emoji16][emoji16]
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Se me olvidaba:
Los daños a terceros que pueda producir una caravana que está instalada en un campin son equiparables a los que pueda producir un bungalow o una habitación alquilada en el hospedaje (si lo tuviesen). Si al lado de la caravana instalas una tienda para la cocina, esa instalación es susceptible de producir daños a terceros. Y la mesa y las sillas, los cuchillos y los tenedores y cualquier cosa que incluyas en la parcela. Pero todo eso no es un tema de circulación. Cuando digo que una caravana desenganchada y plantada en una parcela no produce daño alguno, lo digo desde la perspectiva de vehículo con ruedas; pero en el momento que la instalamos en la parcela deja de ser vehículo, no está circulando por una vía pública y se convierte en una vivienda dentro de una propiedad privada como puede ser un hotel. Las incidencias que se puedan producir, como un incendio que afecta a otras caravanas, es lo mismo que si en un piso revienta una bombona y se ven afectados los pisos de los otros vecinos; o en un hotel se produce un incendio en una habitación y afecta a otras habitaciones. Nada que ver con la circulación vial.
Ese es mi criterio, y dentro del debate que explicas que querías abrir, así lo expongo, como uno más.
La caravana superior a 750 KGR. es un vehiculo, este circulando o este estacionada, nunca pierde su condición de ser un vehiculo y siempre tiene la obligación de tener un seguro de responsabilidad civil.otra cosa muy distinta es que como no circula su dueño no considere conveniente de hacerle un seguro, pero claro que estando aparcada en un camping o donde sea, puede causar daño. un incendio, imagínate que se mete un crio debajo de ella y por lo que sea cae u lo aplasta.... se podrían poner mogollon de casos... y por ciento un vehiculo no tiene nada que ver con un cuchillo o una mesa....
vehiculo= artefacto capac de circular por las vías publicas. todo vehiculo esta obligado a disponer de un seguro, otra cosa es que no se exija....
Se me olvidaba:
Los daños a terceros que pueda producir una caravana que está instalada en un campin son equiparables a los que pueda producir un bungalow o una habitación alquilada en el hospedaje (si lo tuviesen). Si al lado de la caravana instalas una tienda para la cocina, esa instalación es susceptible de producir daños a terceros. Y la mesa y las sillas, los cuchillos y los tenedores y cualquier cosa que incluyas en la parcela. Pero todo eso no es un tema de circulación. Cuando digo que una caravana desenganchada y plantada en una parcela no produce daño alguno, lo digo desde la perspectiva de vehículo con ruedas; pero en el momento que la instalamos en la parcela deja de ser vehículo, no está circulando por una vía pública y se convierte en una vivienda dentro de una propiedad privada como puede ser un hotel. Las incidencias que se puedan producir, como un incendio que afecta a otras caravanas, es lo mismo que si en un piso revienta una bombona y se ven afectados los pisos de los otros vecinos; o en un hotel se produce un incendio en una habitación y afecta a otras habitaciones. Nada que ver con la circulación vial.
Ese es mi criterio, y dentro del debate que explicas que querías abrir, así lo expongo, como uno más.
Haber seguro que sabes mejor que yto que no es lo mismo un bien inmuele que un vehiculo, otra cosa muy diferente es que tu quieras hacerle un seguro de rc.
una caravana nunca dejara de ser un vehiculo,
Después de hablar con mi agente de seguros y amigo, me comenta que la cv, que le tengo seguro de rv rc voluntaria , incluye reclamación de daños.... todo el daño que yo haga estando enganchada o desenganchada corre por cuenta del seguro de la caravana, este o no este enganchada....
La reclamación de daños es para el caso de un siniestro en que el culpable es la parte contraria, para reclamar los daños y/o indemnizaciones si hay daños físicos. No deja de ser una cobertura administrativa.
Si tu haces daño a terceros estando enganchada te cubrirá, si está desenganchada, me extraña, porque los seguros de rc obligatoria son simplemente para circular cubiertos.
No estoy de acuerdo contigo Cocodrilo. Una CV de más de 750 es un vehículo con matrícula propia y póliza de seguro obligatorio que responderá de los daños causados a terceros en cualquier caso, esté como esté.
Imagina que aparcas tu coche en el garaje de un amigo y de repente empieza a arder. Los daños que cause el incendio de tu coche, aunque no esté circulando los cubre la aseguradora del coche. No deja de considerarse un vehículo. La caravana es igual, nunca deja de ser un vehículo.
Cuestión distinta es que un elemento ajeno a la caravana pero transportado en ella cause daños. Por ejemplo la explosión de la bombona de butano que dices. En ese caso es muy discutible y habría que estar al criterio del juez, pues la ley no aclara todo lo que da lugar a muchos conflictos.
Pues yo no estoy de acuerdo contigo. Una caravana se considera "Un vehiculo" cuando esté enganchada al coche, cuando no, se considera "una vivienda", a efectos legales.
Un saludo
Oscar
Pues volviendo un poco al tema del seguro de RC en una caravana de menos de 750kg sin seguro propio, es decir, que sólo tenga el seguro del coche, os comento una cosa que encuentro muy interesante...
Yo trabajo como colaborador en una correduría de seguros (en mi caso, más especializado en salud) y hoy he expuesto mi caso a la jefa y mirando la póliza de mi piso hemos visto que en la RC familiar encontramos esto:
"Queda cubierta la responsabilidad civil del Asegurado, como consecuencia o en su calidad de:
k) Propietario o usuario de vehículos terrestres sin motor."
Por ello, nuestra caravana de menos de 750kg, cuando esté enganchada al coche queda cubierta por el seguro del coche. Pero cuando NO esté enganchada SÍ TIENE COBERTURA DE RC y nos la daría el seguro de casa!! Si tenéis esa cláusula, claro. Yo lo tengo en catalana occidente, pero entiendo que estará en la mayoría de seguros puesto que la RC es bastante similar en todas las compañías.
Por tanto, si nuestra caravana se incendia en un camping, o en un parking de caravanas, o en mi caso en el garaje de mis padres, si se incendia y causa daños, quien paga es el seguro de vuestra casa, ok??
Yo ya me he quedado un poco más tranquilo habiendo investigado un poco este tema... [emoji16][emoji16][emoji16][emoji16]
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totalmente de acuerdo contigo, tienes toda la razón, tu tienes esa parte cubierta por el seguro de tu hoar, en mi caso el seguro del hogar me recoge, que los daños que produzcan cualquiera de los tres pastores alemanes que tengo, entra dentro de la rc. en la poliza figuran los números de chik de los tres animales y ya le toco pagar al seguro, un dia se me escaparon y se liaron con un rebano de ovejas y menudo lio, todo se arreglo satisfactoriamente gracias al seguro del hogar y al dueño le indennizaron según perito un veterianario, el seguro acecto y todo el mundo contento. Por cierto el dueño del rebaño, al final gano bastante dinero) y tan amigos a dia de hoy...
Cocodrilo feliz
30/08/2018, 00:14
Guarnon: "No estoy de acuerdo contigo Cocodrilo."
Ahora mismo no soy capaz de inclinarme por una u otra circunstancia pero me temo que ni siquiera en el caso de un coche si se encuentra en una propiedad privada, el seguro funcione lo mismo que en una vía o un espacio público. Habría que leer despacio las condiciones de la póliza. Pongamos que estoy circulando por un camino o una carretera de una finca privada. La RC y la RP son del propietario de la finca porque es él el que me autoriza a circular por su propiedad y por lo tanto asume las incidencias que puedan producirse.
Hace años cuando compré la parcela donde tengo mi casa, poco después compré otra porque no quería tener problemas con su propietario que carecía de acceso directo. Por razones que no es el caso, decidí hacer unos viales ya que la segunda parcela la dividí para venderla fraccionada. El vial que hice resultó más cómodo para el acceso a mi parcela, y ahora (pasados 20 años) somos 7 vecinos los que nos servimos de ese vial. Pues bien, llegado un momento y visto que éramos bastantes entre propietarios de las parcelas y sus hijos y familiares, un gabinete jurídico me aconsejó que cediese el vial al ayuntamiento, ya que la RC y la RP de lo que pudiese ocurrir en él eran mías por ser el titular del mismo. El vial estaba asfaltado con alcantarillado y servicio de agua. Seguí el consejo y lo cedí. Ahora es público.
Pero claro... esto pasó hace años y es posible que cambiase la legislación. O puede que no. No lo sé. Para afirmar categóricamente una cosa o la otra, necesitaría que un experto en derecho civil y otro en derecho penal me lo explicasen y sobre todo me indicasen dónde está escrito en los textos legales lo que tú defiendes o lo que aquellos abogados me aconsejaron.
Después de hablar con mi agente de seguros y amigo, me comenta que la cv, que le tengo seguro de rv rc voluntaria , incluye reclamación de daños.... todo el daño que yo haga estando enganchada o desenganchada corre por cuenta del seguro de la caravana, este o no este enganchada....
Pues volviendo un poco al tema del seguro de RC en una caravana de menos de 750kg sin seguro propio, es decir, que sólo tenga el seguro del coche, os comento una cosa que encuentro muy interesante...
Yo trabajo como colaborador en una correduría de seguros (en mi caso, más especializado en salud) y hoy he expuesto mi caso a la jefa y mirando la póliza de mi piso hemos visto que en la RC familiar encontramos esto:
"Queda cubierta la responsabilidad civil del Asegurado, como consecuencia o en su calidad de:
k) Propietario o usuario de vehículos terrestres sin motor."
Por ello, nuestra caravana de menos de 750kg, cuando esté enganchada al coche queda cubierta por el seguro del coche. Pero cuando NO esté enganchada SÍ TIENE COBERTURA DE RC y nos la daría el seguro de casa!! Si tenéis esa cláusula, claro. Yo lo tengo en catalana occidente, pero entiendo que estará en la mayoría de seguros puesto que la RC es bastante similar en todas las compañías.
Por tanto, si nuestra caravana se incendia en un camping, o en un parking de caravanas, o en mi caso en el garaje de mis padres, si se incendia y causa daños, quien paga es el seguro de vuestra casa, ok??
Yo ya me he quedado un poco más tranquilo habiendo investigado un poco este tema... [emoji16][emoji16][emoji16][emoji16]
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Repito....Cuando está desenganchada se considera vivienda, no vehiculo sin motor. En la cláusula que comentas, se refiere en cuanto a vehiculo sin motor, una bicicleta, por ejemplo.
Un saludo
Oscar
La reclamación de daños es para el caso de un siniestro en que el culpable es la parte contraria, para reclamar los daños y/o indemnizaciones si hay daños físicos. No deja de ser una cobertura administrativa.
Si tu haces daño a terceros estando enganchada te cubrirá, si está desenganchada, me extraña, porque los seguros de rc obligatoria son simplemente para circular cubiertos.
Pues yo no estoy de acuerdo contigo. Una caravana se considera "Un vehiculo" cuando esté enganchada al coche, cuando no, se considera "una vivienda", a efectos legales.
Un saludo
Oscar
tu automóvil, tu bicicleta, cuando esta estacionada, ¿deja de ser un vehiculo?...…
nunca pierden la condición de ser vehiculo, independientemente de que esten circulando o estacionada....
tu automóvil, tu bicicleta, cuando esta estacionada, ¿deja de ser un vehiculo?...…
nunca pierden la condición de ser vehiculo, independientemente de que esten circulando o estacionada....
En la ficha técnica de la caravana, pone remolque-vivienda.
Un saludo
Oscar
tu automóvil, tu bicicleta, cuando esta estacionada, ¿deja de ser un vehiculo?...…
nunca pierden la condición de ser vehiculo, independientemente de que esten circulando o estacionada....
La responsabilidad civil de un seguro, no tiene que ser solamente cuando vas circulando.... lo dice la propia palabra. rc, cubre los daños que tu provoques, un piso no circula y tiene seguro de rc. el coche circule o este parado, siempre estará cubierta tu responsabilidad civil. y tu caravana igual....
184837
Ahora cada uno interpretad las cosas como queráis, pero a efectos legales una caravana desenganchada es una vivienda y no un vehículo.
Por eso en muchos sitios no dejan estacionarlas desenganchadas.
Y cuando contratas un seguro de RC de cv "pelao" suele ser de circulación. Como bien te dijeron más arriba que te lo den por escrito...
Un saludo
Oscar
Cocodrilo feliz
30/08/2018, 00:46
Mando: "por ciento un vehiculo no tiene nada que ver con un cuchillo o una mesa...."
Pues discrepo. Tú mismo has diferenciado entre bienes muebles y bienes inmuebles. Un cuchillo o una mesa, es un bien mueble. Los bienes inmuebles habitualmente son casas, pisos, fincas... y una caravana, en cuanto que se le bajan las patas y queda físicamente unida e inmovilizada, no es un bien mueble. Si te fijas bien, en los campin aquellos que tienen los llamados "móvil home" lo fijan además de con las patas con caballetes y otros artilugios, pero para evitar que una inspección los obligue a levantar la instalación, conservan dos ruedas a la vista para alegar que se pueden desplazar remolcadas... algo que sabemos que resulta imposible. Este debate ya salió en este foro, sobre el traspaso de un "móvil-home" y el porcentaje que percibía el dueño del campin. El "móvil" al estar solidario con el suelo de la parcela deja de ser un bien "mueble" y pasa a ser "inmueble", y como consecuencia y siguiendo el aforismo de derecho, "quien construye en propiedad ajena pierde la cal y pierde la arena." El dueño que era del "móvil" pasa a ser usufructuario y el del campin se queda con el "móvil", salvo que no lo quisiese. Por eso algunos cobran comisión cuando hay traspaso estos elementos.
Es un tema muy delicado.
184840
oscarrodrigo
30/08/2018, 01:00
Ufff, esto ya es para nota. Pues no te digo q no, ahí puede haber problemas sí.
Lo que creo tener claro es que si mi caravana causa daños, mi seguro de RC de mi casa acabará pagando. Ya sea porque mi compañía de seguros pague y listo o porque no quiera pagar y el contrario vaya a juicio. Entonces el juez, hará pagar a mi compañía los daños porque el perjudicado no se quedará sin cobrar, eso lo tengo claro.
En fin, es una buena apreciación, la verdad el tema de vivienda cuando está desenganchada...
Repito....Cuando está desenganchada se considera vivienda, no vehiculo sin motor. En la cláusula que comentas, se refiere en cuanto a vehiculo sin motor, una bicicleta, por ejemplo.
Un saludo
Oscar
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Cocodrilo feliz
30/08/2018, 01:01
Para no cometer errores que pueden llevar a equivocaciones de terceros, lo que aporta Paneke me parece definitivo, salvo, lógicamente, que fuese un texto excepcional y que otras aseguradoras incluyan otros textos diferentes. La caravana, una vez instalada, es una segunda vivienda residencial situada en tal sitio... o sea: un bien inmueble. Y en esa condición está asegurada. La RC obligatoria es cuando está enganchada y circulando. La voluntaria es como la de un piso.
184837
Ahora cada uno interpretad las cosas como queráis, pero a efectos legales una caravana desenganchada es una vivienda y no un vehículo.
Por eso en muchos sitios no dejan estacionarlas desenganchadas.
Y cuando contratas un seguro de RC de cv "pelao" suele ser de circulación. Como bien te dijeron más arriba que te lo den por escrito...
Un saludo
Oscar
Un vehiculo se puede destinar al transporte de pasajeros, transporte de mercancías, de enfermos, se le pueden dar diferentes usos a un vehiculo, como es el caso de caravana-vivienda, pero nunca deja de ser un vehiculo, ...otra cosa muy diferente es a lo que este destinado ese vehiculo…. pero siempre sera un vehiculo….
para cada actividad se le exigirán unas cualidades, pero siempre sera un vehiculo, asi lo entiendo yo....
Cocodrilo feliz
30/08/2018, 01:18
¡Coño, es cierto!: ¿Qué transporta una caravana?
Me reitero: Es un tema muy delicado que se resuelve como lo ha hecho Paneke: Véase el texto de la póliza o indíquese en qué artículo del Código Civil dice lo que cada cual defiende. Ahora me voy al catre... igual mañana repaso el Código Civil... aunque es una paliza... jajaja.
oscarrodrigo
30/08/2018, 08:23
para cada actividad se le exigirán unas cualidades, pero siempre sera un vehiculo, asi lo entiendo yo....
Totalmente de acuerdo contigo...
Por más vueltas que le he dado esta noche... [emoji43][emoji43][emoji43] He llegado un poco a la conclusión que la caravana tiene ficha técnica de VEHÍCULO. Que se utiliza de vivienda, vale. Pero pone "Clase de vehículo", por tanto hay algo que está claro, no es una fruta ni una proteína...[emoji12] Es un vehículo. Y encima va por la tierra y no tiene motor.... Por tanto, dudo que en ningún caso un juez me la vaya a excluir de la siguiente descripción...
"K. Propietario o usuario de vehículos terrestres sin motor."
Yo entiendo lo que dice Cocodrilo de que es una vivienda cuando desengancha, pero no sé, para mi sigue siendo un vehículo y en mi RC cubren mis vehículos...
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Totalmente de acuerdo contigo...
Por más vueltas que le he dado esta noche... [emoji43][emoji43][emoji43] He llegado un poco a la conclusión que la caravana tiene ficha técnica de VEHÍCULO. Que se utiliza de vivienda, vale. Pero pone "Clase de vehículo", por tanto hay algo que está claro, no es una fruta ni una proteína...[emoji12] Es un vehículo. Y encima va por la tierra y no tiene motor.... Por tanto, dudo que en ningún caso un juez me la vaya a excluir de la siguiente descripción...
"K. Propietario o usuario de vehículos terrestres sin motor."
Yo entiendo lo que dice Cocodrilo de que es una vivienda cuando desengancha, pero no sé, para mi sigue siendo un vehículo y en mi RC cubren mis vehículos...
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La reclamación de daños es para el caso de un siniestro en que el culpable es la parte contraria, para reclamar los daños y/o indemnizaciones si hay daños físicos. No deja de ser una cobertura administrativa.
Si tu haces daño a terceros estando enganchada te cubrirá, si está desenganchada, me extraña, porque los seguros de rc obligatoria son simplemente para circular cubiertos.
Pues yo no estoy de acuerdo contigo. Una caravana se considera "Un vehiculo" cuando esté enganchada al coche, cuando no, se considera "una vivienda", a efectos legales.
Un saludo
Oscar
Me autocito de nuevo....
Repito....Cuando está desenganchada se considera vivienda, no vehiculo sin motor. En la cláusula que comentas, se refiere en cuanto a vehiculo sin motor, una bicicleta, por ejemplo.
Un saludo
Oscar
Y aquí tambien lo dije....
Si tu CREES que tú caravana está cubierta cuando está desenganchada por la cláusula de tu seguro de piso....y eres feliz pensándolo, mejor para ti.
Un saludo
Oscar
latumbadehuma
30/08/2018, 10:21
Y aquí tambien lo dije....
Si tu CREES que tú caravana está cubierta cuando está desenganchada por la cláusula de tu seguro de piso....y eres feliz pensándolo, mejor para ti.
Un saludo
Oscar
no la caravana cubierta, la responsabilidad civil.
Pero yo tengo dudas de que lo cubra.
Lo mismo si lo tienes aparcado dentro de tu garaje de casa sí que te lo cubre, pues como las cosas del trastero.
¿¿¿pero en un camping???
de todas maneras os complicáis demasiado.
¿también os hacéis el seguro de federados de montaña cada vez que os dais un paseo?
merovingio
30/08/2018, 10:47
No lo veo Paneke. Prueba a dejar una camper, muchos con denominación también de “vehículo vivienda”, sin seguro en la calle... Decir que no está en circulación no serviría de nada. Catalogarla con clausulas de vivienda no creo que sea otra cosa que recoger los riesgos extra y específicos de tener gas, agua, luz... En un remolque de leña eso no hace falta, obviamente.
Eso sí, me parece que cada compañía redacta lo que quiere y como quiere, aunque si no pone específicamente lo del desenganche...
PANEKE ¿tu caravana está matriculada?
No lo veo Paneke. Prueba a dejar una camper, muchos con denominación también de “vehículo vivienda”, sin seguro en la calle... Decir que no está en circulación no serviría de nada. Catalogarla con clausulas de vivienda no creo que sea otra cosa que recoger los riesgos extra y específicos de tener gas, agua, luz... En un remolque de leña eso no hace falta, obviamente.
Eso sí, me parece que cada compañía redacta lo que quiere y como quiere, aunque si no pone específicamente lo del desenganche...
Estamos hablando de remolque-vivienda no mezclemos campers ni autocaravanas, porque legalmente para los seguros son diferentes.
PANEKE ¿tu caravana está matriculada?
No.
Un saludo
Oscar
no la caravana cubierta, la responsabilidad civil.
Pero yo tengo dudas de que lo cubra.
Lo mismo si lo tienes aparcado dentro de tu garaje de casa sí que te lo cubre, pues como las cosas del trastero.
¿¿¿pero en un camping???
de todas maneras os complicáis demasiado.
¿también os hacéis el seguro de federados de montaña cada vez que os dais un paseo?
Bueno, a eso me refería cuando decía "cubierta", a la RC.
A ver, si de cara a un seguro la caravana desenganchada se considera vivienda (lo he demostrado con fotos y de hecho pone vivienda con x metros cuadrados....), ¿como te va a cubrir el seguro de hogar de otra vivienda la RC de otra vivienda (la caravana)?
Eso es como si el seguro de hogar de mi primera vivienda cubrirse la RC de mi apartamento en la playa (no lo tengo, pero como ejemplo), en todo caso el apartamento de la playa tendrá que tener su propio seguro....
Hay que intentar no tergiversar las cosas, porque luego vienen las lamentaciones y el -yo me pensaba que.....
A mí me pasó que por trabajo tenía que pasar 8 meses fuera (en Vitoria), el coche que habitualmente uso iba a estar parado ya que mi mujer tenía el suyo, y justo tocaba renovar el seguro. Lo pude a terceros, ya que para estar guardado en el garaje privado de la casa (unifamiliar), ¿Para qué iba a pagar más? Así que lo hice así si por alguna emergencia mi mujer tenía que usarlo. Bien, me entraron a robar a casa, me la espolearon, encontraron la llave de recambio del coche, y a parte de robarme lo que tenía dentro de casa, se me llevaron el coche también (que por cierto apareció 1 año y 1 mes después). La lógica dice que el seguro de hogar (tengo un todo riesgo total de mapfre) debería cubrir lo que hay dentro de ella....pues no....ni me cubrió el coche, ni me cubrió la llave de recambio de la Alhambra que también se la llevaron (y costaba 240 euros , ya que tenía botones para las puertas correderas y portón electricos).
Así que yo después de aquella experiencia, que queréis que os diga....
U saludo
Oscar
latumbadehuma
30/08/2018, 11:32
Bueno, a eso me refería cuando decía "cubierta", a la RC.
A ver, si de cara a un seguro la caravana desenganchada se considera vivienda (lo he demostrado con fotos y de hecho pone vivienda con x metros cuadrados....), ¿como te va a cubrir el seguro de hogar de otra vivienda la RC de otra vivienda (la caravana)?
Eso es como si el seguro de hogar de mi primera vivienda cubrirse la RC de mi apartamento en la playa (no lo tengo, pero como ejemplo), en todo caso el apartamento de la playa tendrá que tener su propio seguro....
Hay que intentar no tergiversar las cosas, porque luego vienen las lamentaciones y el -yo me pensaba que.....
A mí me pasó que por trabajo tenía que pasar 8 meses fuera (en Vitoria), el coche que habitualmente uso iba a estar parado ya que mi mujer tenía el suyo, y justo tocaba renovar el seguro. Lo pude a terceros, ya que para estar guardado en el garaje privado de la casa (unifamiliar), ¿Para qué iba a pagar más? Así que lo hice así si por alguna emergencia mi mujer tenía que usarlo. Bien, me entraron a robar a casa, me la espolearon, encontraron la llave de recambio del coche, y a parte de robarme lo que tenía dentro de casa, se me llevaron el coche también (que por cierto apareció 1 año y 1 mes después). La lógica dice que el seguro de hogar (tengo un todo riesgo total de mapfre) debería cubrir lo que hay dentro de ella....pues no....ni me cubrió el coche, ni me cubrió la llave de recambio de la Alhambra que también se la llevaron (y costaba 240 euros , ya que tenía botones para las puertas correderas y portón electricos).
Así que yo después de aquella experiencia, que queréis que os diga....
U saludo
Oscar
yo creo que el seguro de casa te cubre la responsabilidad civil de los habitantes y de las cosas de casa (se te cae una maceta)
Pero no te cubre la responsabilidad civil de los objetos de fuera de casa, como una caravana.
¿Conduciendo con la bici golpeas a un coche y le rompes la chapa siendo el cliclista el culpable? ¿¿Lo cubre el seguro de casa?? Seguro, porque ha sido la persona el que ha provocado el daño.
pero la caravana es un objeto, no Las personas, por lo que no creo que la RC la cubra el seguro de casa.
¿¿estas haciendo una paella en el camping, quemas la caravana y medio camping?? pues puede cubrirte... has sido tu el del incendio. la caravana es secundario.
pero no la caravana ella sóla.
No os preocupéis por tanto, de todas maneras. Aprovechar vuestra CPU libre del cerebro a las cosas constructivas.
oscarrodrigo
30/08/2018, 12:11
Y aquí tambien lo dije....
Si tu CREES que tú caravana está cubierta cuando está desenganchada por la cláusula de tu seguro de piso....y eres feliz pensándolo, mejor para ti.
Un saludo
Oscar
Bueno, a eso me refería cuando decía "cubierta", a la RC.
A ver, si de cara a un seguro la caravana desenganchada se considera vivienda (lo he demostrado con fotos y de hecho pone vivienda con x metros cuadrados....), ¿como te va a cubrir el seguro de hogar de otra vivienda la RC de otra vivienda (la caravana)?
Eso es como si el seguro de hogar de mi primera vivienda cubrirse la RC de mi apartamento en la playa (no lo tengo, pero como ejemplo), en todo caso el apartamento de la playa tendrá que tener su propio seguro....
Hay que intentar no tergiversar las cosas, porque luego vienen las lamentaciones y el -yo me pensaba que.....
A mí me pasó que por trabajo tenía que pasar 8 meses fuera (en Vitoria), el coche que habitualmente uso iba a estar parado ya que mi mujer tenía el suyo, y justo tocaba renovar el seguro. Lo pude a terceros, ya que para estar guardado en el garaje privado de la casa (unifamiliar), ¿Para qué iba a pagar más? Así que lo hice así si por alguna emergencia mi mujer tenía que usarlo. Bien, me entraron a robar a casa, me la espolearon, encontraron la llave de recambio del coche, y a parte de robarme lo que tenía dentro de casa, se me llevaron el coche también (que por cierto apareció 1 año y 1 mes después). La lógica dice que el seguro de hogar (tengo un todo riesgo total de mapfre) debería cubrir lo que hay dentro de ella....pues no....ni me cubrió el coche, ni me cubrió la llave de recambio de la Alhambra que también se la llevaron (y costaba 240 euros , ya que tenía botones para las puertas correderas y portón electricos).
Así que yo después de aquella experiencia, que queréis que os diga....
U saludo
Oscar
Vuelvo a decir que no tengo claro que me lo cubra si el juez dice que la caravana desenganchada es vivienda. Si es así, evidentemente no voy a cobrar, porque como bien dices no me va a cubrir mi vivienda habitual al piso de la playa, eso lo tengo claro. Ahora, que mi caravana se incendia y que en mi seguro del hogar (no sé los demás) sale esa cláusula, ya te digo yo que el juez acaba pagando al perjudicado del incendio a mi compañía de seguros (he trabajado 8 años llevando siniestros en una correduría). El perjudicado nunca se quedará sin cobrar sus daños y si hay un seguro de RC que pone que mis vehiculos sin motor estan cubiertos, si tengo un incendio en mi bici, en mi caravana o cualquier otro vehículo, aunque la caravana pueda considerarse vivienda, ya te digo yo que el juez hace pagar a mi compañía.
Lo que tu comentas ya está totalmente en otro sentido. Evidentemente que si te roban el coche de tu garaje no te lo va a pagar el seguro de la casa (a no ser que tengas la garantía de vehículos en reposo, ahí sí te lo podrían pagar). Igualmente que si me roban la caravana, en ningún momento he dicho que me la vayan a pagar, sólo comento que hay una garantía muuuy amplia de RC en el hogar que muchas veces desconocemos.
yo creo que el seguro de casa te cubre la responsabilidad civil de los habitantes y de las cosas de casa (se te cae una maceta)
Pero no te cubre la responsabilidad civil de los objetos de fuera de casa, como una caravana.
¿Conduciendo con la bici golpeas a un coche y le rompes la chapa siendo el cliclista el culpable? ¿¿Lo cubre el seguro de casa?? Seguro, porque ha sido la persona el que ha provocado el daño.
pero la caravana es un objeto, no Las personas, por lo que no creo que la RC la cubra el seguro de casa.
¿¿estas haciendo una paella en el camping, quemas la caravana y medio camping?? pues puede cubrirte... has sido tu el del incendio. la caravana es secundario.
pero no la caravana ella sóla.
No os preocupéis por tanto, de todas maneras. Aprovechar vuestra CPU libre del cerebro a las cosas constructivas.
La RC es muy, pero que muy amplia. Igual que la asistencia del hogar, es muy amplia. Por eso a veces desconocemos estas pequeñas aplicaciones que pueden sernos muy útiles. Yo no diré nunca alegremente al 100% que la RC de nuestro seguro del hogar cubre los daños de nuestra caravana desenganchada en todos los casos, porque ahí el juez tiene mucho que decir, pero sí que he querido comentar el caso porque realmente en esa RC podemos rascar alguna cosa que no pensábamos.
Por ejemplo en la letra J de las cláusulas de la RC pone lo siguiente:
j) Propietario o usuario de embarcaciones a remo, pedales y tablas de surf con o sin vela.
Es decir, tu tienes una tabla de surf y la dejas un rato en la orilla de la playa. Viene una ola grande y le pega un viaje en toda la cabeza a un niño pequeño y lo mata... Es tu tabla y ella sola se ha cargado un niño. Quien paga, la RC de tu seguro del hogar.
Vuelvo a insistir que no pretendo descubrir la Panacea de los seguros, pero que a través de esa cláusula se puede rascar historias con las caravanas que no tengan un seguro de RC propio.
Pues si es como dices no sé para qué se sacan seguro de RC obligatorio la gente en sus caravanas de +750kg...
Y ahí lo dejo, no voy a aportar más a este hilo porque visto lo visto cada uno interpreta las cosas a su conveniencia...y luego cuando pasan las cosas vienen los problemas.
Un saludo
Oscar
oscarrodrigo
30/08/2018, 12:41
Los que tienen +750kg, se lo sacan porque para circular es obligatorio. Y en ese seguro, pues supongo que ya les entra a la mayoría cuando están desenganchadas, aunque supongo que se especificará...
Yo hablo principalmente de las de -750kg, y vuelvo a insistir que no lo tengo claro ni al 100% seguro, sólo lo comentaba para que cada uno vea la RC de su vivienda y extraiga sus propias conclusiones y lo haga servir en alguna ocasión si lo necesita.
Lo de interpretar está claro, ni dos jueces interpretan igual la ley. Tengo un pollo yo montado con un tema de vivienda y hay jueces que son más favorables a los propietarios/fondos buitres, etc... y otros jueces son más favorables a los inquilinos...
Por eso, como lo de interpretar es bien difícil, nunca dije a nadie que su siniestro lo iba a cobrar al 100%, igual que un médico nunca dirá al 100% que se va a curar una enfermedad, y como vuelvo a insistir nunca diré que el seguro del hogar pagará la RC de la caravana al 100%. Únicamente he querido aportar este mini descubrimiento que hice ayer...
Pues si es como dices no sé para qué se sacan seguro de RC obligatorio la gente en sus caravanas de +750kg...
Y ahí lo dejo, no voy a aportar más a este hilo porque visto lo visto cada uno interpreta las cosas a su conveniencia...y luego cuando pasan las cosas vienen los problemas.
Un saludo
Oscar
No lo veo Paneke. Prueba a dejar una camper, muchos con denominación también de “vehículo vivienda”, sin seguro en la calle... Decir que no está en circulación no serviría de nada. Catalogarla con clausulas de vivienda no creo que sea otra cosa que recoger los riesgos extra y específicos de tener gas, agua, luz... En un remolque de leña eso no hace falta, obviamente.
Eso sí, me parece que cada compañía redacta lo que quiere y como quiere, aunque si no pone específicamente lo del desenganche...
Mi compañía se hace cargo de la rc, que correspondiera a mi referente a los daños que ocasiones ese vehiculo. no especifica si esta enganchada o desenganchada, de la misma manera que la responsabilidad civil del coche no especifica si esta rodando o estacionado, se hace responsable de la rc, y punto.
joseluisf800
30/08/2018, 15:03
Yo sólo quiero comentar dos cosas del seguro de "hogar" que hacemos para nuestras caravanas. Digo dos porque me las he encontrado en mis propias carnes, que seguro que investigando hay más de dos cosas:
1.- Estos seguros no cubren eventos ocurridos fuera de España. Lógico. Es un seguro de hogar. Nuestra casa no va viajando por ahí. Al tener la particularidad de ser para una casa que se mueve, nos cubre en el territorio nacional, pero fuera de España no. Seguro que habrá alguno que lo haga, pero tenedlo en cuenta, no sea que llaméis al seguro diciendo que estábais en un camping en Francia, y un golpe de aire os arrancó una claraboya y os digan que nones, que al estar fuera de España no lo cubre.
2.- Preguntando por precios de mi seguro, en una compañía me preguntaron que dónde estaba guardada la caravana. Todo orgulloso les dije que sin problemas, que estaba en mi casa, que me entraba en el jardín y allí estaba a buen recaudo. Pues la respuesta del seguro fue que si la guardaba en mi jardín no me cubría, pero que si la dejaba en la calle, en un garaje de caravanas o en el peor de los campings cerrados, sin vigilancia ni nada, que entonces sí me cubría el seguro. Yo flipaba. Así que preguntad bien si os cubre estando guardada en su lugar habitual de recogida.
Saludos.
A alguien en la poliza de su vehiculo (automovil), le pone la poliza de su seguro con respecto a la responsavilidad civil, que le cubre solo cuando esta circulando o le excluye cuando esta aparcado dicho vehiculo....
la poliza le cubre la rc, siempre,....
latumbadehuma
30/08/2018, 15:11
Mi compañía se hace cargo de la rc, que correspondiera a mi referente a los daños que ocasiones ese vehiculo. no especifica si esta enganchada o desenganchada, de la misma manera que la responsabilidad civil del coche no especifica si esta rodando o estacionado, se hace responsable de la rc, y punto.
pero tienes un seguro de ese vehiculo.
Muchos no tienen seguro de su caravana al ser menos de 750 y no ser obligatorio.
Yo tengo un seguro de 12€ con la mutua de mi caravana ligera que me entra la responsabilidad civil y la asistencia siempre y cuando este enganchada y a mi vehículo, no a otro.
Vuelvo a decir que no tengo claro que me lo cubra si el juez dice que la caravana desenganchada es vivienda. Si es así, evidentemente no voy a cobrar, porque como bien dices no me va a cubrir mi vivienda habitual al piso de la playa, eso lo tengo claro. Ahora, que mi caravana se incendia y que en mi seguro del hogar (no sé los demás) sale esa cláusula, ya te digo yo que el juez acaba pagando al perjudicado del incendio a mi compañía de seguros (he trabajado 8 años llevando siniestros en una correduría). El perjudicado nunca se quedará sin cobrar sus daños y si hay un seguro de RC que pone que mis vehiculos sin motor estan cubiertos, si tengo un incendio en mi bici, en mi caravana o cualquier otro vehículo, aunque la caravana pueda considerarse vivienda, ya te digo yo que el juez hace pagar a mi compañía.
Lo que tu comentas ya está totalmente en otro sentido. Evidentemente que si te roban el coche de tu garaje no te lo va a pagar el seguro de la casa (a no ser que tengas la garantía de vehículos en reposo, ahí sí te lo podrían pagar). Igualmente que si me roban la caravana, en ningún momento he dicho que me la vayan a pagar, sólo comento que hay una garantía muuuy amplia de RC en el hogar que muchas veces desconocemos.
La RC es muy, pero que muy amplia. Igual que la asistencia del hogar, es muy amplia. Por eso a veces desconocemos estas pequeñas aplicaciones que pueden sernos muy útiles. Yo no diré nunca alegremente al 100% que la RC de nuestro seguro del hogar cubre los daños de nuestra caravana desenganchada en todos los casos, porque ahí el juez tiene mucho que decir, pero sí que he querido comentar el caso porque realmente en esa RC podemos rascar alguna cosa que no pensábamos.
Por ejemplo en la letra J de las cláusulas de la RC pone lo siguiente:
j) Propietario o usuario de embarcaciones a remo, pedales y tablas de surf con o sin vela.
Es decir, tu tienes una tabla de surf y la dejas un rato en la orilla de la playa. Viene una ola grande y le pega un viaje en toda la cabeza a un niño pequeño y lo mata... Es tu tabla y ella sola se ha cargado un niño. Quien paga, la RC de tu seguro del hogar.
Vuelvo a insistir que no pretendo descubrir la Panacea de los seguros, pero que a través de esa cláusula se puede rascar historias con las caravanas que no tengan un seguro de RC propio.
Estoy totalmente de acuerdo en lo que dices, es mas el otro dia hablando con mi agente de seguros me comento también referente a asistencia en viajes que me cubre como peaton, si estoy de viaje y andando me caigo (peaton) y me lesiono, tengo derecho a llamar a asistencia en viajes,me traerán hasta mi domicilio, se encargaran de todas las personas que esten de viaje conmigo de traerlas y a mi me darán varias posibilidades de recuperar el coche.... cada compañía es un mundo....
tengo otra compañía y solo me cubre la asistencia en viaje en 100Km de mi domicilio.... claro que el seguro es muchísimo mas barato....
pero tienes un seguro de ese vehiculo.
Muchos no tienen seguro de su caravana al ser menos de 750 y no ser obligatorio.
Yo tengo un seguro de 12€ con la mutua de mi caravana ligera que me entra la responsabilidad civil y la asistencia siempre y cuando este enganchada y a mi vehículo, no a otro.
Mi cv, es superior a 750Kgr. tiene seguro de rc, y este donde este, y como este, me cubre mi rc…. asi lo especifica la poliza, no excluye que si esta desenganchada.... no lo cubre.
Yo sólo quiero comentar dos cosas del seguro de "hogar" que hacemos para nuestras caravanas. Digo dos porque me las he encontrado en mis propias carnes, que seguro que investigando hay más de dos cosas:
1.- Estos seguros no cubren eventos ocurridos fuera de España. Lógico. Es un seguro de hogar. Nuestra casa no va viajando por ahí. Al tener la particularidad de ser para una casa que se mueve, nos cubre en el territorio nacional, pero fuera de España no. Seguro que habrá alguno que lo haga, pero tenedlo en cuenta, no sea que llaméis al seguro diciendo que estábais en un camping en Francia, y un golpe de aire os arrancó una claraboya y os digan que nones, que al estar fuera de España no lo cubre.
2.- Preguntando por precios de mi seguro, en una compañía me preguntaron que dónde estaba guardada la caravana. Todo orgulloso les dije que sin problemas, que estaba en mi casa, que me entraba en el jardín y allí estaba a buen recaudo. Pues la respuesta del seguro fue que si la guardaba en mi jardín no me cubría, pero que si la dejaba en la calle, en un garaje de caravanas o en el peor de los campings cerrados, sin vigilancia ni nada, que entonces sí me cubría el seguro. Yo flipaba. Así que preguntad bien si os cubre estando guardada en su lugar habitual de recogida.
Saludos.
Te contesto a ti sobre el punto 2, el resto paso, porque ya alguno está muy cansino...
En efecto, puede ser lo que te dijeron, con mi seguro no es así, si te fijas en la foto que he puesto de la póliza en la pag. 2 de éste hilo (Yo demuestro las cosas con pruebas) pone que la "vivienda" (vamos, la caravana de 10m2) de temporada, está situada en la dirección de mi casa (la calle y el número lo he tachado por razones obvias) de Castellvi de Rosanes , Barcelona.
En el caso de Mapfre me dijeron que podia guardarla en casa siempre y cuando la finca estuviese "cerrada", ya sea por vallas, muro, tela metálica, etc....si fuese en la calle no me cubriría. Y obviamente en los campings y parkings de caravanas también estás cubierto.
Un saludo
Oscar
Yo agradezco a todos los que opináis y aportáis en este hilo, y creo que ya es mejor dejarlo y que cada uno saque sus conclusiones,,,, un saludo y mil gracias compañeros.
alexbalo
30/08/2018, 22:51
Esta bien que opinéis, el tema es no empeñarse, a toda costa, en llevar la razón.
El tema es muy complicado, tanto que hay muchas sentencias de diferentes audiencias y tribunales menores que entran en el tema. Lo que quiere decir que si la cantidad a pagar en un siniestro es elevada, lo más probable, es que se acabe en el juzgado y sea cuestión de suerte.
He estado leyendo algunos condicionantes de pólizas y parece que la madre del codero está en una frase de la ley que dice algo como que el seguro se hará cargo de la responsabilidad civil si el siniestro es por causa de un "hecho de la circulación". Casi todos los seguros que he podido ver copian literalmente estas 4 palabras.
¿un siniestro en un vehículo parado es un hecho de la circulación? Pues según las distintas sentencias depende. Más o menos vienen a acordar que si el vehículo está parado mientras va en un viaje o por uso normal, sí se considera que es un hecho de la circulación. Pero si el aparcamiento es definitivo no lo es.
En el caso de la caravana, si estás en un camping y el segundo día se quema no cubriría la responsabilidad civil porque no es un hecho consecuencia de su circulación. Si paras a hacer noche seguramente sí porque es necesario parar mientras se conduce.
También habla de que el siniestro debe ser consecuencia intrínseca del vehículo. Es decir que si explota la bombona de gas siendo parte de la instalación de la caravana sí cubriría la RC, pero si estas dentro friendo un huevo y se quema pues ya no.
Esto en cuanto a seguro de vehículos. Luego siempre puedes asegurar lo que quieras siempre que alguna compañía esté dispuesta a hacerlo. Un cantante famosa se llegó a asegurar su culo o al menos lo cotizaron. ¿porqué no?
Cocodrilo feliz
30/08/2018, 23:51
Sigo pensando que es un tema delicado. Y vuelvo al ejemplo del vial de las parcelas cuando ese vial era mío. La pregunta es si por un camino particular puedo circular con mi caravana. La respuesta es que por donde no puedo andar a pié (propiedad privada) no puedo andar con un coche y una caravana, o en términos más categóricos: en una propiedad privada, sea una finca sea una casa sea un piso si entro sin autorización del propietario o sin una orden judicial estoy incurriendo en un delito de allanamiento. Esto no es debatible. Entonces, si entro en una propiedad privada porque me autoriza su propietario, las responsabilidades que se puedan derivar de mi presencia son del propietario de la finca. Y un campin es una propiedad privada. Dado que todo campin tiene unas condiciones administrativas para su apertura y unas condiciones contractuales de uso para los allí instalados, hay que empezar por tener claro a qué vienen obligados por la concesión administrativa de apertura y qué tipo de póliza tienen contratada. Estoy convencido de que en caso de tener que ir a la Justicia, el juez serían las primeras diligencias que ordenaría.
joseluisf800
31/08/2018, 10:57
Te contesto a ti sobre el punto 2, el resto paso, porque ya alguno está muy cansino...
En efecto, puede ser lo que te dijeron, con mi seguro no es así, si te fijas en la foto que he puesto de la póliza en la pag. 2 de éste hilo (Yo demuestro las cosas con pruebas) pone que la "vivienda" (vamos, la caravana de 10m2) de temporada, está situada en la dirección de mi casa (la calle y el número lo he tachado por razones obvias) de Castellvi de Rosanes , Barcelona.
En el caso de Mapfre me dijeron que podia guardarla en casa siempre y cuando la finca estuviese "cerrada", ya sea por vallas, muro, tela metálica, etc....si fuese en la calle no me cubriría. Y obviamente en los campings y parkings de caravanas también estás cubierto.
Un saludo
Oscar
Para que veas. Unas compañías usan un criterio y otras otro. La que no me aseguró a mi por dejar la cv dentro de mi casa, perfectamente rodeada de muros, solado etc. etc, es otra compañía de "las grandes".
PANEKE estamos hablando de cosas diferentes. Tu CV no tiene matrícula y por tanto no puede circular, además la póliza que has enseñado es de hogar. Es la póliza que se hace a una vivienda.
Si tu CV llega a estar matriculada para circular hubieras tenido que hacerle un seguro de circulación.
PANEKE estamos hablando de cosas diferentes. Tu CV no tiene matrícula y por tanto no puede circular, además la póliza que has enseñado es de hogar. Es la póliza que se hace a una vivienda.
Si tu CV llega a estar matriculada para circular hubieras tenido que hacerle un seguro de circulación.
Totalmente de acuerdo...
PANEKE estamos hablando de cosas diferentes. Tu CV no tiene matrícula y por tanto no puede circular, además la póliza que has enseñado es de hogar. Es la póliza que se hace a una vivienda.
Si tu CV llega a estar matriculada para circular hubieras tenido que hacerle un seguro de circulación.
Pues es lo que estoy diciendo desde el principio!!!!que desenganchada se considera vivienda!!!!!
Ya dije que no seguiría la corriente en este hilo, porque como dijo un forero cada uno quiere tener SU RAZÓN. Yo me he limitado a colgar aquí la póliza del seguro de mi CV (que casualmente es de vivienda...) como prueba, ahora cada uno interpretarlo como queráis, ya que veo que ahora la abuela fuma....
Mi Cv sí puede circular, lo mismo que una de +750 enganchada a un vehículo tractor, aún no he visto ninguna caravana de +750 circulando por una carretera sin vehiculo tractor.....
Un saludo
Oscar
Cocodrilo feliz
31/08/2018, 18:35
Si Paneke estuviese equivocado, lo que no es discutible es el texto de la póliza del seguro que reproduce. Lo que procede, en consecuencia, es que aquel que defienda la contrario lo fundamente mostrando la póliza del seguro de su caravana. Pero, desde mi posición de espectador del debate, observo mosqueado que además de que nadie apoya su argumentación en un documento, como Paneke, ahora se está poniendo en cuestión el texto de la póliza.
Tampoco acabo de entender porqué Mando, que dice que ha abierto este hilo para debatir, no se ha movido un milímetro de su criterio. Me está dando la impresión de que no lo abrió para debatir sino para que le den la razón.
Así es imposible construir nada positivo.
Mi Cv sí puede circular, lo mismo que una de +750 enganchada a un vehículo tractor, aún no he visto ninguna caravana de +750 circulando por una carretera sin vehiculo tractor.....
Un saludo
Oscar
No, si tu CV pesa más de 750 no puede circular sin una matrícula y sin su propia póliza de seguro de circulación. Evidentemente, enganchada a un vehículo automóvil.
Yo creo que lo que debatía en este hilo es si una CV de más de 750 MATRICULADA y CON SEGURO DE CIRCULACIÓN se considera vehículo o vivienda estando estacionada y desenganchada.
Si la CV no tiene ninguno de esos requisitos, estamos repito hablando de cosas completamente diferentes.
Si Paneke estuviese equivocado, lo que no es discutible es el texto de la póliza del seguro que reproduce. Lo que procede, en consecuencia, es que aquel que defienda la contrario lo fundamente mostrando la póliza del seguro de su caravana. Pero, desde mi posición de espectador del debate, observo mosqueado que además de que nadie apoya su argumentación en un documento, como Paneke, ahora se está poniendo en cuestión el texto de la póliza.
Tampoco acabo de entender porqué Mando, que dice que ha abierto este hilo para debatir, no se ha movido un milímetro de su criterio. Me está dando la impresión de que no lo abrió para debatir sino para que le den la razón.
Así es imposible construir nada positivo.
No se pone en cuestión nada. PANEKE enseña un seguro de hogar de un habitáculo considerado una vivienda que lo tendrá fijo donde sea.
Legalmente no puede considerarse como un vehículo-remolque de más de 750 porque no está matriculado ni tiene seguro de circulación.
Creo que nos hemos confundido todos porque estábamos hablando de cosas distintas y es imposible así ponernos de acuerdo.
Es como si me empeño en decir que mi perro maulla mejor que el tuyo y tú me dices que tu gato ladra mejor.
184920
184921
184922
184923
Todo sacado de Internet...de webs de seguros y de un blog del RACC.
En todo se habla de seguro de circulación, circunstancia que no se da cuando está desenganchada
A partir de aquí cada uno que saque SUS conclusiones.
.
Un saludo
Oscar
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