Ver la versión completa : Pregunta Limitaciones de las áreas de Autocaravanas para Caravanas
llunaplanet
29/11/2008, 12:43
Buenas!
Estaba mirando todas las areas de AC que hay en españa, y no tengo claro si se refiere tanto a AC como a CV o bien solo son para AC
Que limitaciones hay?
Saludos!
En España no te puedo ayudar, pero en Francia , las hay que prohiben el acceso a cv. Tambien has de tener n cuenta que es posible que hayas de desenganchar la cv, si el espacio para aparcar no es muy grande.
Como su propio nombre indica.....areas de "AC" aunque no creo que tuvieras problemas si alguna vez necesitas entrar en alguna, aunque también te advierto que hay algunos puristas que no dudarian en denunciarte por estar con una CV en areas de AC.
De todo hay en la viña del señor.
Saludos
colicoli
29/11/2008, 20:30
Pues vaya compañerismo de espiritu campista seria ese.
yo prefiero pernoctar en un camping, me encuentro más seguro y tranquilo pero no tendría ningún problema en para en un área de AC si hiciera falta. Estas estan señaladas con la correspondiente señal ¿y el código de circulación aclara que esa señal es de caravanas y no autocaranas o al reves o que más da?
A la mitad de la gente cuando les hablas de caravanas y meten en el mismo saco todo.
claro que hay integristas de la caravana y de la autocaravana pero en la gran mayoría todos somos gente civilizada y nos da igual quien esté a nuestro lado si cumple las minimas normas de convivencia.
Un saludo
rayomacuin
29/11/2008, 22:00
Pues segun creo,una CV enganchada al vehiculo es a nivel de leyes lo mismo.Ahora bien las areas especifican con la correspondiente señal, que creo ahora si esta incluida en el codigo de circulacion que es para AC.Por otro lado nosotros con la AC hemos estado en ares junto con alguna que otra CV,ocupando plaza de AC, y obligando a las AC a ocupar espacios fuera del area.Sin problema,en perfecta convivencia todos,lo cual no quita que un dia coincidas con alguno de los que creen que la calle es suya,estos ultimos tambien miran mal a las california,furgos y los que tengan el pelo de color diferente,asi que ni caso.
Lo he comentado por que hay foros de AC donde se promulga la denuncia a CV que esten en estas áreas , luego es como todo cada uno que haga lo que quiera.
Que limitaciones hay?
Las que impongan los dueños de las áreas. Si quieres conocerlas de antemano (para saber qué te vas a encontrar) tendrás que ponerte en contacto con el propietario.
Yo pienso que si el área es publica, todos tenemos el mismo derecho
Bueno...pues según dice el Reglamento General de Circulación:
Artículo 161. Señales de servicio.
Las señales de servicio informan de un servicio de posible utilidad para los usuarios de la vía. El significado y nomenclatura de las señales de servicio son los siguientes...(las omito)
Es de significar que dichas señales no son restrictivas ni de obligación, por lo cual eso de no permitir la entrada a caravanas habría que discutirlo (al igual que un coche, camión, etc), máxime cuando la citada señas S-128 no está todavía regulada por el Ministerio de Fomento.
De momento el planteamiento de señal es éste: (véase coletilla final del mismo)
-
Por mi no hay ningún problema, aunque esto ya se ha debatido aquí unas cuantas veces, y alguna no ha acabado bien... la cosa es que a la hora de la verdad del debate no pasa, quiero decir que luego entras a estas áreas de servicio y rara es la vez que se ve una caravana, también es cierto que en algunas de ellas, al menos de las que conozco (más por Francia que por España) es por limitación física, un conjunto de entre 10 ó 12 metros no entra ni maniobra si no desengancha.
Saludos.
Yo pienso que si el área es publica, todos tenemos el mismo derecho
Pues no es asi el asunto. El hecho de que una cosa sea publica no da derecho a utilzarla para un fin diferente al que se ha proyectado.
Un ejemplo: Las zonas de aparcamiento para motos son para motos, y aunque sean publicas no puedo ir a aparcar con mi automovil porque no estan destinadas a mi automovil, estan destinada al aparcamiento de motos.
Las zonas de aparcamiento para AC, como su propio nombre indica, son para AC, y las areas mixtas son mixtas, y el hecho de ser publicas no da derecho a que yo plante mi tienda de campaña en ella.
Alguno se ha pasado de largo con lo de que hay quien mira por encima del hombro a las campers, debe ser la propia incultura, ya que una camper es uno de los tipos de AC, a saber (para quien no los distinga) las AC se clasifican por su construccion en Camper, Perfilada, Capuchina e Integral.
No confundir una camper con un furgon industrial al que se le pone un colchon dentro. La definicion de AC esta claramente expresada en el reglamento de vehiculos de la DGT.
...máxime cuando la citada señas S-128 no está todavía regulada por el Ministerio de Fomento...
¿Y que pinta fomento en temas de trafico?
pabloymely
01/12/2008, 15:41
En las areas de AC está prohibido acampar, (poner calzos, patas estabilizadoras, etc) tanto para AC como CV, si hay espacio para aparcar la CV con el coche sin desengancharla, creo que no hay problemas de aparcar, (la CV no hay que poner las patas estabilizadoras).
Yo he visto en algun area la señal de uso para AC y CV.
Saludos.
pablo.... donde pone que esta prohibido poner calzos y patas??
pabloymely
01/12/2008, 15:49
Marta, en todas las areas hay carteles que prohiben acampar (sacar cualquier elemento de acampada, como patas estabilizadoras, toldos, mesas etc.) tanto para AC como para CV.
Saludos.
owockadoy
01/12/2008, 16:52
Marta, en todas las areas hay carteles que prohiben acampar (sacar cualquier elemento de acampada, como patas estabilizadoras, toldos, mesas etc.) tanto para AC como para CV.
Saludos.
¿Y dónde está esa definición de acampar?
Marta, en todas las areas hay carteles que prohiben acampar (sacar cualquier elemento de acampada, como patas estabilizadoras, toldos, mesas etc.) tanto para AC como para CV.
Saludos.
¿Has estado en todas, para saberlo? Yo conozco alguna donde está permitido.
¡¡Ala!!
Ya está liada otra vez..
Pillo sitio...
http://www.vanguardia.com.mx/XStatic/vanguardia/images/espanol/palomasbig179.jpg
:toothy7::toothy7::toothy7:
¿Y dónde está esa definición de acampar?
En las Leyes de Turismo de cada Comunidad Autónoma está la definición de acampar (OJO: la definición de acampar que vale en ESA Comunidad Autónoma; en la de al lado, puede ser completamente distinta). En general, no hablan de "patas", ni de "toldos" ni de nada de nada, sino de cuestiones tales como:
- Instalar un "albergue móvil con ánimo de permanencia" (¿Y cómo se sabe qué animo tiene un albergue? ¿Habrá que interrogar a las caravanas y autocaravanas, para que confiesen sus ánimos?)
- Instalar un albergue móvil a "menos de 500 mts de un campamento autorizado" (¿Y, si uno no sabe dónde hay un camping, qué hace? ¿Y, si lo sabe, y está a más o menos 495 metros, tienes que ir midiendo con un teodolito, para asegurarte?).
- Cosas parecidas.
No, repito, acampar (en España) no tiene nada que ver con calzos y patas. Eso es una confusión con la legislación FRANCESA, en la que sí existe una (una sola) definición de ESTACIONAR, y que se refiere a "mantener el vehículo en contacto con el suelo únicamente a través de sus ruedas (no calzos) y sin desplegar ningún elemento que sobresalga del perímetro" (no toldos). Caso contrario, el vehículo (en Francia, repito), está acampado. Y da igual la distancia a un camping o el "ánimo".
Por analogía con Francia, hay quien quiere argumentar (no se ha leído la Ley de su Comunidad) que, sin toldo ni patas, está estacionado.... y no sabe que está "con ánimo de permanencia" y, por tanto, acampado.
¿Que es una estupidez? Pues sí, lo es.... pero es así. Y, como que nadie (excepto alguna asociación de autocaravanistas en Asturias) se ha propuesto llevar esas Leyes a los tribunales, de momento, eso es lo que hay,
llunaplanet
01/12/2008, 17:43
¿Y dónde está esa definición de acampar?
Buenas, yo la lei en algun sitio, el tema es que el vehiculo se considera acampado si despliega elementos, como el toldo, los calzos, patas para estabilizar etc
Saludos
http://www.eleconomista.es/imag/_v2/recursos/dolor-cabeza.jpg
:toothy7::toothy7::toothy7:
llunaplanet
01/12/2008, 18:18
Buenas, yo la lei en algun sitio, el tema es que el vehiculo se considera acampado si despliega elementos, como el toldo, los calzos, patas para estabilizar etc
Saludos
Upsss, no habia leido la explicacion Quincho, no he dicho na!
pabloymely
01/12/2008, 19:39
pablo.... donde pone que esta prohibido poner calzos y patas??
Marta, hace unos días habeis aparcado con vuestra AC en en área de Cuellar, al lado del castillo, cuando hicimos la visita, en esa área como en las demás, sea de la comunidad que sea, está la señal que te lo prohibe, cada ayuntamiento aplica la legislación segun le combenga, yo no hago las leyes, pero están ahí.
Aparcar quiere decir estar con las cuatro ruedadas en contacto con el suelo y no sobresalir nada del perimetro del vehiculo y acampar puedes sacar las patas, estender el toldo, sacar las mesas,etc.
Es lo que hay y si no queremos tener problemas, tenemos que cumplir las normas.
Amí me fastidia como a los demás, pero...
Mañana saco una foto en el área de Valladolid y la pongo, la han inagurado en Octubre y por supuesto está el famoso cartelito.
Saludos.
Pues no recuerdo ninguna prohibicion de bajar patas ni de poner calzos, la verdad.....
He buscado informacion en internet y tampoco sale ninguna señal al respecto.
Mira, en lo de los calzos.... pse... tampoco me es tan importante, pero una caravana pienso que debe bajar patas por seguridad., y no considerarlo como elemento de acampada.
pabloymely
01/12/2008, 20:31
Marta, precisamente bajar las patas, sea AC o CV, lo consideran como acampar y está prohibido en cualquier área. (repito yo no hago las leyes, pero es lo que hay).
Mañana pongo una foto del área de Valladolid, que es la misma que en cualquier área sea de la comunidad que sea.
En el área de Cuellar no te fijaste, pero está puesto.
Saludos.
http://www.vanguardia.com.mx/XStatic/vanguardia/images/espanol/palomasbig179.jpg
Toño cojo unas poquitas, que esto esta entretenido.
pabloymely
01/12/2008, 20:53
Área de Astorga, debajo de la señal está el famoso cartelito.
http://lh5.ggpht.com/_aCKP0Sb77es/STQj9WkzQnI/AAAAAAAABDA/aHy_rp5Ol2s/thumb.jpg
pabloymely
01/12/2008, 20:56
Área de Valladolid, a la derecha la señal y a la izquierda el famoso cartelito.
http://lh6.ggpht.com/_aCKP0Sb77es/STQkulxfBDI/AAAAAAAABDI/X020YgYWgHg/a.va.jpg
pabloymely
01/12/2008, 20:59
http://www.vanguardia.com.mx/XStatic/vanguardia/images/espanol/palomasbig179.jpg
Toño cojo unas poquitas, que esto esta entretenido.
Inesita, Axtros, si despues de esta crisis que estamos padecinedo, no pasamos el rato con estas cosas, que seria de nosotros.
Saludos.
Muy buenas las palomitas..... ya podeis ir poniendo la segunda racin.
Pablo... te dejastes las fotos por el camino
Muy buenas las palomitas..... ya podeis ir poniendo la segunda racin.
Pablo... te dejastes las fotos por el camino
Jajajajaja...Martita,toma otras pocas.
http://www.refoyo.com/weblog/imagenes/palomitas01.jpg
Pablo... te dejastes las fotos por el camino
Marta con el Explorer no se ven estas fotos... con el Mozilla si que se ven.
:tard::tard:
¿Y que pinta fomento en temas de trafico?
Bueno, pues a tu pregunta te respondo:
Todo, es decir las señales de tráfico ni las hace tráfico, ni las homologa tráfico ni son propiedad de la DGT.
Es competencia del Ministerio de Fomento , a través de su Dirección General de Carreteras, el que lleva todo el tema de señales y marcas viales.
¿Dónde vienen recogidas?; En el catalogo oficial de señales; emitido por el Ministerio de Fomento, que se incorporan al Reglamento General de Circulación, reguladas por:
Normas de carreteras 8.1-IC. Señalizacón vertical.
Normas de carreteras 8.2-IC. Marcas viales
Normas de carreteras 8.3-IC. Señalización de obras.
Con respecto al ejemplo que ha puesto referente al aparcamiento para motos, no sería válido como ejemplo, ya que se trata de la señal S-17, que es una señal de indicaciones generales, que en el artículo 159 del Reglamento General de vehículos dice:
S-17. Estacionamiento. Indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos.
Una inscripción o un símbolo, que representa ciertas clases de vehículos, indica que el estacionamiento está reservado a esas clases. Una inscripción con indicaciones de tiempo limita la duración del estacionamiento señalado.
Como puede ver no es señal de prohibición, pero si es restrictiva con los demás tipos de vehículos, cosa que no pasa con la "futura" señal S-128, que es una señal de servicio, que sólo informa (no prohibe ni restringe) de un servicio de utilidad para los usuarios de la via.
Un saludo
pabloymely
02/12/2008, 11:04
Placa informativa que está puesta en casi todas las áreas públicas, indicando que no se puede acampar.
http://lh6.ggpht.com/_aCKP0Sb77es/STTqWOVx6xI/AAAAAAAABEM/9NMRges9JLU/s640/IMG_2707.JPG
pabloymeli, no se ve la foto.....
pabloymely
02/12/2008, 13:56
pabloymeli, no se ve la foto.....
Yo la veo bien, volvere a ponerla.
Saludos.
pabloymely
02/12/2008, 14:07
Vuelvo a poner la foto.
http://farm4.static.flickr.com/3074/3076424087_0b3802425a_b.jpg
Pablo ahora sí que la veo......
Pwero juraria que no la vi en Cuéllar, y estuvimos un rato despues de que os fuerais....
pabloymely
02/12/2008, 14:58
Marta, esta placa informativa está en casi todas las áreas públicas, (digo en casi todas por que en alguna la pueden haber quitado) cada municipio pone su nombre en la placa.
Pongo otra vez las fotos anteriores que no pudiste ver.
Área de Valladoild, a la izquierda la placa informativa.
http://farm4.static.flickr.com/3235/3076481029_a9e64505ed_o.jpg
Área de Astorga, debajo de la señal está la placa informativa.
http://farm4.static.flickr.com/3007/3076485767_434ce7e699_o.jpg
Puedo poner más fotos de otras áreas, pero creo que con estas es suficiente.
Pablo, no te lo discuto, yo la verdad es que por España no he usado areas, con lo cual no puedo opinar. y puede tambien, que en Cuéllar no la viera.
pabloymely
02/12/2008, 15:45
Marta, yo las uso habitualmente, incluso asisto a las inaguraciones de las nuevas.
Saludos.
Pos yo puedo comentar que en cada lugar de España la catalogación de acampada es diferente.
Se puede pernoctar en cualquier sitio (que no molestes claro), incluso en lugares con proibición expresa, "parques nacionales...", y en cada sitio tiene una proibición diferente.
A lo que te espones es que te vengan a dar la murga la autoridad de turno que desconozca las normas.
Por ejemplo con una tienda de campaña en medio de Ordesa, una vez que se esta haciendo de noche puedes montar tu tienda de campaña, pero al amanecer es posible que tengas a la autoridad alli obligandote a desmontar si no lo has hecho al poco de levantarte.
Y despues te vas a Soria (en las mismas condiciones) y no te dejan ni dormir, por el articulo 33.
Con esto os comento que seguramente todos teneis razón y en segun que sitios habra unas normas y en otros otras.
:argue::argue::argue:
Ahhhhh y unas palomitas para mi, que he llegado tarde.
Graciaaaaas
Y despues te vas a Soria (en las mismas condiciones) y no te dejan ni dormir, por el articulo 33.
Supongo que es un ejemplo, pero si te vienes a Soria ahora mismo con una tienda de campaña y la pones en el pinar ya puedes traerte un saco que aguante más de 10º grados bajo cero, vamos que no creo que haya mucho turismo de tienda campaña interesado ahora mismo en acampar por aquí, je,je... pero con autocaravana no te van a poner ninguna pega, y con caravana lo que pasa es que la gente apenas prueba, porque amigos nuestros que han venido por aquí con caravana y han estado sin entrar a camping, jamás hasta la fecha les han puesto pegas.
Saludos.
Te puedo decir que una de las veces que estube durmindo fue en el cañon de rio lobos, por estas fechas si no recuerdo mal y estabamos a -8 grados se dormia bien, si, la verdad que fresco fuera del saco, pero bien.
Pero en otra ocasión en el mismo sitio pero arriba del cañon tubimos que buscar de noche oscura uno de las casetas refujio, por que se pusieron cabezones de que no nos dejaban,(y hacia mejor temperatura).
Eso si, el luguar es acojon..... de bonito, sobre todo en estas fechas, tiene unos contrastes de colores impresionantes.
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Como puedes ver no siempre es lo mismo, todo pasa por el torpe que te toque de guardia.
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El Cañón del Río Lobos es Parque Natural, zona en donde expresamente no se puede acampar, además de que la acampada libre esté prohibida o regulada ya hace tiempo en todos los sitios, no entro en que algunas leyes no nos hagan gracia pero la cosa es que eso está así, de todas formas como tu mismo dices a veces hacen la vista gorda y no solo en vuestro caso con tienda de campaña, hemos pernoctado allí con autocaravana y con caravana en el último aparcamiento, en los aparcamientos nuevos de arriba en el Mirador de la Galiana y en el aparcamiento de la Casa del Parque de momento sin problemas, aparte de en Ucero que eso ya está fuera del Parque.
Siento contradecirte pero se puede pernoctar(siempre como te he comentado ), la normativa es para toda españa.
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Siento contradecirte pero se puede pernoctar(siempre como te he comentado ), la normativa es para toda españa.
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Pues no sientas contradecirme, que esto es una conversación y estamos hablando con toda normalidad.
Me da que de la forma que está expuesto el tema ambos podemos decir que lo que decimos es tal cual, porque se podrá siempre y cuando que quieran dejarte o no te vean, pero si te ven y no quieren pues no te dejan, por el articulo 33 como tu dices o por el que corresponda.
Tienes razón estamos de carla sin mas.
Pero te comento que la normativa a nivel nacional es que, se puede pernoctar en cualquier sitio en el monte siempre y cuando no estes cerca de una población, podras montar tu tienda o lo necesario, siempre y cuando al amanecer desmontes.
Y ya puede venir cristo con los 12 apostoles a decirte nada, que a partir de ese momento haces noche, y si viene algien a moverte es porque tienes suerte te van a desplazar ellos, si te hacen moverte por el monte y tienes un accidente en el monte los responsbles son ellos.
Y por la parte de arriba del cañon esta petado de simas, te lo digo porque ibamos a eso, a hacer espeleologia.
Y te digo que tienes derecho a pernoctar, porque segun quien te venia a dar la murga ya sabian y otros no conocian el asunto y aplicaban el 33.
Hay una diferencia entre pecnortar y acampar.
:happy1::happy1::happy1::happy1::happy1::happy1:
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Es normal que no coincidamos porque cada uno estamos hablando de distintas modalidades al plantar la tienda: tu te refieres a la nocturna, o vivaqueo, o como se denomine de forma más correcta, y yo me estoy refiriendo a la acampada libre como ya he puesto anteriormente.
Si como dices la normativa de la "nocturna" es a nivel nacional para todos los sitios, leyendo la del Parque Nacional de Sierra Nevada para esta modalidad se ven tantas exclusiones que casi te pueden enganchar por cualquier sitio, supongo que en todos los lugares los condicionantes no serán así...
Foros de esquí, snow, nieve y montaña - Nevasport.com :: FORO MONTAÑERO :: Normativa Acampada en el P. N. de Sierra Nevada (http://www.nevasport.com/phorum/read.php?10,235822)
Acampar y pernoctar no es lo mismo, totalmente de acuerdo.
He leido la normativa de la DGT sobre las areas de las Autocaravas, mi forma de entender es un poco, no se como decir, yo entiendo que una caravanas sola es una caravana pero si va remolcada con un coche (Automovil) es como si fuera una AUTO-CARAVANA.
Que nadie me interprete mal, pero yo cre que la DGT mo esta muy clara en esto.
Si esta areas son solamente para autocaravanas, a mi corto entendimiento esto el una descriminacion en toda regla.
Un saludo campista
Ãreas de servicio en España. Foro campista en CampingSalon: camping, autocaravanas, caravanas, campings (http://www.campingsalon.com/comunidad/foro_tema_ficha.aspx?idTema=57237&suscrito=0)
Saludos
squid, ESTO CONTIGO.
Y ademas con el alcalde de Cabra Cordoba me apuntare a esa asociacion, me voy a interesar por ello. Tenemos el mismo derecho las Cv que las Ac
Un Saludo
Se ha preguntado directamente a los propietarios de estas areas sobre su uso, se llamaron a mas direcciones de la lista , pero habia errores y algunos de ellos no correspondian realmente con areas , sino que eran camping que aparecian con areas posible de solopernocta u otro tipo de error paraecido, pero eran en algunos casos erroneos, por lo que la lista no es mayor .Yo en mi caso no insiti en llamar a mas areas de la lista , por lo larga de la lista y absorver bastante tiempo el estar pendiente de estar llamando y hablando con el propietario del area , pero si alguien tiene interes estoy seguro que puede completarla.
Saludos
No olvidemos que desde el punto de vista de la DGT y segun definicion de ellos mismos una caravana es un VEHICULO sin motor , con la dualidad de ser remolque-vivienda
REGLAMENTO GENERAL DE VEHICULOS. DEFINICIONES Y CATEGORIAS DE LOS VEHICULOS. Reglamentación: Seguridad vial, normativa vigente, asesoría jurídica, manuales de reparación, documentos técnicos, autoescuelas. Autocity.com (http://www.autocity.com/tramites_dgt/legislacion/reglamento_vehiculos/anexo2.html)
No es como la baca del coche o un espejo retrovisor que son unos accesorios , que mientras estan unidos a este se consideran parte del vehicuo y sueltos son solo "chatarra" abandonada.
La DGT en el enlace anteriormente puesto lo define como un VEHICULO , y el echo de que no tenga bujias o carter o radiador es algo irrelevante para su consideracion legal como vehiculo.
No olvidemos que como todo VEHICULO posee ficha tecnica propia (no la del vehiculo tractor que tambien debe de tener una como cualquier vehiculo ) ,en la gran mayoria poseen matricula propia (aunqeu tambien deban llevar la del vehiculo tracto ) ,pagan un seguro y tienen en la gran mayoria que pasar ITV cada cierto tiempo como cualquier otro VEHICULO.Por tanto tiene las mismas obligaciones y los mismos derechos que cualquier otro VEHICULO ,tanto a circular como a aparcar etc.Un coche remolcando a una caravana no es un vehiculo y un accesorio , sino dos vehiculos y los dos tienen igual de derecho a circular que cualquier otro. A veces se tiene una idea intuitiva de lo que es un vehiculo o no , pero esto no tiene nada que ver con el punto de vista legal , por ejemplo una bicicleta es un vehiculo y no tiene motor alguno , sin embargo una persona que se desplace en una caballeriza no lo esta haciendo en un vehiculo , pues no esta considerado como tal , (puede que este regulado por las leyes en las que se viaja con animales , como ovejas , perros etc , pero no es un vehiculo), sin embargo la persona que se desplaza en un carro tirado por una caballeriza si lo esta haciendo en un vehiculo , con derecho como cualquier otro a circular aparcar etc.Por tanto el echo de que tenga o no motor o traccion propia es irrelevante desde el punto de vista legal para ser considerado como vehiculo.El que sea un vehi¡culo mas bien esta relacionado con la idea de que es algo fabricado por el hombre y con autorizacion para circular por la via publica , con todo s sus dercchos y obligaciones a la hora de circular y aparcar etc.
Como se ha dicho hasta la saciedad ,cuando una autocaravana por ejemplo nola dejan circular o aparcar en un muñnicipio , es que los ayuntamientos tienen la potestad de regular ,pero en ningun caso de discriminar a los vehiculos.Por tanto regular es cuando dicen aqui no , pero aqui si en funcion de razones objetivas , pero si se dice en ningun lado eso es discriminacion y no regulacion ,que es de loque se quejan en muchos hilos muchos autocaravanistas y con razon .Por lo que para que un espacio fuera de uso especifico para un vehiculo seria por razones objetivas al bien comun y no por supuesto a los ususrios de esos vehiculos y por otro lado estarian obligados a ofrecer una zona similar para el uso del los vehiculos no admitidos ,por ejemplo se puede decir a las motos que no aparquen en un sitio , si se les da una alternativa de aparcar en otro , lo contrario carece de validez legal , pues discrimacion de la que tanto se quejan y con razon los autocaravanistas
Para trminar con esta opinion , sencillamente comentear que los propietarios de las area s que las han pagado , que en la mayoria de los casos son los ayuntamientos , lo que le interesa es que la gente conozca sus bonitos municipios , compren regalos en sus tiendas , coman en sus restaurantes etc en una palabra sirvan al bienestar del municipio , por lo que a ellos (se refleja en una gran lista que lo apoya), mientras se respete el medio ambiente y se utilice de una forma adecuada no es que no le importe el uso por parte de las autocaravanas conjuntamente con las carvanas , sino que le interesa su uso conjunto y asi lo expresan en multitud de ocasiones ,pues asi piensan que estan contribuyendo mas al progreso y bien comun de ese municipio , asi como amortizando el dinero que se han gastado los habitante de esos municipios en las areas ,que son los propietarios de las areas (y nolos usuarios de estas ).
Saludso y espero no haber sido demasiado pesado dando mi opinion , aunque reconozco que tal vez me extralimitdo escribiendo una opinion demasiado larga,saludos y perdon otra vez por el ladrillo de opinion
Tio eres un Genio, muchisimas gracias por tu informacion, de verdad es muy importante
Un saludo
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