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Ver la versión completa : ¡¡OJO!! Ya no es obligatorio llevar seguro



cadiz
27/01/2009, 17:22
Ya no es obligatorio llevar el recibo del seguro
Con la aprobación a mediados del mes pasado del nuevo Reglamento de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil quedo suprimida la obligación de llevar el recibo del seguro siempre que se circule. Gracias al principio de que el ciudadano no tenga que presentar documentación que ya se encuentre en poder de las Administraciones Públicas, la responsabilidad de comprobar que el vehículo esté asegurado recae en los agentes, que deberán comprobarlo en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).

¿Sorprendidos? Es curioso la poca publicidad que se ha dado a esta norma que beneficia a los conductores frente a la Administración. En un sondeo improvisado a una veintena de motoristas, ni uno solo conocía la norma. Aún más, muchos no se lo han creído al comentarles el hecho. ¡Vaya con el escepticismo!

Cambiar comportamientos arraigados cuesta mucho. Y ya es tradicional la fórmula "el carnet de conducir, los papeles de la moto y el recibo del seguro" cuando nos para algún agente. Solamente en el año 2007 se impusieron 160.000 denuncias por no llevar encima el recibo del seguro. Dado que la sanción era de 60 euros, representa la nada despreciable cifra de algo más de 9,5 millones de euros. En un solo año.

Parece que a la Dirección General de Tráfico no le ha hecho demasiada gracia este nuevo derecho de los conductores a poder circular sin tener que llevar encima el recibo del seguro. En la nota de prensa donde lo hacen público, se acompaña de otras informaciones intimidatorias (las sanciones por circular sin seguro, los vehículos capaces de la comprobación automática y la insolidaridad de no tener seguro) y finaliza con una de sus apreciadas contradicciones: "Con esta nueva medida se suprime la infracción por no llevar el justificante, aunque desde la DGT se recomienda adjuntarlo al resto de la documentación obligatoria del vehículo". O sea, que ahora que no es obligatorio, ha pasado a ser recomendado.

Lo que yo voy a imprimir para adjuntar a la documentación obligatoria de mi moto es la nota de prensa de la propia DGT en la que reconoce que ya no es obligatorio. Por precaución. No sea que algún agente despistado no conozca la nueva situación. Por aquello de los años y la costumbre.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf

michel
27/01/2009, 17:55
Bueno, Cadiz aunque no es obligatorio, sí es aconsejable, me explico:

Con la creación del fichero FIVA (que lleva más años que la tana, pero bueno, si dicen que se ha creado ahora, pues ya está...), se lleva el registro de los vehículos asegurados.
Es cierto que los agentes de tráfico comprobarán en el fichero FIVA, la validez o no del seguro obligatorio, quedando sin efectos las denuncias por no presentar el recibo del seguro.

Ahora bien, te cuento un problemilla:

EL fichero FIVA, incluye las matriculas y los seguros que previamente son pasados por las compañías, habiendo compañías que se pasan por el saco testicular dicha obligación, con lo cual no aparece en el fichero FIVA, aún teniendo en vigor el seguro, ya que nos hemos gastado los braulios en él.
Cuando el agente te para, y comprueba que en la base FIVA, no posees seguro(porque a tu compañía se le ha "olvidado" pasar los datos), y tú claro está, el recibo lo tienes en tú casa porque ya no hay que llevarlo, el agente hace su trabajo, te denuncia por circular careciendo de seguro obligatorio (1500 braulios), y aunque las normas de la DGT, dicen de no inmovilizar, las Policias Locales como no han de seguirlas, te pueden inmovilizar por no tener dicho seguro. Para levantar la inmovilización deberás ir a tu casa, coger el recibo y enseñarselo (porque claro no vas a sacar un seguro nuevo), y ya está, los 1500 braulios, DGT, no sanciona y se archiva dicha denuncia porque hay seguro, pero claro te tienes que mover tú, presentar dicho recibo del seguro en tráfico para que te la quiten, ya que ellos de oficio no la pueden quitar, porque en la base de datos no existe dicho seguro, que tú has pagado y que la compañía no ha pasado a tráfico.

Por todo ello, no es obligatorio, pero si es aconsejable, para evitar perder nuestro tiempo.

Un saludo

COMANCHE
27/01/2009, 18:04
Prefiero llevarlo siempre conmigo, para evitar problemas como bien comenta Michel.

DANIX
27/01/2009, 18:07
muy interesante. gracias por la información a ambos.

saludos,

franbu957
27/01/2009, 18:08
Lo mismo opino ,tantos años acostumbrado a llevar "mis papeles" que me cuesta más dejarlo en casa que seguir cargando con él.De todas formas gracias por el recordatorio.Saludos.

Aunolose
27/01/2009, 18:14
Y, otra cosa, en caso de accidente/avería, ¿te sabes de memoria el número de póliza para llamar a la asistencia?, si, ya sé que lo pueden averiguar, pero, de momento lo seguiré llevando...

DANIX
27/01/2009, 18:35
Y, otra cosa, en caso de accidente/avería, ¿te sabes de memoria el número de póliza para llamar a la asistencia?, si, ya sé que lo pueden averiguar, pero, de momento lo seguiré llevando...

las pocas veces que he necesitado asistencia, nunca he usado el número de póliza para identificarme, simplemente mi dni o la matrícula del vehículo.

Jkarlos
27/01/2009, 18:52
Yo siempre he llevado una copia del recibo y nunca he tenido problemas, las seguiré llevando.
Saludos.

peter_mlg
27/01/2009, 18:59
yo tambien lo llevare encima , tampoco pesa tanto para el porsaco q pueden dar lass autoridades

juan miguel martinez
27/01/2009, 19:10
Habeis llegado a pensar que cuando circulamos por Europa debemos de llevar el justificante de pago junto a la carta verde, por que nos podemos ver en un lio grande y en Francia la gendarmeria no se anda con chiquitas.Ademas tampoco pesa tanto para no llevarlo.

hunagui
27/01/2009, 19:17
Cuidadin que según tengo entendido, en caso de que el agente no pudiera verificar en el acto, supongo que por problemas técnicos, la vigencia de una póliza, te podría sancionar dándote un plazo de 5 días para presentar el recibo en algúna Jefatura Provincial lo que invalidaría la multa. Por lo tanto, como si no valiese para nada, eso si, presentando el recibo en los siguientes 5 dias no hay multa, pero si hay que perder el tiempo en ir a trafico, pues no se que ganamos. Yo seguiré llevando el recibo.

rocinante
27/01/2009, 19:26
interesante saberlo ...

El cuñao
27/01/2009, 19:37
Yo lo seguire llevandolo, junto con los demas papeles,total uno mas ,asi me ahorro el dia que me paren la DGT,explicarle que ya no hace falta llevarlo,saludos.

apolo
27/01/2009, 20:19
Efectivamente, en su día ya se dijo que era conveniente llevarlo por las razones antes expuestas, así que lo más sensato es llevarlo por si las moscas.

aventureros
27/01/2009, 20:31
Gracias cadiz y michel por la informacion.......suerrteee!!

trotacaminos
27/01/2009, 21:05
Una frivolidad impresionante a la ora de escoger el titulo CADIZ, Puede darse la situacion de que alguien piense que quieres decir que no hay que asegurar los vehículos.

Decir que el ministerio del interior, hizo una buena campaña, en Radio televisión y prensa escrita, parece que te hayas enterado hoy, esta norma entro en vigor creo que el 28 0 29 de octubre de 2007, lo recuerdo porque ese día volvía de vacaciones de Riaza, el mismo día que enterraban a Cuevas antiguo presidente de la COE, en esa ciudad segoviana.

Digo yo, que si se han gastado los euros en la prensa para que nos enteremos nosotros, habrán tenido la delicadeza de emitir una nota interna, a las policías que vigilen el trafico, paso por que el guardia civil que perta servicio rural en Navalquintoperdidodearriba, no este al día, pero los que vigilan el trafico, lo dudo.

Ahora redundando en lo que ha dicho Michel, y lo que voy a contar no es novela, sino que casualmente presencie en las oficinas de la policía local de mi pueblo.

Joven de Castellar de Santiago localidad a 40 kilómetros de Valdepeñas, con el primer cabreo, por haberse quedado sin coche, ya que se lo había retirado la grúa, pidiendo explicaciones por ello.

El policía de turno, le explica que lo dejo delante de una cochera, y que impedía la salida de los coches que había dentro. Refunfuñando el joven pregunto, aparte de muchas idioteces, que cuanto le costaría la grúa, a lo que el guardia de dijo la cantidad,( Que sablazo JODERRRRRRRRRRRRR), y después en tono afable, y explicándole que tenia casi toda la seguridad de que seria un error, (seguro que no era la primera vez) le mostró un papel, en el que replico el poli, según la DGT, esta usted sin haber pasado la ITV, y sin seguro, desde tal fecha, confió que sea un error, pero no le puedo entregar el vehículo, en tanto comprobemos que su documentación esta en vigor. el joven replico, ese coche lo compro mi padre de segunda mano, en esas fechas, y le hizo un seguro nuevo, la ITV, me vence en 2010.

Pasados unos momentos, vinieron dos policías, el primero les indico que acompañaran al joven, para comprobar la documentación de su vehículo, de momento regresaron y uno de ellos replico, todo en regla, se puede entregar.

Dime CADIZ, que hubiera pasado si no lleva el recibo encima, para mas INRI, en sábado que muchas compañías no trabajan y no te pueden expedir un duplicado, esto en Valdepeñas, con bastantes infraestructuras, pero si es en el alto de Somosierra, o en Navalquintoperdidodearriba,??????

Rivera
27/01/2009, 23:09
lo habia escuchado pero no sabia si era cierto, pero ya veo que los rumores fueron ciertos

Kiyo
27/01/2009, 23:44
Hay más cuestiones, es aconsejable llevar siempre encima un impreso de parte amistoso de accidente.

La situación: Por un ataque de comodidad o de confianza en sí mismos, dada nuestra absurda certeza de que jamás tendremos un siniestro, decidimos dejar toda la documentación del seguro en casa y ¡vaya usted por Dios!, testarazo al coche cuando estoy a 800 kms de casa, no tengo impresos, ni los datos de la póliza, ni na de ná..... ¡qué hago!...¡pa donde tiro!.... ¡a qué número llamo!..... ¿cual era el número de la asistencia?... ¡¡¡oiga que sí, que yo tengo seguro, espere a que vengan los guardias y lo arreglamos!!

Llevar o no llevar la documentación es una cuestión de sentido común, como tantas y tantas cosas. Llevarla siempre nos va a facilitar las cosas y nos ahorrará problemas.

:wave:

Bibilot
27/01/2009, 23:59
No tenía ni idea. Si algún día no la llevo, al menos sabré que no me pueden multar por ese motivo.

aussie
28/01/2009, 00:24
Una frivolidad impresionante a la ora de escoger el titulo CADIZ, Puede darse la situacion de que alguien piense que quieres decir que no hay que asegurar los vehículos.

Decir que el ministerio del interior, hizo una buena campaña, en Radio televisión y prensa escrita, parece que te hayas enterado hoy, esta norma entro en vigor creo que el 28 0 29 de octubre de 2007, lo recuerdo porque ese día volvía de vacaciones de Riaza, el mismo día que enterraban a Cuevas antiguo presidente de la COE, en esa ciudad segoviana.

Digo yo, que si se han gastado los euros en la prensa para que nos enteremos nosotros, habrán tenido la delicadeza de emitir una nota interna, a las policías que vigilen el trafico, paso por que el guardia civil que perta servicio rural en Navalquintoperdidodearriba, no este al día, pero los que vigilan el trafico, lo dudo.

Ahora redundando en lo que ha dicho Michel, y lo que voy a contar no es novela, sino que casualmente presencie en las oficinas de la policía local de mi pueblo.

Joven de Castellar de Santiago localidad a 40 kilómetros de Valdepeñas, con el primer cabreo, por haberse quedado sin coche, ya que se lo había retirado la grúa, pidiendo explicaciones por ello.

El policía de turno, le explica que lo dejo delante de una cochera, y que impedía la salida de los coches que había dentro. Refunfuñando el joven pregunto, aparte de muchas idioteces, que cuanto le costaría la grúa, a lo que el guardia de dijo la cantidad,( Que sablazo JODERRRRRRRRRRRRR), y después en tono afable, y explicándole que tenia casi toda la seguridad de que seria un error, (seguro que no era la primera vez) le mostró un papel, en el que replico el poli, según la DGT, esta usted sin haber pasado la ITV, y sin seguro, desde tal fecha, confió que sea un error, pero no le puedo entregar el vehículo, en tanto comprobemos que su documentación esta en vigor. el joven replico, ese coche lo compro mi padre de segunda mano, en esas fechas, y le hizo un seguro nuevo, la ITV, me vence en 2010.

Pasados unos momentos, vinieron dos policías, el primero les indico que acompañaran al joven, para comprobar la documentación de su vehículo, de momento regresaron y uno de ellos replico, todo en regla, se puede entregar.

Dime CADIZ, que hubiera pasado si no lleva el recibo encima, para mas INRI, en sábado que muchas compañías no trabajan y no te pueden expedir un duplicado, esto en Valdepeñas, con bastantes infraestructuras, pero si es en el alto de Somosierra, o en Navalquintoperdidodearriba,??????

Que bien te esplicas.

Trota,, por donde cae Navalquintoperdidodearriba????

Un saludo amigo.

yomisma
28/01/2009, 00:43
Pues yo, aunque sí me había enterado, sigo y seguiré llevándolo porque me resulta más cómodo y rápido, si alguna vez me hace falta. Conste que jamás me han parado ni he tenido ningún accidente y por lo tanto sólo entra y sale para cambiarlo por el siguiente.

trotacaminos
28/01/2009, 00:45
Que bien te esplicas.

Trota,, por donde cae Navalquintoperdidodearriba????

Un saludo amigo.

Espero que no exista, solo quería con un nombre absurdo dar la impresión de un lugar recóndito y olvidado.

Espero que no esxista para que nadie se de por aludido, ya que si algo me fastidia mas que meter la pata es tener que pedir disculpas por ello.

.............si lo habías entendido bromista. :) :) :).

juanma9413
28/01/2009, 03:51
No me he leído todo el hilo, pero "tener" seguro es obligatorio, lo que no es necesario es "llevar" la documentación siempre.
Salu2

Aunolose
28/01/2009, 13:05
Al final yo veo más comodo llevarlo que no llevarlo, me explico, según noseque ley, de noseque año, no es obligatorio presentar papeles que la administración ya tiene (tiene un nombre, que tampoco recuerdo), es decir, si te piden un titulo que ya has presentado, no es obligatorio presentarlo, por la misma regla de 3, también sabes que tienes carnet de conducir, la itv pasada etc, pero si te presentas, por ejemplo a una oposición y te echan para atras los papeles, tienes que llevarlos o demostrar la ley o lo que toque, mientras el tiempo pasa, sale la oposición, la aprueba otro, y tu has demostrado que tenías razón, pero la oposicion es de otro, y ahora intenta anular el examen. Pues esto igual o parecido, no hace llevar el papel del seguro, pues vale, está bien saberlo para olvidos o vete a saber, pero tampoco pesa 100k, llevo un puzzle en el coche para las crias que me molesta bastante más que el recibo...
Pero ojo, es una opinión. Allá cada cual.

cadiz
28/01/2009, 17:01
Trotacaminos: Si una ley, normativa u orden o lo que sea de la D.G.T. puede causar algun tipo de trastorno a alguien en el cumplimiento de su mas legítimo derecho, es un problema de la D.G.T. y no mio.
De todas formas yo he puesto a vuestro alcance una información y no he aconsejado ni que se lleve ni que no.
Me alegro que tu ya hubieras recibido esa información, si alguien ya lo sabia tambien que lo diga, vamos a ver cuantos son.
Cuando la D.G.T. quiere que nos enteremos de algo lo consigue, ya creo que lo consigue; llamese triangulos, chalequito, movil, sillitas niños, cinturones traseros en su dia.............

MIGUELSERCOS
28/01/2009, 17:44
Hola tod@s (tod@s).

Pues lamento tener que informaron que para la DGT lo que cuenta no es el recibo del seguro que le podáis presentar. Lo que vale es lo que REFLEJA EL FIVA.
Esto es fácil de entender por una razón muy sencilla: el recibo del seguro cargado en tu cuenta bancaria puedes tenerlo contigo sin haberlo pagado (vas a tu entidad bancaria y ordenas la devolución del mismo y alegas haber extraviado (o que no te ha llegado a casa) el documento original (que os lo mandan por correo ordinario). La entidad bancaria te hace firmar una orden de devolúción. Resultado: tienes un recibo totalmente NULO, pero que da el "pego".
Otra picarezca (típica de los chavales con ciclomotores asegurados en el Consorcio) es falsificar el recibo del seguro (realmente sencillo).

Un caso personal real:
Hago el seguro el día 1, me roban la moto el día dos a las 9 de la mañana, pillan al ladrón a las 9:30 y le retiran la moto por no justificar tener seguro. Recupero la moto y el día 20 solicito la anulación del seguro.
Me llega denuncia de la DGT por carecer de seguro, presento recibo. Ante mi estupor me llega la sación. Me informo y me dicen que en el FIVA consta que el seguro caducó el día 1 !!! (el mismo día en que lo di de alta). Insisto en que tengo la póliza y el recibo que demuestran lo contrario. Se lo pasan por los forros.
Llamo a la cía. aseguradora para que arreglo el desaguisado.
Llega embargo de hacienda.
Hago el último recurso.
Hacienda consulta con la DGT.
Afortunadamente la cía. ya había rectificado la información en el FIVA.
Se archiva el expediente.
FIN DE LA PESADILLA DE 750 EUROS.

Moraleja; no por llevar el recibo justificas tener seguro.

Un saludo.

michel
28/01/2009, 18:24
Hola tod@s.

Pues lamento tener que informaron que para la DGT lo que cuenta no es el recibo del seguro que le podáis presentar. Lo que vale es lo que REFLEJA EL FIVA.


Pues siento contradecirte compañero, la D.G.T. dice otra cosa:

Instrucción 8/V-77 ; S-101




El nuevo Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos de motor, aprobado por Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, (BOE núm. 222, de 13 de septiembre), dispone en su artículo 14.2, respecto de la acreditación de la vigencia del seguro, lo siguiente:

“ La vigencia del seguro obligatorio se constatará por los agentes de la autoridad mediante la consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.






En su defecto , quedará acreditada la vigencia del seguro mediante el justificante de pago de la prima del periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al menos, la identificación de la entidad aseguradora, la matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo, el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del seguro obligatorio.”




Bla,bla,bla......




A) Actuación de los Agentes encargados de la vigilancia del tráfico:


En todos aquellos casos en que sea posible, el Agente de la Autoridad consultará el Registro de Vehículos al objeto de verificar la existencia o no de seguro obligatorio. En el supuesto de que conste la tenencia y vigencia de éste, se entenderá cumplida la acreditación, no exigiéndose por tanto justificante alguno.



En todos aquellos casos en que no sea posible realizar la consulta al Registro de Vehículos, o consultado éste no conste la existencia de seguro o no esté vigente, se solicitará del conductor el recibo o justificante que acredite la vigencia del seguro:



1.- En el supuesto de que sea aportado, se entenderá cumplida la obligación.


2.- En aquellos supuestos en que, solicitado el recibo o justificante, no se acredite la vigencia del seguro se formulará denuncia por “circular careciendo del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige ….”, conforme a lo que en cada caso proceda, según lo previsto en la Relación Codificada de Infracciones.



y por qué, pasa esto, pues por lo comentado, que el fichero FIVA, no es la panacea, depende de que las compañías de seguros les pasen los datos actualizados, cosa que por desgracia no pasa...

La picaresca, en este país simpre existirá, y por supuesto como dices, el recibo, exclusivamente pues no dice nada....
Menos aún las pólizas solas, pero ya ves... de picaresca vamos sobrados, circular con propuestas de seguro (cosa válida), está claro que en el FIVA nunca estará dado de alta una propuesta, sacar el seguro a un corredor, pagárselo en mano en vez de domiciliarlo, este corredor tiene el plazo de tres meses para depositar dicho dinero en la compañía, el seguro está vigente (pero no aparece en FIVA), ya que la compañía no ha recibido el dinero (otra cosa es como sabrás que dicho dinero se quede en el cajón del corredor), entonces la compañía después de los tres meses da de baja dicho seguro, pero el paisano sigue con su recibo(y no es válido por supuesto...pero bueno esto son cosas penales que nada tienen que ver al caso).

Pero bueno...según ésta instrucción emitida por la D.G.T., puedes ver la importancia que sigue existiendo con el "justificante de pago del seguro obligatorio", que el recibo no es verdadero, que no está en vigor, que no aparece en FIVA, bueno ante un accidente, siempre nos quedará la compensación de seguros....

Un saludo

apolo
28/01/2009, 20:39
FIVA ó RECIBO, tanto monta monta tanto.

trotacaminos
28/01/2009, 22:44
Trotacaminos: Si una ley, normativa u orden o lo que sea de la D.G.T. puede causar algun tipo de trastorno a alguien en el cumplimiento de su mas legítimo derecho, es un problema de la D.G.T. y no mio.
De todas formas yo he puesto a vuestro alcance una información y no he aconsejado ni que se lleve ni que no.
Me alegro que tu ya hubieras recibido esa información, si alguien ya lo sabia tambien que lo diga, vamos a ver cuantos son.
Cuando la D.G.T. quiere que nos enteremos de algo lo consigue, ya creo que lo consigue; llamese triangulos, chalequito, movil, sillitas niños, cinturones traseros en su dia.............

No busques fantasmas donde no los hay, responsables, cada uno debe serlo de sus actos, dije que habías tenido mucha frivolidad, a la hora de elegir el titulo, y lo mantengo, puedes leer el post Nº 23, desgraciadamente me da la razón.

No por ser recién llegado, se te tiene menos en cuenta que a otros, pero si da la impresión que quieres alcanzar notoriedad pronto, vigila que esa notoriedad, no sea negativa, habrás comprobado que la noticia la conocían muchos no yo solo, y publicidad le dieron.

Un saludo, espero seguir esta conversacion u otra en la JALEADA, u otra acampada anterior a esta, compartiendo una cerveza, o una copa de vino.

Saludos

Aunolose
28/01/2009, 22:55
Yo también la conocía, aunque como digo no le veo excesiva utilidad, vamos como no llevar el carnet, te inmovilizan el vehiculo, lo presentas y te lo devuelven, pues esto igual, si no tienen acceso al FIVA, te clavan y después te perdonan.

MIGUELSERCOS
29/01/2009, 00:22
En su defecto , quedará acreditada la vigencia del seguro mediante el justificante de pago de la prima del periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al menos, la identificación de la entidad aseguradora, la matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo, el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del seguro obligatorio.”


No, no me contradices. Ratificas lo que he expuesto.

Fijate que en mi ejemplo me refería a que en el FIVA constaba SIN SEGURO POR CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA.


Lo que vale es el FIVA, y en caso de que no pudieran consultarlo, darán por bueno el recibo.
Insisto; sólo en caso de que no hayan podido verificar en FIVA.
Si el FIVA DICE QUE NO TIENES SEGURO, EL RECIBO Y/O PÓLIZA ES PAPEL MOJADO.

En mi caso, en el FIVA, por error de la cía. aseguradora, constaba como fecha cancelación de la póliza el día 1, justo el día que se hizo, y claro, como al ladrón lo "pillaron" el día dos, para la DGT estaba sin seguro. No les sirvió de nada ni el recibo ni la póliza.
Hasta que la propia compañía no rectificó en el FIVA la información, la DGT consideraba que estaba sin seguro.

Otro caso, una asegurada de Mapfre presenta su recibo, pero la policía local le dice que está sin seguro...
Resulta que por un error, habían traspasado la póliza a un vehículo de otro cliente.
El coche se lo llevaron al depósito municipal POR CARECER DE SEGURO, a pesar de tener el recibo con ella. Lo que tiene prioridad es la información del FIVA.

Un saludo.

MIGUELSERCOS
29/01/2009, 00:35
Me he dado cuenta que el Real Decreto es de Septiembre de 2008, y mi caso es de enero de 2007, por lo que ahora seguramente no me volvería a pasar lo mismo.

No obstante, en el otro caso, la policía local de Vigo se pasó por los forros la instrucción de tráfico.

Un saludo.

aussie
29/01/2009, 00:49
espero que no exista, solo quería con un nombre absurdo dar la impresión de un lugar recóndito y olvidado.

Espero que no esxista para que nadie se de por aludido, ya que si algo me fastidia mas que meter la pata es tener que pedir disculpas por ello.

.............si lo habías entendido bromista. :) :) :).

que bueno es tener sentido del umor.

peonza
29/01/2009, 01:22
Si para salir de España tengo que llevar el papel del seguro, yo suelo llevar la carta verde, para qué voy a sacar ese papel del coche para circular por España, ¿ocupa mucho el recibo del seguro en la guantera?
Yo no solo tengo el recibo del seguro en el coche tambien tengo el del año pasado, el de hace dos, el de hace tres, etc. llega un nuevo recibo y lo bajo al coche. Cada no se cuantos pues vacío papeles y ya está.

Un saludo:wav:

apolo
29/01/2009, 02:57
Venga que tampoco es necesario sacar punta a todo, aunque la noticia es vieja y la mayoria ya la conociamos, pues en su día se dijo incluso por la televisión, para los que no lo supiesen, ahora está claro. Es obligatorio tener seguro y aunque es aconsejable llevar el recibo para evitar problemas, no existe la obligación de llevarlo, por tanto no pueden multarte por no llevar el recibo (siempre que lo tengas pagado o en vigor).

Abrazos a todos/as.

cadiz
29/01/2009, 11:23
Trotacaminos: mejor vino y se es de Valdepeñas mejor que mejor. lo de querer notoriedad, nada mas lejos de mis intenciones. Lo que si te digo es que en tráfico dan mas o menos publicidad a lo q les interesa, como ya te decia, todos sabemos lo del chalequito etc... pero mira salgo mucho con la bicicleta y veo q me juego la vida a diario, la gente nos echa la bronca en las rotondas pues solo respetan al primero del pelotón si ha entrado antes que ellos pero al resto no y nadie sabe que un grupo de ciclistas se considera en este caso como un vehículo. Tambien con el nuevo código tienen la misma obligación de llevar casco los ciclistas como los motoristas, la misma, pues todavia no he visto que se pare a nadie por esto y se supone que la gente que trabaja en esto deberian estar enterados, otro tema son las rotondas pues hay una inmensa mayoria que no sabe como se circula en ellas y no veo que se informe por ningun lado, enfin echo de menos un poquito de educación vial y no solo meter miedo con multas gordas.
El que en algun foro de internet dediquemos tiempo y espacio a remachar algo de esto no le veo ninguna pega y si esto sirve para qu se entere al menos una persona; objetivo consegudo.

joxe
29/01/2009, 11:24
No tenía ni idea. Si algún día no la llevo, al menos sabré que no me pueden multar por ese motivo.

Sí te pueden multar. Te explico. La semana pasada me paró la policía Foral de tráfico. Me pidieron los papeles del coche, entre ellos el recibo del seguro. Yo se lo entregué pero le comenté que no era obligatorio llevarlo a lo que me respondió que sí, que no era obligatorio llevarlo y que ellos lo tenían que comprobar con el ordenador que llevaban. Pero si en ese momento no tienen línea y no lo pueden comprobar, te denuncian y luego tienes que presentar el recurso para que te la quiten, por lo que es aconsejable llevar el recibo. Un saludo.

cadiz
29/01/2009, 11:27
Ah! Trotacaminos el vino que sea por lo menos crianza.

angel-rutero
29/01/2009, 13:03
Bueno, bueno. Pues yo no sabía nada, así que después de leer todo el hilo, lo que he hecho es imprimirme el reglamento y ponerlo junto a la documentación de la moto. ¿Para qué? Por si un día me distraigo y se me olvida adjuntar el nuevo recibo de pago de ese año o simplemente, por si me paran en el espacio de tiempo ese que suele haber, entre que caduca el del año anterior y te llega por correo el nuevo. Suelo imprimir el cargo del banco, pero también suelo ser distraído a veces...

Aún con ciertas fricciones, me ha parecido interesante el hilo... Yo también pensé que el seguro no era ya obligatorio por el enunciado, pero entendí que era un modo de atraer la atención.

trotacaminos
31/01/2009, 09:49
Cadiz crianza o reserva, según el acompañamiento, mañana te contesto al resto, me voy a la cama que la noche ha sido larga.

TOMI
31/01/2009, 10:58
Hola a todos no hay que liar tanto la madeja, la cosa es sencilla.Las compañias de seguros como muy bien han dicho antes tienen la obligacion de anotar todos los vehiculos en la base del FIVA igual que las estaciones de ITV en la base de trafico cuando pasamos la inspeccion, problema que ni las compañias de seguros ni las itv estan al dia, entonces quien tiene el problema?, el guardia que te para no, el consultara si puede la base de datos y si no su obligacion es denunciar y al denunciado luego moverse para que no le sancionen.Tráfico no entrega un permiso de conducir sin antes meterlo en la base de datos por ejemplo. un saludo y lo dicho por mas de uno no ocupan tanto y en un momento de apuro (accidente) te facilitan las cosas.