Ver la versión completa : Pernoctar en Autocaravana no es ilegal
enrique8978
04/08/2009, 02:17
A veces cuesta trabajo explicar algo tan complejo como el que pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada en un lugar autorizado es legal. A los usuarios nos cuesta entender que algo que vemos con tanta claridad, algunas administraciones tienen tan claro todo lo contrario, tanto, que da la impresión de que su interpretación está motivada por un afán recaudatorio o, más probable, por la defensa de los intereses privados de los propietarios de camping.
El origen de la controversia consiste en que el mismo hecho está siendo juzgado por dos ámbitos legales a la vez.
Se trata de evaluar legalmente un hecho: los pasajeros de una autocaravana permanecen en su interior mientras ésta está correctamente estacionada en un lugar autorizado. Ese lugar autorizado puede ser la vía pública o un estacionamiento dentro de los límites del demanio marítimo-terrestre o en los de un Espacio Natural Protegido.
Al vehículo se le aplican las Leyes de Seguridad Vial y a las personas la Ley de Costas, las Leyes de Turismo o las de Protección de Espacios Naturales Autonómicas de forma simultánea.
Sin embargo, al aplicar las leyes que regulan la acampada se obvian una serie de circunstancias que modifican el criterio del ámbito legal:
•La autocaravana es un vehículo.
•El espacio que ocupa es la vía pública pues se trata de un estacionamiento autorizado.
•La presencia de los pasajeros en el interior no afecta a la maniobra de estacionamiento.
•La Ley de Seguridad Vial obliga su aplicación a todos los vehículos en todas las vías públicas aptas para su circulación.
A pesar de todo, algunas administraciones aducen criterios subjetivos, inconcretos e inconsistentes tales como intencionalidad, permanencia e instalación de autocaravanas -que no es otra cosa diferente al estacionamiento- para justificar una inexistente infracción por acampada ilegal y consideran a la autocaravana como el único vehículo dotado de elementos de confort para utilizarlo como vivienda, aplicando también el término pernocta para establecer una equivalencia a la acampada.
Al mismo tiempo y por el mismo hecho los empresarios de camping presionan a los ayuntamientos, acusándoles interesadamente de competencia desleal, que permiten la pernocta en una autocaravana estacionada en las vías públicas locales o disponen de espacios de estacionamiento acondicionado para autocaravanas, sean de pago o no.
Se olvidan de que ellos en sus instalaciones reclaman cada día más espacios para alojamientos fijos en competencia con los hoteles y pensiones y que los bungalows o los mobil-homes reducen cada vez más los espacios destinados a las instalaciones móviles.
Es patético comprobar la hipocresía de unos profesionales que, en muchos casos dentro de sus instalaciones, no se preocupan por adecuar los espacios a las autocaravanas, ni en los viales ni en las instalaciones comunes.
En sus denuncias por el daño medioambiental que producen los campamentos compuestos en su opinión por autocaravanas se olvidan que muchas de sus instalaciones invadien los límites del demanio maritimo-terrestre o los Espacios Naturales Protegidos.
Se olvidan, en definitiva que los usuarios de vehículos vivienda somo clientes en potencia y que por el camino de la guerra que han declarado algunos empresarios a los autocaravanistas, lo único que van a conseguir es que los usuarios asociados nos organicemos para alejarnos definitivamente de sus instalaciones y arrastremos a los miembros que podamos de las asociaciones campistas.
Las administraciones autonómicas acabarán dándose cuenta de que no pueden hacer el trabajo de los empresarios de camping y que deben considerar que la principal misión de los Reglamentos de Campamentos de Turismo es la de velar por la calidad del servicio prestado a cambio del dinero de los clientes. Que la regulación de la acampada debe responder a criterios de protección medioambiental y en ningún caso a defender los intereses de una actividad económica privada que paga sus impuestos con el dinero que les dejamos los clientes y que a su vez los usuarios también pagamos nuestros impuestos y tenemos más votos.
Lo cierto es que los vehículos son utilizados como vivienda por miles de ciudadanos en España a diario con diferentes motivaciones: exclusión social, trabajo u ocio y, de entre estos vehículos, las autocaravanas son la minoría. De esta forma camiones, turismos, caravanas, autocaravanas o furgonetas de transporte de mercancías, incluso contenedores, son utilizados a diario para pernoctar.
A pesar de ello son los ciudadanos que utilizan autocaravanas los que con mayor frecuencia son denunciadas y ello es debido principalmente por la presión de los lobby de empresarios de camping.
Sin embargo, pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada es una actividad legal, tan legal, como el pernoctar en la cama instalada de origen en interior de un tractocamión estacionado en un área de descanso de una carretera.
Lo ilegal son las actitudes de algunos ciudadanos incívicos que cometen abuso del espacio público, que polucionan el entorno con ruido o con despliegue de elementos de acampada o abandonan residuos provocando daños medioambientales. Estas son las actitudes que se deben reprimir y cuya responsabilidad de avitar estas prácticas recae en primer lugar en los agentes de la autoridad. La proliferación de estos abusos en zonas de presión turística es debida en gran parte a la negligencia de las autoridades en establecer medidas adecuadas y como consecuencia acabamos pagando de forma antidemocrática justos por pecadores creando una situación en la que los empresarios de camping tratan de sacar partido para sus intereses económicos apoyándose en la escasa visión de algunos políticos.
Con el fin de apoyar los argumentos legales en los que se basa el derecho a pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada gracias al trabajo de Andoni Lizarralde que ha llevado a cabo la presentación de los temas, ponemos a disposición de los compañeros autocaravanistas esta presentación gráfica del tema.
100 % de acuerdo contigo, ni una coma que añadir...
Hola Enrique, no sé si tienes conocimientos jurídicos (porque está muy bien expuesto) o es un corta-pega, pero de cara a la galería, aunque en el contexto se puede comprender el todo, hay términos que son difíciles de comprender y que conviene "traducir" al lenguaje de la calle: por ejemplo, qué es el demanio. Pues eso, aunque la noticia es muy interesante, y sin ánimo de molestar, sería conveniente poner términos más comprensibles para todos.
Hola, muy bien la teoría, en la práctica te aplican la ley de turismo y te multan, y aunque tengas más razón que un santo te toca recurrir la denuncia, con todo el papeleo y disgustos que lleva y sin garantía alguna de ganar el recurso.
Saludos.
al trabajo de Andoni Lizarralde que ha llevado a cabo la presentación de los temas, ponemos a disposición de los compañeros autocaravanistas esta presentación gráfica del tema.
¿donde esta la presentacion?
Miguelpas
04/08/2009, 13:01
Me pregunto si los propietarios de caravanas podemos acogernos a los mismos argumentos que se esgrimen para la defensa de las autocaravanas.
Pernoctar en mi caravana convenientemente enganchada a mi coche y perfectamente aparcado el conjunto en un lugar autorizado para el aparcamiento de vehículos ¿sería legal?.
Creo que a nosotros no se nos tiene demasiado en cuenta cuando se habla de este delicado asunto,se da por hecho de que nosotros si tenemos la necesidad u obligación de utilizar los campings,cuando no es así,yo de hecho,si no me obligaran,entraría más bien poco en ellos,muchos de ellos tienen precios abusivos para lo que ofrecen,hay que tener en cuenta que ellos aportan poco,el equípo lo ponemos nosotros,sillas,mesas,caravana,avance,etc.
Gracias Enrique por el documento, no sé si es tuyo o por lo que entiendo es una copia, pero a mi corto entender el documento es muy bonito y todos nos identificamos pero tiene "graves" interpretaciones que, tratándose de un trabajo, creo que no llegarían a ningún sitio. Me explico:
El documento utiliza en todo momento el término "pernoctar" cuando el vehículo está estacionado, y lo quiere desvincular del hecho de acampar, cosa que como todos sabemos es una modalidad de acampada (mal empezamos, debería utilizar térrminos como dormir o descansar, pero no pernoctar).
Se trata de evaluar legalmente un hecho: los pasajeros de una autocaravana permanecen en su interior mientras ésta está correctamente estacionada en un lugar autorizado. Ese lugar autorizado puede ser la vía pública o un estacionamiento dentro de los límites del demanio marítimo-terrestre o en los de un Espacio Natural Protegido.
Está claro que estacionar en la vía pública es correcto (siempre que esté autorizado), pero estacionar en zonas de dominio público (demanio), pues va a ser que no, sino remitamonos a la Ley de Costas, está claro que aunque nos pese no podemos utilizar las zonas de servidumbre a nuestro antojo, y lo que se propone es una falacia, estacionar en la zona de dominio publico puede ser en una calle en una plaza, bien correcto, pero en una playa o en un parque natural es inconcebible, ya que hay otras leyes que regulan dicho uso, para que pueda ser público, ya que si no, ¿quién impide estacionar a todos los coches de los bañistas de una playa, aparcar en la misma orilla?. Este punto creo que queda claro.
Al vehículo se le aplican las Leyes de Seguridad Vial y a las personas la Ley de Costas, las Leyes de Turismo o las de Protección de Espacios Naturales Autonómicas de forma simultánea.
Al vehículo se le aplica la Ley de Seguridad Vial, sólo en los casos que dicha ley lo contempla, utilización de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, y otros casos en terrenos privados, que no vienen al caso, pero lo dicho aptos para la circulación,, es decir que por medio de la playa o campo a través en un parque natural no es de aplicación la LSV, y serían de aplicación otras, con lo cual no sirve el argumento.
En sus denuncias por el daño medioambiental que producen los campamentos compuestos en su opinión por autocaravanas se olvidan que muchas de sus instalaciones invadien los límites del demanio maritimo-terrestre o los Espacios Naturales Protegidos.
Las instalaciones de la administración que invaden las zonas de dominio, cuentan con la correspondiente autorización (que emana de ellos mismos, pero bueno, autorizada), el autor del texto debería de saber que todos podemos pedir autorización para ello y se nos concederá o no, estamos en nuestro derecho, si no lo pedimos, no nos quejemos.
Bueno, aquí lo expuesto no lo veas Enrique como algo personal hacia tí (si eres el autor del texto), simplemente que nos queremos agarrar a un clavo ardiendo, y no, la verdad es que está legislado, la utilización de las costas y los montes, no puede ser a la ligera, ya no por los campistas sino por todos los demás.
Otra cosa es el estacionamiento de las autocaravanas en población, y lo que sabemos de ayuntamientos que " a la ligera", restringen el derecho a la libre circulación, sin más pretexto que, por ser un vehículo vivienda, totalmente deleznable la actitud caciquil del que lo regula de esa manera.
Un saludo
Me pregunto si los propietarios de caravanas podemos acogernos a los mismos argumentos que se esgrimen para la defensa de las autocaravanas.
Pernoctar en mi caravana convenientemente enganchada a mi coche y perfectamente aparcado el conjunto en un lugar autorizado para el aparcamiento de vehículos ¿sería legal?.
Creo que a nosotros no se nos tiene demasiado en cuenta cuando se habla de este delicado asunto,se da por hecho de que nosotros si tenemos la necesidad u obligación de utilizar los campings,cuando no es así,yo de hecho,si no me obligaran,entraría más bien poco en ellos,muchos de ellos tienen precios abusivos para lo que ofrecen,hay que tener en cuenta que ellos aportan poco,el equípo lo ponemos nosotros,sillas,mesas,caravana,avance,etc.
Faltaria mas, tienes toda la razon son vehiculos los dos al igual que un camión rigido y un traile
Pero que muy interesante, todo por un puñado de votos.
En tiempo dará la razón
enrique8978
05/08/2009, 16:28
"DEMANIO MARÍTIMO-TERRESTRE. ADSCRIPCIÓN. El Estado como titular del dominio público marítimo-terrestre es competente y está facultado para fijar un canon sobre las ocupaciones que las Comunidades Autónomas permitan, mediante las concesiones pertinentes, sobre las porciones demaniales adscritas. Nada impide que por un principio de economía procedimental, se pueda utilizar el informe de adscripción para recordar esa obligación del concesionario y fijar dicho canon. La STC 185/1995 carece de incidencia sobre la materia en cuestión, al estar regulada por el art. 84 de la de Ley 22/1988, precepto que se desarrolla por la OM de 30 de octubre de 1992 que también se toma en consideración para la fijación del canon. Nos hallamos ante un supuesto de ocupación de bienes de dominio público marítimo-terrestre. La base imponible será el valor del bien ocupado, que se determinará atendiendo a la valoración del bien por equiparación al valor asignado a efectos fiscales a los terrenos contiguos a su zona de servidumbre, incrementada con los rendimientos que sea previsible obtener en la utilización de dicho dominio público. No se han desvirtuado por eldemandante, los cálculos efectuados por la Administración para fijar el citado canon. Sedesestima el recurso contencioso-administrativo."
enrique8978
05/08/2009, 18:08
Para informacion de todos el autor del texto es Sorbeltz
enrique8978
05/08/2009, 18:13
gracias enrique por el documento, no sé si es tuyo o por lo que entiendo es una copia, pero a mi corto entender el documento es muy bonito y todos nos identificamos pero tiene "graves" interpretaciones que, tratándose de un trabajo, creo que no llegarían a ningún sitio. Me explico:
El documento utiliza en todo momento el término "pernoctar" cuando el vehículo está estacionado, y lo quiere desvincular del hecho de acampar, cosa que como todos sabemos es una modalidad de acampada (mal empezamos, debería utilizar térrminos como dormir o descansar, pero no pernoctar).
Está claro que estacionar en la vía pública es correcto (siempre que esté autorizado), pero estacionar en zonas de dominio público (demanio), pues va a ser que no, sino remitamonos a la ley de costas, está claro que aunque nos pese no podemos utilizar las zonas de servidumbre a nuestro antojo, y lo que se propone es una falacia, estacionar en la zona de dominio publico puede ser en una calle en una plaza, bien correcto, pero en una playa o en un parque natural es inconcebible, ya que hay otras leyes que regulan dicho uso, para que pueda ser público, ya que si no, ¿quién impide estacionar a todos los coches de los bañistas de una playa, aparcar en la misma orilla?. Este punto creo que queda claro.
Al vehículo se le aplica la ley de seguridad vial, sólo en los casos que dicha ley lo contempla, utilización de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, y otros casos en terrenos privados, que no vienen al caso, pero lo dicho aptos para la circulación,, es decir que por medio de la playa o campo a través en un parque natural no es de aplicación la lsv, y serían de aplicación otras, con lo cual no sirve el argumento.
Las instalaciones de la administración que invaden las zonas de dominio, cuentan con la correspondiente autorización (que emana de ellos mismos, pero bueno, autorizada), el autor del texto debería de saber que todos podemos pedir autorización para ello y se nos concederá o no, estamos en nuestro derecho, si no lo pedimos, no nos quejemos.
Bueno, aquí lo expuesto no lo veas enrique como algo personal hacia tí (si eres el autor del texto), simplemente que nos queremos agarrar a un clavo ardiendo, y no, la verdad es que está legislado, la utilización de las costas y los montes, no puede ser a la ligera, ya no por los campistas sino por todos los demás.
Otra cosa es el estacionamiento de las autocaravanas en población, y lo que sabemos de ayuntamientos que " a la ligera", restringen el derecho a la libre circulación, sin más pretexto que, por ser un vehículo vivienda, totalmente deleznable la actitud caciquil del que lo regula de esa manera.
Un saludo
totalmente de acuerdo.
pues legalmente los usuarios de caravanas pueden pernoctar estando perfectamente estacionados siempre y cuando, no bajen las patas estabilizadoras, no desenganchen del vehiculo tractor y no saquen ni desplieguen elementos, como sillas, mesas, toldos, etc
pues legalmente los usuarios de caravanas pueden pernoctar estando perfectamente estacionados siempre y cuando, no bajen las patas estabilizadoras, no desenganchen del vehiculo tractor y no saquen ni desplieguen elementos, como sillas, mesas, toldos, etc
Hola, ¿en qué ley, artículo, ordenanza, pone eso? ¿de qué Comunidad?
Porque el SEPRONA no opina lo mismo....
Ni los Municipales....
Saludos.
Hola, ¿en qué ley, artículo, ordenanza, pone eso? ¿de qué Comunidad?
Porque el SEPRONA no opina lo mismo....
Ni los Municipales....
Saludos.
Pues a ver, yo todo esto lo se porque tambien entro en el foro de ac pasion y alli con el tema legal estan mas que puestos, porque habitualmente les tocan bastante las narices, os invito a que hecheis un vistazo.
En cuanto al seprona, ellos se ocupan de lo de la ley de costas y si en un determinado tramo no se puede, no se puede y ademas no puede nadie.
En cuanto a los municipales, ellos se deben a las normas del Ayuntamiento que en ningun caso prevalecen sobre una ley de rango nacional (cosa que se les olvida demasiado a menudo a los legisladores municipales) si ellos (que hacen lo que les mandan) te ponen una multa por estar estacionado (estacionado, no acmapado) en un lugar donde se puede aparcar vehiculos, no pueden prohibir que sean ac o cv, a no ser en un momento puntual (fiestas, mercadilla, eventos deportivos...), pideles el numero de placa y recurre, esta ganado siempre, porque algunos ayuntamientos se extralimitan en sus competencias.
Besukis.
Se me olvidaba decir que el tema de acampado o aparcado, es una ley de rango nacional pero, la verdad ahora no la recuerdo y eso que me la baje del foro de ac pasion por si alguna vez era menester enseñarsela al personal.
Abrazukis.
Yo por ejemplo con el carrito tendria que desplegar y estaria acampado, asi que yo al camping si, o si, pero si que puedo aparcarlo, y las cv puedes estar dentro sin desenganchar, ni sacar na, ni patas estabilizadoras.
Pues a ver, yo todo esto lo se porque tambien entro en el foro de ac pasion y alli con el tema legal estan mas que puestos, porque habitualmente les tocan bastante las narices, os invito a que hecheis un vistazo.
En cuanto al seprona, ellos se ocupan de lo de la ley de costas y si en un determinado tramo no se puede, no se puede y ademas no puede nadie.
En cuanto a los municipales, ellos se deben a las normas del Ayuntamiento que en ningun caso prevalecen sobre una ley de rango nacional (cosa que se les olvida demasiado a menudo a los legisladores municipales) si ellos (que hacen lo que les mandan) te ponen una multa por estar estacionado (estacionado, no acmapado) en un lugar donde se puede aparcar vehiculos, no pueden prohibir que sean ac o cv, a no ser en un momento puntual (fiestas, mercadilla, eventos deportivos...), pideles el numero de placa y recurre, esta ganado siempre, porque algunos ayuntamientos se extralimitan en sus competencias.
Besukis.
Hola, pues si entras en Acpasión mira las últimas intervenciones de Arsenio, parece ser que se está poniendo de moda sancionar a todas las autocaravanas que estén ocupadas pues aplican la Ley de Turismo y permiten estacionar pero en el momento que hay alguien dentro denuncian por la Ley de Turismo y puede ser el Seprona o los Municipales pues éstos hacen una "propuesta de sanción" que transmiten al organismo pertinente que es el que denuncia.
Saludos y cuidadito con las "recetas".
A ver si consigo poner el enlace:
Para atras como los cangrejos. - AC Pasión | Portal Independiente Autocaravanista (http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=43189)
Saludos.
Hola, no me deja editar la página, no se que pasa, bueno quería editar porque no he puesto que el enlace no es el de Arsenio, pero trata de lo mismo, el que citaba no lo encuentro o ha sido borrado, si alguien lo tiene sería bueno que lo pusiera, evitaría muchas multas a compañeros de afición.
Saludos.
Pues estamos apañaos, lo buscare y me podre al dia sobre este nuevo invento de aplicar la ley de turismo por encima de la de trafico :banghead:, al final no vamos a saber en que ley fijarnos y si queda alguna en la que ampararnos,:cry: en fin, que pais, sera que estamos en crisis...
Abrazukis
Aquí aparece la intervención de Arsenio:
interpretacion ley de costas - AC Pasión | Portal Independiente Autocaravanista (http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=46107&highlight=arsenio)
Esto se está extendiendo como la pólvora.
Espantada me he quedado, alucino, me enfermo, me cabreo, osea que aplican dos normas y por una te jod... y por otra solo te medio jod...
Me parece vergonzoso, buena crisis si señor, ala que cierren todas las empresas de ac, porque para comprarte una y tener que acabar siempre en un camping, para que sirve?, es mas barata la cv, y los de las cv, pues solamente en la carretera y los campings porque como te pillen aparcado... y no se te ocurra entrar a por una chaqueta...¡Dios! estoy tan cabreada que no acierto a decir lo que quiero congruentemente.
¿como se me ha podido pasar este post de Arsenio? mjira que me lo leo todo.
En fin que, si por una ley no te pueden multar ya aplicaran la otra que para eso hay mas.
Bueno que vosotros no teneis la culpa ais que os mando los merecidos besukis de siempre y esta vez con abrazukis para poder apoyarme y llorar tranquilamente.
Miguelpas
07/08/2009, 14:27
Desde luego que es triste,al final terminaremos todos fijos en algún camping o tendremos que deshacernos de nuestros conjuntos y comprarnos uno de esos bungalows de los que se están llenando los campings,por que entre tantas normas absudas,el dichoso E,las ITV´s saca-cuartos y los robos manifiestos en las tarifas de los camping´s a mi se me está pasando ya la afición.
Esto es España y país libre lleno de normas que coartan nuestra libertad en muchísimos sentidos,en fín,no sigo que ya me estoy cabreando y hoy es viernes y hay que irse al camping de buen humor.
Pregunta tonta:
¿Denunciar en el parlamento europeo....podria ser?
-
Que pesimistas os veo a los caravaneros, porque en vuestros avatares, menos en en alguno solo veo caravanas, no se si habláis por experiencia propia, la mía es que llevo 60.000 Km. con la Ac. en tres años, pisando muy poco en camping y todavía estoy por tener el primer problema, ya toco madera por si acaso, incluso durmiendo en parques naturales, entiendo que en sitios de playa haya más problemas, y más de una vez por desgracia propiciados por comportamientos de compañeros insolidarios...
Pero bueno, en más de una población me han parado los locales para indicarme que no había problema para parar a pernoctar donde quisiera pero que el mejor lugar para dormir en aquel pueblo era tal o cual sitio, no veas el buen cuerpo que se te queda, también hay que contar las cosas buenas, en un pueblo de Andalucía me quedé sin butano y un coche de la policia local me acompañó por tres o cuatro sitios hasta que encontramos, incluso les supo malo que un gasolinero no me quisiera cambiar una Cepsa por una de Repsol, yo alucinaba oye... así podría seguir contando cosas positivas, pero nos llaman más la atención las negativas.
Claro que hay sitios en los que hay problemas, pero son más los sitios donde no los hay, así que no es tan dificil evitarlos, en último caso tenemos Francia a tres horas de máquina y eso es el paraiso para nuestra afición, yo desde luego con lo que la estoy disfrutando no pienso dejarla ni aunque esto se pusiera muchísimo peor, que no creo...
Un saludo compañeros.
-
Que pesimistas os veo a los caravaneros, porque en vuestros avatares, menos en en alguno solo veo caravanas, no se si habláis por experiencia propia, la mía es que llevo 60.000 Km. con la Ac. en tres años, pisando muy poco en camping y todavía estoy por tener el primer problema, ya toco madera por si acaso, incluso durmiendo en parques naturales, entiendo que en sitios de playa haya más problemas, y más de una vez por desgracia propiciados por comportamientos de compañeros insolidarios...
Pero bueno, en más de una población me han parado los locales para indicarme que no había problema para parar a pernoctar donde quisiera pero que el mejor lugar para dormir en aquel pueblo era tal o cual sitio, no veas el buen cuerpo que se te queda, también hay que contar las cosas buenas, en un pueblo de Andalucía me quedé sin butano y un coche de la policia local me acompañó por tres o cuatro sitios hasta que encontramos, incluso les supo malo que un gasolinero no me quisiera cambiar una Cepsa por una de Repsol, yo alucinaba oye... así podría seguir contando cosas positivas, pero nos llaman más la atención las negativas.
Claro que hay sitios en los que hay problemas, pero son más los sitios donde no los hay, así que no es tan dificil evitarlos, en último caso tenemos Francia a tres horas de máquina y eso es el paraiso para nuestra afición, yo desde luego con lo que la estoy disfrutando no pienso dejarla ni aunque esto se pusiera muchísimo peor, que no creo...
Un saludo compañeros.
Hola, pues espero que te vaya así de bien mucho tiempo.
Por lo que dices yo sí soy caravanero, pero me temo que interpretas mal, esto es un aviso para evitar "recetas" que no sean de cocina, supongo que multan tanto a ac como a caravanas, yo no hago distinción entre unas y otras (la mía es autosuficiente igual que una auto).
Y cuidado con los parques naturales, las multas son cuantiosas, conozco a uno que le pusieron 1.500 euros solo por aparcar un rato su coche (ni caravana ni autocaravana) en la cuneta de un camino forestal (ni siquiera afectaba al paso por el camino), si llega a estar acampado no sé cuanto sería la multa pero seguro que mucho mayor.
Saludos y cuidado.
Buenos días,
Hace tiempo que no participaba en en este foro y me he encontrado con este hilo tan interesante. "Pernoctar es legal", es un proyecto que se inició hace tiempo y que tiene por objeto expresar de forma gráfica la contradicción o ilegalidad que presenta el que a un hecho: pernoctar o permanecer o habitar una autocaravana correctamente estacionada en un lugar autorizado se le aplique ***simultáneamente*** dos ámbitos legislativos diferentes: al vehículo la Ley de Tráfico, lo que constituye un hecho lícito y legal sin que la permanencia de los pasajeros en el interior sea relavante, mientras a los pasajeros que pasan la noche (pernoctar, permanecen o habitan) se le aplican ***a la vez*** cualquiera de las leyes que prohiben la acampada libre.
Pernoctar en Autocaravana no es ilegal | Sorbeltz (http://www.sorbeltz.com/2009/08/01/pernoctar-en-autocaravana-no-es-ilegal/)
En el trabajo que presenta la "presentación", se hace algún comentario sobre las causas y se exponen algunas teorías sobre el concepto de la regulación de la acampada como defensa de los bienes públicos (protección medioambiental) y no como defensa de una actividad empresarial (camping).
Hace tiempo que pedí ayuda en el foro de ACpasion para ejecutar el trabajo. Amablemente se ofreció Andoni (ALG), que desde un punto de vista técnico ha hecho un trabajo impecable y el resultado, bueno o malo queda a disposición de quien desee "bajárselo" y explotarlo como apoyo gráfico de unso argumentos que avalan el derecho a pernoctar, permanecer o habitar en el interior de una autocaravana estacionada en un lugar autorizado de la vía pública de acuerdo con las leyes de tráfico.
En este hilo se han suscitado algunas opiniones que me interesan y que contestaré, si ho nay inconveniente.
Una de las primeras es el concepto de espacio en las leyes de Costas o de Protección de espacios naturales.
En estos casos siempre está el código de circulación. La Ley de Seguridad Vial, deja claro que ésta obliga a los usuarios de los vehículos aptos para circular y a los propietarios de las vías públicas.
Estas Leyes delimitan unos territorios complejos y extensos en los cuales axisten zonas urbanizadas y lugares donde está permitido estacionar y existen también viales. Lo que prohiben es ***acampar***, la Ley de Costas prohibe circular y estacionar vehículos únicamente en las playas. Sin embargo el dominio público maríitimo terrestre (demanio marítimo terrestre), regula zonas de protección y de influencia donde está permitido estacionar vehículos y a los que, como vehículos en la vía pública, en lo referente al estacionamiento se les debe aplicar la ley de Seguridad Vial, independientemente de que los pasajeros permanezcan en el interior.
Este es una apreciación de los usuarios a la luz de la Ley de Tráfico que, desafortunamente, los usuarios tenemos que pelearnos para que la administración la tenga en cuenta y la cumpla.
¿Denunciar en el parlamento europeo....podria ser?
Cualquier persona puede denunciar cualquier cosa al Omboudsman, el Defensor del Pueblo o a las formaciones de los grupos políticos emn el Parlamento Europeo.
Sin embargo, en las propias reglas del DP se establece que las quejas solo pueden plantearse ante esa Instritución cuando se considere que se vulneran las normas de la propia UE y después de plantear la queja ante las autoridades domésticas.
Hay una interpelación del (creo) año 2004 al Parlamento Europeo sobre una regulación del uso de autocaravanas desde la Comisión a la que se le contestó que la regulación del uso de autocaravanas era una cuestión doméstica.
No tenemos ni siquiera en España argumentos legales que avalen que el Estado Español discrimina a los autocaravanistas, desafortunadamente, por lo tanto la posibilidad de que una queja al DP europeo o al Parlamento prospere es mínima.
En cualquier caso hacerlo no debería ser tampoco necesariamente negativo, lo que puede ser negativo es crear expextativas cuyas posibilidades de que se cumplan sean mínimas y socaven otras formas más viables de utilización de las vías parlamentarias españolas.
Muy pero que muy interesante.
La pena de todo esto, es que detras de todo esto solo haya fines economicos pues por una u otra legislación la sanción se la lleva el de siempre.
Muchas gracias por la información.
Hola, pues espero que te vaya así de bien mucho tiempo.
Por lo que dices yo sí soy caravanero, pero me temo que interpretas mal, esto es un aviso para evitar "recetas" que no sean de cocina, supongo que multan tanto a ac como a caravanas, yo no hago distinción entre unas y otras (la mía es autosuficiente igual que una auto).
Y cuidado con los parques naturales, las multas son cuantiosas, conozco a uno que le pusieron 1.500 euros solo por aparcar un rato su coche (ni caravana ni autocaravana) en la cuneta de un camino forestal (ni siquiera afectaba al paso por el camino), si llega a estar acampado no sé cuanto sería la multa pero seguro que mucho mayor.
Saludos y cuidado.
Por si acaso hubiera alguna duda o no me hubiera explicado bien (cosa fácil en un foro), lo de 'caravanero' no está dicho en plan peyorativo, yo he sido caravanero por más de 15 años, así que de momento me considero con más experiencia en la caravana que con la ac.
Cuidado si que llevo, más que cuidado, sentido común, y por supuesto estoy, o procuro estar al tanto de las leyes y normas que nos afectan, es muy habitual dentro de nuestro grupo hacer viajes tanto cortos como largos, como muy largos, compartiendo el camino caravanas y autocaravanas, así que es facil comprender que distinciones nosotros ni hacemos ni nos hacen falta.
Es posible que esto sea como todo, hay quien ve la misma botella medio llena y hay quien la ve medio vacía. Los últimos comentarios antes del mío me parecieron (y me siguen pareciendo) bastante pesimistas, una cosa es que haya algún problema y otra cosa es pensar en dejar por ello nuestra afición.
Me he leído atentamente el texto y me he bajado la presentación que está montada de forma clara y amena, me ha parecido un buen trabajo, mi enhorabuena a sus autores Andoni Lizarralde y Arsenio Gutierrez.
Un saludo a todos.
Miguelpas
10/08/2009, 23:36
Cierto es,yo soy uno de esos pesimistas,quizás por eso he dejado de viajar con mi caravana como hice los últimos 15 años,ya llevo dos años haciendo lo que juré que nunca haría,se fijo en un camping,yo mis caravanas siempre las compré por aquello de la autonomía y la libertad de movimiento,nunca he sido de practicar la acampada libre,pero sí que he pernoctado ocasionalmente en distintos sitios,unas veces por cansancio en la conducción y otras por llegar a deshoras a los camping.
Pero ya me da miedo hasta que me entre sueño y parar a echar una cabezadita en la cv,no sea que venga algún agente del orden,que en lugar de estar persiguiendo delincuentes o velando por nuestra seguridad,venga de madrugada y me empapele por estar en algún lugar protegido o algo por el estilo.
Sí que estoy bastante desilusionado con lo que está ocurriendo con nuestra afición,pensé que con el tiempo,cuando mi mujer y yo fueramos un poco más mayores y no pudiesemos mover bien nuestra cv,acabaría comprando una Ac,pero viendo como se está poniendo el asunto,creo que será mejor que la deje fija donde está,o me plantee mirar un mobil-home.
Hola.
Gracias a Arsenio por sus intervenciones, casi todos leemos varios foros y Arsenio es un referente en este mundillo cuyas intervenciones no podemos dejar de leer, por ello he puesto los enlaces y con el fin de evitar multas a todos los compañeros de afición.
TITO: efectivamente he interpretado mal tus letras, en todos los foros de autocaravanas aparecen de vez en cuando hilos que promueven una "rivalidad" enter caravanas y autocaravanas, sin ir mas lejos con las áreas de parada. Creo que realmente esa rivalidad (absurda de todo punto) corresponde a un mínimo número de personas, así como que se avanzaría más en la "lucha" con la administración uniendonos todos en lugar de disgregarnos (ya sabéis aquello de divide y vencerás).
Saludos.
camperandaluz
01/09/2009, 13:00
En post siguiente pongo copia de texto de Paco Costas / en hora buena por su trabajo !!!/
COPIALO Y USALO !!!!
ES TU DERECHO !!!
Saludos
camperandaluz
01/09/2009, 13:01
Para evitar mas dudas ,
aqui teneis copia de texto de Paco Costas con todo importante y normativas de ley sobre esta tema; esta escrito MUY CLARO y yo llevo SIEMPRE UNA COPIA / por si a caso..../ :D
http://www.veoblogs.com/images/avatars/uploads/avatar_3.jpg La opinión de Paco Costas (http://www.pacocostas.com/)
Esto es lo que dice la DGT sobre el estacionamiento de las autocaravanas
Por Paco Costas (http://www.pacocostas.com/biografia/)
( extracto )
El constante crecimiento que ha experimentado en los últimos años el movimiento del autocaravanismo en España y la falta de una regulación específica de algunos aspectos relacionados con esta actividad, motivaron la aprobación por el Pleno del Senado de una Moción instando al Gobierno a tomar las medidas necesarias para aprobar el desarrollo de esta práctica y regular el uso de las autocaravanas.
Con este motivo, la Dirección General de Tráfico ha entendido necesario recopilar e interpretar en un único documento todos aquellos aspectos normativos que, relacionados con el autocaravanismo, se recojen en la legislación sobre tráfico y circulación de vehículos de motor.
Definición de una autocaravana:
“Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda, y conteniendo, al menos el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que pueden ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda. Los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente”
PARADA Y ESTACIONAMIENTO
Bajo el título “Parada y Estacionamiento”, el Reglamento General de Circulación regula en su capítulo VIII (artículos del 90 al 94), las normas aplicables a estas maniobras relativas a los lugares que deben efectuarse , modo y forma de ejecución, colocación del vehículo, ordenanzas municipales y lugares prohibidos, que deberán ser observadas por todos los vehículos con carácter general.
VIAS URBANAS
El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas, limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo, o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor.
EN NINGÚN CASO PODRÁN LAS ORDENANZAS MUNICIPALES OPONERSE, ALTERAR, DESVIRTUAR, O INDUCIR A CONFUSIÓN CON LOS PRECEPTOS DE ESTE REGLAMENTO.
…por ello. A juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de “determinados usuarios” debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser la dimensiones exteriores de un vehículo o su masa autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización no por razones subjetivas como pueden ser posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido de basuras o de aguas usadas a la vía pública, monopolización de un espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades disponen de herramientas legales eficaces que deben se utilizadas de forma no discriminatoria contar todos los infractores sea usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.
LAS AUTOCARAVANAS PUEDEN, POR TANTO, EFECTUAR LAS MANIOBRA DE PARADA Y ESTACIONAMIENTO EN LAS MISMAS CONDICIONES Y CON LAS MISMAS LIMITACIONES QUE CUALQUIER OTRO VEHÍCULO.
ESTAS MANIOBRAS, ”DEBERÁN EFECTUARSE DE TAL MANERA QUE, EL VEHÍCULO NO OBSTACULICE LA CIRCULACIÓNNI CONSTITUYA UN RIESGO PARA EL RESTO DE LOS USUARIOS DE LA VÍA, CUIDANDO ESPECIALMENTE LA COLOCACIÓN DEL VEHÍCULO Y EVITAR QUE PUEDA PONERSE EN MOVIMIENTO EN AUSENCIA DEL CONDUCTOR.
No establece el Reglamento General de Circulación otras condiciones que deban cumplirse al efectuar la parada y estacionamiento de un vehículo, por lo que, esta Dirección General de Tráfico considera que……
MIENTRAS UN VEHICULO CUALQUIERA ESTÁ CORRECTAMENTE ESTACIONADO, SIN SOBREPASAR LAS MARCAS VIALES DE DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE ESTACIONAMIENTO, NI LA LIMITACIÓN TEMPORAL DEL MISMO, SI LA HUBIERE, NO ES RELEVANTE EL HECHO DE QUE SUS OCUPANTES SE ENCUENTREN EN EL INTERIOR DEL MISMO “Y LA AUTOCARAVANA NO ES UNA EXCEPCIÓN”, BASTANDO CON QUE LA ACTIVIDAD QUE PUEDA DESARROLLARSE EN SU INTERIOR NO TRASCIENDA AL EXTERIOR MEDIANTE EL DESPLIEGUE DE ELEMENTOS QUE DESBORDEN EL PERÍMETRO DE VEHÍCULO TALES COMO TENDERETES, TOLDOS, DISPOSITIVOS DE NIVELACIÓN, SOPORTES DE ESTABILIZACIÓN, ETC.
¡YA ERA HORA!
PACO COSTAS
Copia este escrito, y si algún agente se arroga el derecho de saltarse la norma, haz valer tu derecho y muéstraselo. Si te denuncia y recurres la denuncia, siempre la ganaras…pero recuerda, todo con la más exquisita educación. Somos autocaravanistas, no somos quinquis.
Gracias por el escrito de Paco costa.
Yo en el puente de agosto,estado en Cantabria,y las zonas donde estado no e tenido ningun problema.
En Comillas,en el aparcamiento Portuario, estuve estacionada y no aparcada como me especifico el agente de la guadia civil,mientras esta vamos paseando o cenando en los restaurantes.Luego nos fuimos a un aparcamiento publico como nos indico los municipales y ningun problema para dormir,eramos muchos autocaravanistas que esta vamos en esa zona.
YOLANDAAG
01/09/2009, 13:40
Pues el articulo me parece interesante pero las autoridades municipales de Riaño no deben pensar lo mismo porque hace quince dias que pasamos por alli y no nos dejaron NI SIQUIERA APARCAR LA AUTOCARAVANA para recorrer el pueblo. Se limitaban a decir que las normas legales es que toda ac tenia que APARCAR en el camping que habia a 300 metros y que segun nos aclaro el dueño de un taller el propietario del camping era familiar del alcalde. ¿que os parece?
Miguelpas
01/09/2009, 13:51
Pues que esto es España,lamentablemente esto ocurre con demasiada frecuencia,hay dos opciones;
O agachas la orejas y te vas (que es lo habitual)
O intentas hacer valer tus derechos,lo que implica pérdida de tiempo de tus vacaciones y disgustos yendo a denunciar el hecho o recurriendo la muy probable sanción cuando llegues a casa,lo que implica más pérdidas de tiempo,permisos en el trabajo,etc,además sin la seguridad de que ganes el recurso.
abueletes
01/09/2009, 14:25
Me encanta leer un hilo como este,que independientemente de su contenido,se emiten opiniones que los demas respetan,y emiten las suyas ,sin minusvalorar o despreciar las del que emite otro
Aparte me habeis culturizado con terminos que desconocia Gracias por tener tanto respeto unos hacia las opiniones de los otros
Me enhcantaria estar tan preparada como los que escribis
camperandaluz
03/09/2009, 10:20
Y porque NOSOTROS como un grupo MUY GRANDE unidos en diferentes foros de AUTOCARAVANISTAS no ACTUAMOS CONTRA DICHOS : "ALCALDES", "CAMPINGS","AYUTAMIENTOS" Y / O "PUEBLOS COSTEROS" ????????
Por ejemplo:
*redactar una LISTA NEGRA de todos que actuan CONTRA nosotros
*avisar y reenviar a todos nuestros contactos e mail con actuaciones tomadas contra nosotros con NOMBRES DE LUGAR Y PERSONA
*enviarle miles de e-mails con nuestras quejas a dichos "alcaldes""campings"... y en esta forma bloquear sus cuentas de correo electronico
*AVISAR VIA TODOS LOS MEDIOS SOBRE DICHAS ACTUACIONES / e mails a periodicos ,radio, TV , oficinas de turismo de comunidad, trafico......
Ya lo sabemos !!!! SI ESTAS "FIGURAS" SALEN AL LUZ DEL DIA Y SI TODA ESPAÑA Y/O EUROPA /via foros europeos de AC / LE CONOCE POR NOMBRE / pueblo ,camping o persona/ y cuando bajan visitas turisticas en su regio , primeros que le van "pedir la cuenta" son comercios de zona que van a notar perdidas !!!
****LISTA NEGRA !!!! y coordinar accion con todos y EMPEZAR YA !!
"Cuando soñamos solos ,es sólo un sueño ,
pero cuando soñamos todos juntos , sueño se convierte en realidad"
Raquel Da silva
12/07/2011, 02:16
Antes que nada,, agradecer por toda esta información que me ha quitado tantísimas dudas que tenia sobre este tema... Muchisimas gracias.. Por otro lado, queria comentar que tengo una california y no sé si la westfalia se considera cómo extra de mi autocaravana (como un toldo) o se entiende que es parte del chasis del vehiculo por lo que lo puedo tener subido con toda normalidad. Yo entiendo que el hecho de tenerlo subido no está implicando que mi vehiculo ocupe espacio adicional en el estacionamiento, más allá de lo que pueda ocupar con el maletero abierto y dado que la westfalia no es sólo para dormir sino también tener más comodidad a la hora de disfrutar de mis instalaciones, y moverme dentro de ella con tranquilidad sin el miedo de que termine con una hernia, no sé en qué medida me pueden poner una receta por tenerla abierta... Soy una surfera adicta, y mi marido es otro surfero adicto,, mi hija de dos años y medio va por el mismo camino y somos canarios con lo cual,, estamos rodeados de costa y estamos siempre por la costa (no hay nada mejor que un baño matutino). Hay muchos pueblos en los que podemos estacionar sin problemas y hasta ahora dormiamos con la westfalia cerrada para no tener problemas,, pero es que la verdad que nos asamos de calor y se hace bastante insufrible. Nos encanta viajar a otras islas a surfear tales como fuerteventura y lanzarote y tenemos conocimientos de muchas de las playas que se consideran como espacios protegidos y no permiten el estacionamiento de autocaravanas y caravanas. Pero como dije antes,, tengo la duda de la westfalia,, en qué mediada puedo tenerla abierta... Si alguien me puede ayudar en este tema quedaría ya totalmente agradecida porque la información que he conseguido en este foro ya es oro... Muchisimas gracias
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