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Ver la versión completa : Impuesto Municipal



Maiku
05/08/2009, 23:35
Buenas noches,

Leo en un post de Madelman que las caravanas no pagan impuesto municipal !!!!!!

Yo anteriormente e tenido dos caravanas de menos de 750kg en papeles y no me pasaban el numerito.

Pero en 2007 compre una Sun Roller Portofino 495 de PMA 1200Kg y me empezaron a pasar el impuesto, no es mucho pero si no hay que pagarlo mejor.

Alguien me lo puede aclarar, no pagan las de menos de 750kg o no paga ningun tipo de caravana???

Gracias a todos y felices vacaciones.

Hasta luego.

Seni
05/08/2009, 23:54
No lo se muy bien pero creo que pagan el impuesto municipal los remolque de carga util superiores a 750 kilos, de todas formas te subo el hilo y algun forero te informara

MONTXO
06/08/2009, 01:15
Si no tengo mal entendido,
Los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kilogramos estan exentos de pago.
Eso quiere decir que practicamente la totalidad de las caravanas estan exentas de dicho pago.
A mi personalmente me llega el numerito anualmente con importe 0,00€.

ulisesdeitaca
06/08/2009, 01:28
en extremadura,caceres concretamente no paga impuesto de rodaje ninguna caravana,sea del tamaño que sea
saludos

Mac-Lula
06/08/2009, 01:33
En Asturias no se paga, sea del peso que sea.



UN SALUDO

trotacaminos
06/08/2009, 01:35
Y ademas estas en tu derecho de que te devuelvan el dinero cobrado.

Vete a tu ayuntamiento al departamento de gestión de tributos, y les dices que se lean el reglamento que regula el IVTM, Impuesto de Vehiculos de Tracción Mecanica.

Esto es así salvo en Euskadi y Navarra, que tienen trasferidas las competencias en esta materia.

En tu caso te ha pillado el toro

Ruteros
06/08/2009, 09:41
En Madrid tampoco se paga

teti
06/08/2009, 09:44
en barcelona tampoco o yo como minimo no y tengo la caravelair 400 que su peso es de 850 mas o menos

merce
06/08/2009, 10:09
Efectivamente, no se paga el impuesto.

joxe
06/08/2009, 11:12
Pues en Navarra, debido a la última modificación de la Ley de Hacienda, sí se paga. Infórmate bien porque igual en la CAV también se paga. Un saludo

cortinass
06/08/2009, 13:21
si no pasa los 750 KILOS DE CARGA UTIL no paga impuesto.asi que ninguna caravana lo tiene que pagar

trotacaminos
07/08/2009, 01:50
Repito en navarra y País Vasco, tienen transferidas las competencias en IVTM, y sus dirigentes han decidido que las caravanas de mas de 750kg de MMA, allí si pagan.

Mireim
07/08/2009, 08:00
En Barcelona no paga ninguna caravana.

masi
07/08/2009, 09:48
SSSSSSSSSSSSTTTT.....

No griteís tanto, aquí de momento no se paga, pronto lo haremos hasta para respirar.....

joxe
07/08/2009, 09:49
Mírate esto Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (http://www.donostia.org/ordenanzas.nsf/c1255ef500486a15c1255ef500433898/2b3d8bf079a68d18412567a900427bfd?OpenDocument) que es la normativa del Ayto. de Donosti, en su artículo 4 dice que:

No están sujetos a este impuesto:


2. Los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kilogramos.

Por lo que las CV no tienen que pagar el impuesto ya que su carga útil no es superior a los 750 kgs. mencionados, cosa que en Navarra no pasa ya que la ley señala que están obligados a pagar dicho impuesto los remolques cuya carga útil sea inferior a 1000 kgs.

Perdón. Después de ver esto he encontrado esto otro:

Anexo a "Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica" (http://www.donostia.org/ordenanzas.nsf/0/9E6AACDCED46F0A6412567A900428026?OpenDocument)

que es posterior y tambíen marca la cantidad a pagar en Caravanas, remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica de menos de 1000 kgs. de carga útil, por lo que creo que te toca pagar.


Un saludo.

Maiku
09/08/2009, 01:23
Buenas,

Gracias a todos por vuestras respuestas.

Por cierto no eramos Europeos????

No nos ponemos de acuerdo ni en nuestro País como para ser Europeos esta la cosa.

Me da mucha rabia estas diferencias de Impuestos entre provincias. Con el impuesto municipal del coche me pasa lo mismo, lo compre usado en Madrid y el dueño anterior pagaba 100€ a mi la broma en San Sebastián me sale por 238€. Es una pasada esta diferencia!!!!

Bueno ya me he desahogado un poco.ç

Que paseis buenas vacaciones y ya pensaremos en los impuestos a la vuelta.

Saludos.

inzais
09/08/2009, 02:11
Buenas,

Gracias a todos por vuestras respuestas.

Por cierto no eramos Europeos????

No nos ponemos de acuerdo ni en nuestro País como para ser Europeos esta la cosa.

Me da mucha rabia estas diferencias de Impuestos entre provincias. Con el impuesto municipal del coche me pasa lo mismo, lo compre usado en Madrid y el dueño anterior pagaba 100€ a mi la broma en San Sebastián me sale por 238€. Es una pasada esta diferencia!!!!

Bueno ya me he desahogado un poco.ç

Que paseis buenas vacaciones y ya pensaremos en los impuestos a la vuelta.

Saludos.

Hola Maiku, yo vivo a 8 km de donde tú vives y me compré el año pasado una cv de segunda mano que tiene su propia matrícula, es decir es de mas de 750 kg., y este año a la hora de que nos pasaran las viñetas de los coches tambien nos pasaron la de la caravana, es cierto que no era mucho, creo recordar que 37 euros, pero yo fuí a preguntar al ayto, y resulta que se habían equivocado, porque no hay que pagarlo, me devolvieron el dinero y la pusieron en sus archivos como exenta de pago para años venideros.
Te estoy hablando de hace 2 ó 3 meses aprox.
Yo que tú iria al excel. ayto. de donosti y preguntaria, que lo único que vas a perder va a ser un poco de tiempo, y a lo mejor es como aquí, que no se paga.
Un saludo.

Kasu
09/08/2009, 12:46
Repito en navarra y País Vasco, tienen transferidas las competencias en IVTM, y sus dirigentes han decidido que las caravanas de mas de 750kg de MMA, allí si pagan.

Es cierto que en Euskadi si tenemos hacienda propia y todo eso, pero yo tengo una CV de mas de 750 kg y no pago impuesto municipal.
Es cierto que en una primera tirada, la tesorera municipal me paso la recetita, pero se lo reclame y ella misma me dijo que tenia razon y me devolvio el dinero.
Y esto no es una prerrogativa municipal, porque en el reglamento de hacienda aparece expresamente la exencion.
Desconozco si hay algun matiz diferente en los diferentes territorios, pero en Bizkaia es asi y estoy "casi" seguro de que en el resto tambien.
Saludos.

trotacaminos
09/08/2009, 13:16
Es cierto que en Euskadi si tenemos hacienda propia y todo eso, pero yo tengo una CV de mas de 750 kg y no pago impuesto municipal.
Es cierto que en una primera tirada, la tesorera municipal me paso la recetita, pero se lo reclame y ella misma me dijo que tenia razon y me devolvio el dinero.
Y esto no es una prerrogativa municipal, porque en el reglamento de hacienda aparece expresamente la exencion.
Desconozco si hay algun matiz diferente en los diferentes territorios, pero en Bizkaia es asi y estoy "casi" seguro de que en el resto tambien.
Saludos.

Pues me alegro por ti, yo me he remitido a los testimonios de otros vascos que después de andar todos los pasos, y comprobar el reglamento de IVTM de Euskadi, han dicho que no había escapatoria.

Suizas deberíais de como se dice por aquí, levantar la liebre, te puedes hacer a la idea que siempre he defendido la igualdad entre territorios en todos los conceptos, por eso he tenido presente el aspecto del reglamento del ITVM de Euskadi, porque me ha parecido, indignante, que desde determinados sectores se este siempre demandando, mas poder y autodeterminacion y luego se use este, para machacar mas a impuestos al ciudadano.

Kasu
09/08/2009, 14:29
Pues me alegro por ti, yo me he remitido a los testimonios de otros vascos que después de andar todos los pasos, y comprobar el reglamento de IVTM de Euskadi, han dicho que no había escapatoria.

Pues bien.
En este momento no tengo el texto del Boletin Oficial de Bizkaia en el que consta la exencion, pero lo buscaré. Si no lo encuentro se lo pediré a la interventora de mi ayuntamiento.
Pero una cosa si te puedo asegurar sin ningun tipo de duda: las CARAVANAS en Bizkaia NO PAGAN impuesto municipal.
Las AUTO-CARAVANAS SI, por que son vehiculos de traccion mecanica.
En cuanto a estas, si depende de la ordenanza municipal. Si se especifica que son vehiculos-vivienda se tiene que especificar el importe del impuesto. En otros ayuntamientos, donde no se especifica este tipo de vehiculos, se aplican los de furgonetas, camionetas o lo ke sea. Pero pagan siempre.
Yo he hablado en todo momento de caravanas. No he mencionado a las autocaravanas, porque el hilo hablaba de caravanas.
Saludos.

inzais
09/08/2009, 14:38
Es cierto que en Euskadi si tenemos hacienda propia y todo eso, pero yo tengo una CV de mas de 750 kg y no pago impuesto municipal.
Es cierto que en una primera tirada, la tesorera municipal me paso la recetita, pero se lo reclame y ella misma me dijo que tenia razon y me devolvio el dinero.
Y esto no es una prerrogativa municipal, porque en el reglamento de hacienda aparece expresamente la exencion.
Desconozco si hay algun matiz diferente en los diferentes territorios, pero en Bizkaia es asi y estoy "casi" seguro de que en el resto tambien.
Saludos.
Hola a todos,
Yo coincido con Kasu en que la primera vez me han cargado el impuesto y cuando he ido al ayuntamiento a preguntar, solo a preguntar, pues no sabía como estaba el tema en mi municipio, han rectificado, me han devuelto el dinero y me han puesto como exento para los próximos años.
Yo os estoy hablando concretamente de Guipuzcoa.
Un saludo.

trotacaminos
09/08/2009, 15:23
Pues bien.
En este momento no tengo el texto del Boletin Oficial de Bizkaia en el que consta la exencion, pero lo buscaré. Si no lo encuentro se lo pediré a la interventora de mi ayuntamiento.
Pero una cosa si te puedo asegurar sin ningun tipo de duda: las CARAVANAS en Bizkaia NO PAGAN impuesto municipal.
Las AUTO-CARAVANAS SI, por que son vehiculos de traccion mecanica.
En cuanto a estas, si depende de la ordenanza municipal. Si se especifica que son vehiculos-vivienda se tiene que especificar el importe del impuesto. En otros ayuntamientos, donde no se especifica este tipo de vehiculos, se aplican los de furgonetas, camionetas o lo ke sea. Pero pagan siempre.
Yo he hablado en todo momento de caravanas. No he mencionado a las autocaravanas, porque el hilo hablaba de caravanas.
Saludos.


Pues mi recomendación es que abráis un hilo diciendo que en Euskadi, las caravanas no pagan el ITVM, argumentandolo, porque hay muchos vascos que estan convencidos que si.

Mi felicitacion por el hecho.

Saludos.

Kasu
09/08/2009, 16:30
Pues mi recomendación es que abráis un hilo diciendo que en Euskadi, las caravanas no pagan el ITVM, argumentandolo, porque hay muchos vascos que estan convencidos que si.Mi felicitacion por el hecho.
Saludos.

Pues vamos a ello...manos a la obra.
Si puedo hoy y, si no, mañana, pongo el articulo del Boletin Oficial de Bizkaia correspondiente.
Me atrevo a asegurar de que en los cuatro territorios es igual que en el resto del Estado.
Saludos.

carpin
09/08/2009, 21:22
en Euskadi y Navarra con el cambio de la ley si pueden cobrarnos el impuesto de circulacion y de hecho algunos ayuntamientos lo están pasando al cobro

dorsay
09/08/2009, 21:37
En Castellon no se paga, e incluso en cambio de titular , Trafico exige un certificado que expide el Ayuntamiento a la cual pertenece la caravana, como que no esta sujeto al impuesto de vehiculos de traccion mecanica.

Kasu
09/08/2009, 23:42
en Euskadi y Navarra con el cambio de la ley si pueden cobrarnos el impuesto de circulacion y de hecho algunos ayuntamientos lo están pasando al cobro

Con el cambio de que ley?
En los tiempos que corren, con el desplome de las recaudaciones de impuestos, si esa norma que dices existe, el año que vienen pagamos todos.
Hoy no he encontrado el Boletin correspondiente, pero mañana le pido informacion a la interventora de mi ayunta...aunque, pensandolo mejor, ya no se si me atrevo.

Kasu
10/08/2009, 15:43
Lo prometido es deuda...
Lo ke en Bizkaia sigue vigente a dia de hoy (si alguien tiene otra informacion contradictoria o complementaria, k lo diga con datos, porfa) es la Norma Foral 7/1989 de 30 de Junio, del Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica (BOB 19 Julio), actualizado a fecha 06/04/2005.
En el Capitulo I "Naturaleza del hecho imponible", Art. 1-3 b especifica que "no estan sujetos a este impuesto...los remolques y semirremolques arrastrados por vehiculos de traccion mecanica cuya CARGA UTIL no sea superior a 750 kilogramos ".
En base a este articulo, en mi Ayuntamiento las CV no pagamos. Supongo que en el resto de territorios de Euskadi la formula sera igual o muy parecida, pero eso no me atrevo a asegurarlo 100%.
Por lo que veo, el tema esta en la definicion de "carga util".
Todos vamos pasaditos de peso, pero 750 kg mas que lo que pesa la CV no creo que lleve mucha gente. Yo desde luego no y, me imagino, que el peso maximo autorizado menos la tara de la CV en pocos o ningun caso llegara a 750 kg . Que conste que estoy pensando en alto, pero no creo andar demasiado desencaminado.
Quedo a expensas de correcciones de alguien que sepa mas o tenga informacion mas actualizada.
Un saludo.

karmen
19/09/2009, 13:42
Creo que lo que hay que hacer al comprar la CV, es ir al ayuntamiento correspondiente y rellenar un papelito solicitando la EXENCIÓN del IVTM, listo.

por eso si no pides la exención te lo pasan y al reclamar te lo devuelven.

por cierto el lunes voy yo a solicitar dicha exención.

un saludo

Mac-Lula
19/09/2009, 22:25
Dependera del ayuntamiento, porque yo la compre (es de mas de 750 con matrícula roja), no fuí a ninguna parte y nadie me pidió nada, hablo en Gijon Asturias.


UN SALUDO

karmen
20/09/2009, 18:17
Según la DGT, y esto es para todas las provincias.

Para poder matricular un vehículo, es necesario presentar entre otros papeles, el "Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

Vamos , que si no tienes pagado o exento el IVTM no puedes matricular el vehiculo en cuestión.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/matriculacion/matrordi.pdf

Saludetes..

camperito
20/09/2009, 21:46
Hay un real decreto, que tengo en algun sitio deberia buscarlo si teneis interes, mediante el cual se exime del pago a los remolques de carga util por debajo de 750kg... por eso no pagan

camperito
20/09/2009, 21:53
A ver si sale


Pues no ha subido

En cualquier caso es art. 92 del real decreto legislativo 2/2004 de 5 de abril,por el que se aprueba el texto refundido de la ley de haciendas locales

E46
20/09/2009, 22:02
En el concesionario donde compre la cv lo pregunte y me comentaron que no tenia que pagar el impuesto de circulacion.

My sorpresa fue que desde el ayuntamiento me llego la dichosa carta para pagar dicho impuesto, llame por telefono a la oficina de recaptacion del ayuntamiento y reconocieron el error y desde entonces ya no me ha llegado mas.

Saludos desde Manresa,

E46

enpei
21/09/2009, 00:56
en navarra por lo menos se paga porque yo revolvi roma con santiago y al final por las leyes forales se paga igual en el pais vasco tambien pero no lo se aqui seguro llame inutil y corto al secretario porque todos deciais que no se pagaba y luego a claudicar

seeiko
21/09/2009, 01:12
en navarra por lo menos se paga porque yo revolvi roma con santiago y al final por las leyes forales se paga igual en el pais vasco tambien pero no lo se aqui seguro llame inutil y corto al secretario porque todos deciais que no se pagaba y luego a claudicar

NO SE PAGA......te la han metido bien, al igual que el impuesto del ayuntamiento de fustiñana, que me han dicho que te han pasado el impuesto de movilidad relativa a la caravana (toda caravana aparcada en el termino municipal de Fustiñana, al tenerlas paradas mas de una semana seguida, deben de pagar dicho umpuesto). TAMPOCO LA PAGES aunque te lo diga otra vez el secretario

saludos

Manu Elviria
21/09/2009, 01:13
Ninguna CV que yo sepa supera los 750 kg de carga UTIL.

Por ejemplo mi CV, tiene una MMA de 1210 kg y una tara de 910kg por lo que su CARGA UTIL es de 300 kg.

La Ley es para toda España y que yo sepa, por ahora Euskadi y Navarra forman todavia parte de España.

Claro está que algunos funcionarios no saben lo que es CARGA UTIL y otros restar.


,

Mac-Lula
21/09/2009, 01:18
Según la DGT, y esto es para todas las provincias.

Para poder matricular un vehículo, es necesario presentar entre otros papeles, el "Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

Vamos , que si no tienes pagado o exento el IVTM no puedes matricular el vehiculo en cuestión.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/matriculacion/matrordi.pdf

Saludetes..

Como digo yo la matricule en trafico y nadie me pidió ningun Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

UN SALUDO

karmen
21/09/2009, 16:10
¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

Ninguno Mac_Lula. Creo yo que el problema está en algunos funcionarios municipales.

che
21/09/2009, 22:31
En Vitoria (Pais Vasco) NO SE PAGA hoy hemos echo la transferencia de una caravana.
Buscaros la Ley no recuerdo el articulo pero esta en la red. Y es un REAL DECRETO.

fermin24
21/09/2009, 23:14
Ninguna CV que yo sepa supera los 750 kg de carga UTIL.

Por ejemplo mi CV, tiene una MMA de 1210 kg y una tara de 910kg por lo que su CARGA UTIL es de 300 kg.

La Ley es para toda España y que yo sepa, por ahora Euskadi y Navarra forman todavia parte de España.

Claro está que algunos funcionarios no saben lo que es CARGA UTIL y otros restar.


,


Respecto al pago del impuesto de circulación de caravanas en Navarra, se rige por la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.publicada en el BON 159 de 31/12/2008.

Expongo el parrafo:

Artículo 9. Tributos Locales.−Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica.
Con efectos desde el día 1 de enero de 2009, el número 1 del artículo
162 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales
de Navarra, quedará redactado del siguiente modo:
"1. El Impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
Cuotas:
a) Turismos:

−De menos de 8 caballos fiscales: 17,63 euros.

−De 8 hasta 12 caballos fiscales: 49,61 euros.

−De más de 12 hasta 16 caballos fiscales: 105,83 euros.

−De más de 16 caballos fiscales: 132,32 euros.
b) Autobuses:

−De menos de 21 plazas: 123,45 euros.

−De 21 a 50 plazas: 176,39 euros.

−De más de 50 plazas: 220,49 euros.
c) Camiones:

−De menos de 1.000 kg de carga útil: 61,79 euros.

−De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 123,45 euros.

−De más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil: 176,39 euros.

−De más de 9.999 kg de carga útil: 220,49 euros.
d) Tractores:

−De menos de 16 caballos fiscales: 30,92 euros.

−De 16 a 25 caballos fiscales: 61,79 euros.

−De más de 25 caballos fiscales: 123,45 euros.
e) Remolques y semirremolques:

−De menos de 1.000 kg de carga útil: 30,92 euros.

−De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 61,79 euros.

−De más de 2.999 kg de carga útil: 123,45 euros.
f) Otros vehículos:

−Ciclomotores: 4,45 euros.

−Motocicletas hasta 125 cc.: 6,68 euros.

−Motocicletas de más de 125 cc. hasta 250 cc.: 11,06 euros.

−Motocicletas de más de 250 cc. hasta 500 cc.: 21,80 euros.

−Motocicletas de más de 500 cc. hasta 1.000 cc.: 43,62 euros.
−Motocicletas de más de 1.000 cc.: 87,25 euros".

Un Saludo.

mitoyotaseagarrota
21/09/2009, 23:52
Los ayuntamientos, de unos años a esta parte, no saben ni ellos mismos los límites de sus competencias. Si bien han sido engordadas desmesuradamente en los últimos años, algunos se toman más "libertades" de las que debieran.

Además....a ellos les sale gratis.

No hace mucho me pasaron por el banco el recibo de un coche, y despues de personarme dos veces alli,perdiendo dos mañanas,etc...me pretendian cobrar un impreso para presentarlo en Caja España y luego volver a que me devolvieran el dinero. Vamos, un abuso, prevaricación...o lo que se le quiera llamar, pero entre unos que lo den por perdido, otros que paguen el papelito, etc....se sacan una pasta de eso, y a multiplicar por el resto de impuestos...

Aunolose
22/09/2009, 17:46
Según la DGT, y esto es para todas las provincias.

Para poder matricular un vehículo, es necesario presentar entre otros papeles, el "Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

Vamos , que si no tienes pagado o exento el IVTM no puedes matricular el vehiculo en cuestión.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/matriculacion/matrordi.pdf

Saludetes..


Como digo yo la matricule en trafico y nadie me pidió ningun Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

UN SALUDO


¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

Ninguno Mac_Lula. Creo yo que el problema está en algunos funcionarios municipales.

Otro que matriculó la cv él mismo y nadie le pidió nada, en Valencia.

pimar
22/09/2009, 19:52
Ami me la matricularon en Vitoria y me dieron el papel de exención del ayuntamiento. Entiendo que para matricularla lo pedirían (aunque visto lo visto tal vez sea mucho suponer)

Mac-Lula
22/09/2009, 23:51
Ami me la matricularon en Vitoria y me dieron el papel de exención del ayuntamiento. Entiendo que para matricularla lo pedirían (aunque visto lo visto tal vez sea mucho suponer)

Entiendo que te la matricularon los mismos que te la vendieron y ellos pidieron ese papel.
Si no no se entiende que a AUNOLOSE y a mi no nos lo pidieran al matricularla nosotros y a alguno mas.
Yo entiendo que los ayuntamientos funcionen cada uno "a su bola", PERO la DGT es estatal y lo que no es logico es que en unos lugares pidan ese papel y en otros no.
Va a ser que AUNOLOSE, MAC-LULA, o sea yo y otros mas estemos viviendo en un mundo paralelo tipo MATRIX.
jOER ya no se que pensar.

UN SALUDO

Aunolose
23/09/2009, 16:54
Yo creo que es por el funcionario que toque (en nuestro caso funcionaria) si lo pensamos desde su lado tendrán orden de "pedir siempre el papel de hacienda", por lo que vi al vender el coche, realmente este papel solo se mira y se comprueba, no sirve para nada más (aunque ahora pienso que dan varias copias :scratch: ), por lo tanto si ella sabía que los remolques de .... (y las cv) no pagan, directamente no lo pidió.

anmica
23/09/2009, 17:11
A mi en un pueblo de Guadalajara también me cobraron el impuesto 2 o 3 años, me enteré por éste foro que estaba exenta, reclamé y me develvieron todo el dinero que había pagado incorrectamente.
Un compañero de éste foro me mandó una copia del recurso, todavía lo tengo guardado, si lo necesitas me mandas un privado y te lo envio.