Ver la versión completa : Pregunta Portabicis detrás de la Caravana. Que tal?
carlosagr
29/04/2012, 12:45
Hola a todos,
todavia tengo en "tareas pendientes" el tema del Portabicis .
He visto muchas fotos en el foro de conjuntos que lo levan en la lanza. Algunas solo de conjuntos que lo llevan en la parte de detrás de la CV.
Particularmente me "tira" mas ponerlas detrás de la CV por aquello de no perder maniobrabilidad y acceso al portón, pero supongo que descompensara un poco el peso y lo mismo a la hora de viajar es peor.
Podéis por favor dar vuestras impresiones sobre el tema aquellos que tenéis uno u otro sistema?
Gracias de antemano a todos.
Saludos
Carlos
Lo siento , no te puedo ayudar,
solo opinar.
Como bien dices,,,todo lo que sea peso atras, Mal Asunto.
Cuanto mas, peor, peor peor. un par de bicis normalitas ya son 25 o 30kg,,,mas el tenderete, aunque sea de aluminio y pese poco.
Yo lo he llevado bastantes años en la parte de atras y sin problemas, con su correspondiente señal y cómodo.
carlosagr
29/04/2012, 15:03
Yo lo he llevado bastantes años en la parte de atras y sin problemas, con su correspondiente señal y cómodo.
Hola, gracias por contestar.
Respecto al reparto de peso, al llevar esos 30kg aprox, como dice H420 (gracias también por su respuesta), en la parte trasera, cargabas algo mas la delantera? Como mas o menos lo hacías?
Gracias
Carlos
Depende todo del reparto de pesos, hay algunas caravanas que al poner el soporte atrás no te deja abrir la ventana trasera, otras tienen la lanza mas corta y también te dificulta la maniobralidad de giro y la apertura del portón delantero, todo depende de cada caso, yo por ejemplo llevo el mover por delante del eje y la batería tambien en el arcón delantero, por eso muchas veces tengo que cargar cosas atrás, y así compenso el peso, si algún día lo pusiera buscaría la forma de adaptarlo atrás.
saludos
joselitohuevofrito
29/04/2012, 17:35
Por lo que yo he podido leer, además del problema de pesos en la caravana. Parece ser que las paredes de una caravana no están reforzadas como lo están la de las auto enla pared trasera para colocar un portabicicletas, por lo cual no se aconseja colocar en este lugar.
un saludo.
pepepampa
29/04/2012, 18:02
Pues yo las llevo en el techo del coche, como en la vuelta ciclista a Suiza, y sin problemas sin peso atras y sin peso alante, para mi el sitio idoneo.
carlosagr
29/04/2012, 18:27
Por lo que yo he podido leer, además del problema de pesos en la caravana. Parece ser que las paredes de una caravana no están reforzadas como lo están la de las auto enla pared trasera para colocar un portabicicletas, por lo cual no se aconseja colocar en este lugar.
un saludo.
No había tenido en cuenta lo de la pared trasera. Gracias.
A ver si alguien sabe si la Burtsner Belcanto 550 TK esta preparada para llevar ese peso detrás. El manual esta en la CV y no tengo acceso a ella, por si pusiera algo.
Saludos
Carlos
carlosagr
29/04/2012, 18:28
Pues yo las llevo en el techo del coche, como en la vuelta ciclista a Suiza, y sin problemas sin peso atras y sin peso alante, para mi el sitio idoneo.
Muy buena idea, que tendré muy en cuenta.
Saludos y gracias
Carlos
ca da uno las ponemos en un sitio y pensamos que es el mejor , yo las pongo en el techo y me va fenomenal he cambiado de coche pero no de sitio
a mi no me gusta, en este video te explican porque
Reparto de pesos en una caravana (http://video.google.es/videoplay?docid=-7052576265443132840&hl=es)
LOVE CAMPING
29/04/2012, 20:30
Pregunta del millón!!!
Podríamos hacer un debate de 1000......... horas
El caso es que hay un sinfín de teorías, pero una de las mías es:
- La carga no debe sobresalir de la proyección en planta del vehículo, salvo que sea INDIVISIBLE, y las bicis se pueden desmontar.
- A pesar de ello si colocas el portabici debes saber:
a) El portabici al ir anclado al vehículo modifica las dimensiones, por lo que debe pasar por ITV.
b) Al llevar las bicis (si se consideran carga indivisible) debes llevar 2 señales V-20 (placas roja y blanca).
c) Si circulas por la noche debes poner luces el la parte mas saliente.
Por todo ello no considero procedente el llevar el portabici en la parte trasera.
P.D. Es mi humilde opinión.
Yo también en el techo y de momento fenomenal y puedo llevarlas cuando voy con y sin caravana y no tengo que comprar nada adicional.
Un saludo
Emilio
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carlosagr
30/04/2012, 01:10
Gracias a todos por vuestras opiniones.
Va tomando cuerpo ponerlas en el techo del coche, que como dice eff, sirve para ir con y sin CV.
Saludos
Carlos
JAAVPROTEO
30/04/2012, 10:38
No quisiera liar mas la cosa pero "LOVE CAMPING", la incorporacion de un portabici NO es una reforma y por tanto no pasa ITV, no puedo copiar esta instruccion de la DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA de fecha 10 de Enero 2011, en la que dice que a criterio de "esta Autoridad de homiologacion no deben considerarse reformas en los vehiculos" y en apartado siguiente
EN AUTOCARAVANAS Y VEHICULOS VIVIENDA LA INCORPORACION DE:
- Toldos.
- Antenas de radio o TV.
- Aire Acondicionado en el interior del vehiculo
- Generador de corriente.
- Portavicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehiculo.
Creo recordar que ya se puso en el foro todo esto asi como el manual de inspecciones ITV, que es de obligado cumplimiento para todo el pais, aunque existan competencias de las Comunidades Autonomas.
carlosagr
30/04/2012, 10:57
No quisiera liar mas la cosa pero "LOVE CAMPING", la incorporacion de un portabici NO es una reforma y por tanto no pasa ITV, no puedo copiar esta instruccion de la DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA de fecha 10 de Enero 2011, en la que dice que a criterio de "esta Autoridad de homiologacion no deben considerarse reformas en los vehiculos" y en apartado siguiente
EN AUTOCARAVANAS Y VEHICULOS VIVIENDA LA INCORPORACION DE:
- Toldos.
- Antenas de radio o TV.
- Aire Acondicionado en el interior del vehiculo
- Generador de corriente.
- Portavicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehiculo.
Creo recordar que ya se puso en el foro todo esto asi como el manual de inspecciones ITV, que es de obligado cumplimiento para todo el pais, aunque existan competencias de las Comunidades Autonomas.
Gracias por la información.
Saludos
Carlos
En su dia, mi mire peso, ni lechugas... la puse ... bueno.. me la pusieron y no problem... Llevaba 2 bicis. Los 30 kg. la verdad es que no se notaban... o por lo menos yo no lo notaba.
Yo sobre este tema me he fijado muchísimo en los extranjeros y en su mayoría las traen atras, con esto no quiero decir ni que sea mejor ni peor, es simplemente lo que he visto.
a mi no me gusta, en este video te explican porque
Reparto de pesos en una caravana (http://video.google.es/videoplay?docid=-7052576265443132840&hl=es)
Sobre el video, a mi entender todo es sobre compensación de pesos, no por el largo añadido, sino siempre seria recomendable la caravana cuanto mas pequeña de longitud mejor, es mi humilde opinión.
saludos
TOMAS TCP
30/04/2012, 16:26
Yo no llevo bicicletas,pero llevo 2 botellas de RON en el cajon atras debajo del asiento y
cuando estoy en el camping,se descompensa el peso en los cubatas,jeje,
Se puede poner las bicis donde kieras,yo las pondria encima la cama acostadas,saludos
LOVE CAMPING
30/04/2012, 17:34
No quisiera liar mas la cosa pero "LOVE CAMPING", la incorporacion de un portabici NO es una reforma y por tanto no pasa ITV, no puedo copiar esta instruccion de la DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA de fecha 10 de Enero 2011, en la que dice que a criterio de "esta Autoridad de homiologacion no deben considerarse reformas en los vehiculos" y en apartado siguiente
EN AUTOCARAVANAS Y VEHICULOS VIVIENDA LA INCORPORACION DE:
- Toldos.
- Antenas de radio o TV.
- Aire Acondicionado en el interior del vehiculo
- Generador de corriente.
- Portavicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehiculo.
Creo recordar que ya se puso en el foro todo esto asi como el manual de inspecciones ITV, que es de obligado cumplimiento para todo el pais, aunque existan competencias de las Comunidades Autonomas.
Yo tampoco quiero liaros mas, pero sí te digo que se debe diferenciar entre INCORPORAR e INSTALAR, es decir, la DGT ha aceptado que se puede incorporar portabicis sin ITV, pero la única condición es que se pueda INCORPORAR sin que para su montaje se requiera herramientas o se pueda hacer con las que suministra el fabricante del vehículo (Literal DGT), es decir, en el momento en el que taladras la caravana para colocar el portabicis ya haces una reforma (aumentas dimensiones, debes llevar V-20, luces,...) lo que se llama INSTALAR.
Ya solo por poner las 2 placas y las luces de noche, yo desaconsejo dicha colocación.
P.D. Si a alguien le interesa tengo la Instrucción de la DGT.
rocinante
30/04/2012, 18:27
Lo mejor es preguntar en las ITV, como yo hice en su dia, y para nada tienes que pasar ITV por llevar un portabicis trasero.
Yo llevo uno puesto desde hace unos 9 años, si llevo las bicis, pues alli van y si no las llevo me coloco mis sillas tapadas con una funda y a circular, el problema de las descompensaciones de pesos vienen cuando los conjuntos estan muy ajustados entre CV y coche(como cada dia se ven por esas carreteras y campings del pais), pero da igual que le llames portabicis, avance, sillas o lo que sea que le metas de peso a la CV... sino lelvas un vehiculo de peso, vas vendido...
¿en el techo no tiene riesgo ??? yo he visto volar mas de una bici...
¿en el culo del coche?? le metes mas carga trasera al vehiculo...
thornberry
30/04/2012, 19:23
Yo tampoco quiero liaros mas, pero sí te digo que se debe diferenciar entre INCORPORAR e INSTALAR, es decir, la DGT ha aceptado que se puede incorporar portabicis sin ITV, pero la única condición es que se pueda INCORPORAR sin que para su montaje se requiera herramientas o se pueda hacer con las que suministra el fabricante del vehículo (Literal DGT), es decir, en el momento en el que taladras la caravana para colocar el portabicis ya haces una reforma (aumentas dimensiones, debes llevar V-20, luces,...) lo que se llama INSTALAR.
Ya solo por poner las 2 placas y las luces de noche, yo desaconsejo dicha colocación.
P.D. Si a alguien le interesa tengo la Instrucción de la DGT.
Pues... Entonces ya nos quedamos mas tranquilos.
Y, digo yo. Que cuesta usar el buscador del foro, que hay unos 200 hilos con este tema y ya no volvemos a liar mas este tema??? O volvemos a poner el tema del B.96 también?
67237
Otra vez la misma foto, para que veáis que la pared de la CV "SI" aguanta el peso de las dos bicis... De sobras.
LOVE CAMPING
30/04/2012, 22:57
thornberry te pido disculpas si MI opinión te ha molestado, no trato de convencer a nadie, simplemente como bien he dicho, es MI opinión, no creo que por ello deba salir a relucir el cinismo.
Por otro lado, no veo el problema de que la gente alimente el foro con hilos similares, al fin y al cabo es eso, un foro, y cada uno es libre de entrar/contestar/participar/acceder/... al que crea oportuno. (Por cierto los del B96 casi todos aportan algo)
Lo dicho, simplemente participo en este foro porque nunca dejo de aprender algo sobre este mundo del Camping y lo que lo rodea, jamás pretendo generar polémica.
P.D. Y sin acritud, sigo pensando (YO) que si circulas con tu caravana tal y como consta en esta foto:
67237
Vas incumpliendo la normativa :futbol:
Un saludo
thornberry
30/04/2012, 23:17
thornberry te pido disculpas si MI opinión te ha molestado, no trato de convencer a nadie, simplemente como bien he dicho, es MI opinión, no creo que por ello deba salir a relucir el cinismo.
Por otro lado, no veo el problema de que la gente alimente el foro con hilos similares, al fin y al cabo es eso, un foro, y cada uno es libre de entrar/contestar/participar/acceder/... al que crea oportuno. (Por cierto los del B96 casi todos aportan algo)
Lo dicho, simplemente participo en este foro porque nunca dejo de aprender algo sobre este mundo del Camping y lo que lo rodea, jamás pretendo generar polémica.
P.D. Y sin acritud, sigo pensando (YO) que si circulas con tu caravana tal y como consta en esta foto:
67237
Vas incumpliendo la normativa :futbol:
Un saludo
Hay que ver.. YO pienso, yo pienso... Lee por favor la Instrucción 05/S-80 V-61, y luego me cuentas que piensas.
Y déjate de tarjetas rojas...
thornberry
30/04/2012, 23:21
thornberry te pido disculpas si MI opinión te ha molestado, no trato de convencer a nadie, simplemente como bien he dicho, es MI opinión, no creo que por ello deba salir a relucir el cinismo.
Por otro lado, no veo el problema de que la gente alimente el foro con hilos similares, al fin y al cabo es eso, un foro, y cada uno es libre de entrar/contestar/participar/acceder/... al que crea oportuno. (Por cierto los del B96 casi todos aportan algo)
Lo dicho, simplemente participo en este foro porque nunca dejo de aprender algo sobre este mundo del Camping y lo que lo rodea, jamás pretendo generar polémica.
P.D. Y sin acritud, sigo pensando (YO) que si circulas con tu caravana tal y como consta en esta foto:
67237
Vas incumpliendo la normativa :futbol:
Un saludo
...Y, sino, mejor enséñame donde pone que yo soy "culpable"... Y quito el portabicis.
Hola,
Yo veo más factible en mi caso la de techo porque en 2-3 años tendré que llevar 4 bicicletas.
En la lanza o en la parte de atrás me parece excesivo peso, además de que en la lanza no creo que se pueda y es muy caro.
Un saludo
Emilio
Enviado desde mi Nexus S usando Tapatalk
thornberry te pido disculpas si MI opinión te ha molestado, no trato de convencer a nadie, simplemente como bien he dicho, es MI opinión, no creo que por ello deba salir a relucir el cinismo.
Por otro lado, no veo el problema de que la gente alimente el foro con hilos similares, al fin y al cabo es eso, un foro, y cada uno es libre de entrar/contestar/participar/acceder/... al que crea oportuno. (Por cierto los del B96 casi todos aportan algo)
Lo dicho, simplemente participo en este foro porque nunca dejo de aprender algo sobre este mundo del Camping y lo que lo rodea, jamás pretendo generar polémica.
P.D. Y sin acritud, sigo pensando (YO) que si circulas con tu caravana tal y como consta en esta foto:
67237
Vas incumpliendo la normativa :futbol:
Un saludo
No tapa ni placas de matricula ni luces traseras, en tal caso la placa roja y blanca, pero últimamente nadie la lleva, ¿por algo será?
thornberry
30/04/2012, 23:29
Hola,
Yo veo más factible en mi caso la de techo porque en 2-3 años tendré que llevar 4 bicicletas.
En la lanza o en la parte de atrás me parece excesivo peso, además de que en la lanza no creo que se pueda y es muy caro.
Un saludo
Emilio
Enviado desde mi Nexus S usando Tapatalk
Emilio, mira siempre las posibilidades que tiene tu CV de poder contrarrestar ese peso que le vas a poner detrás.
Es importante, ya que si no puedes trasladarle peso delante, te va a quedar descompensada e ingobernable y no es factible poner detrás las bicis. Mejor otra solución.
Saludos.
LOVE CAMPING
30/04/2012, 23:51
Me refiero a que no llevas señal V-20, no a que no puedas llevar portabicis, y me baso en lo que leo, no lo que pienso:
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Artículo 15. Dimensiones de la carga.
1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.
2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.
3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 % de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 %.
4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.
5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t5.html#a173) y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2822-1998.t4.html#anexo11). Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de v invertida.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
De todas formas no pienso seguir alimentando malestar, porque veo que no te sienta nada bien y te lo has tomado como algo personal (te molesta hasta un emoticono, lo siento nuevamente)
Lo dicho, un saludo y si quieres seguir discutiendo que sea en un Camping y tomándonos una cervecita ;-)
No enfadaros, así se puede enterar uno de las cosas, pero no hay porque enfadarse.
Saludos
thornberry
01/05/2012, 00:06
Me refiero a que no llevas señal V-20, no a que no puedas llevar portabicis, y me baso en lo que leo, no lo que pienso:
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Artículo 15. Dimensiones de la carga.
1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.
2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.
3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 % de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 %.
4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.
5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t5.html#a173) y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2822-1998.t4.html#anexo11). Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de v invertida.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
De todas formas no pienso seguir alimentando malestar, porque veo que no te sienta nada bien y te lo has tomado como algo personal (te molesta hasta un emoticono, lo siento nuevamente)
Lo dicho, un saludo y si quieres seguir discutiendo que sea en un Camping y tomándonos una cervecita ;-)
Hombre, no llevo señal V-20 porque no voy circulando... En el parking casi que prefiero quitarla, por si acaso a alguno le falta y le gusta mas la mía que la que venden el de la tienda...
Te voy a poner la Instrucción a la que me he referido antes. Así la lee todo el mundo... Todo... el que quiera. Y queda clara.
ASUNTO: Instalación de portabicicletas y otros elementos desmontables.
Instrucción 05/S-80 V-61
De acuerdo con los informes emitidos por las Autoridades competentes en materia de industria, los
elementos desmontables destinados al acondicionamiento y protección de la carga no requieren previa
homologación, y su instalación en los vehículos no constituye reforma de importancia de las previstas en el
Real Decreto 736/1988, de 8 de julio. Sin embargo, para mejor cumplimiento de las normas legales y
reglamentarías relativas a la disposición y dimensiones de la carga, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
1.- El artículo 14.1 d) del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Circulación establece que la carga transportada en un vehículo, así como los
accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera
necesario, sujetos de tal forma que no puedan ocultar los dispositivos de alumbrado o de
señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus
conductores. En el caso de accesorios o portabicicletas traseros, el cumplimiento del citado precepto
reglamentario podría también lograrse llevando instalados en su parte exterior todos los dispositivos
de alumbrado o señalización luminosa, así como la placa de matrícula que la carga oculta.
2.- Tampoco existe inconveniente en que dichos accesorios se apoyen en el dispositivo de remolque,
siempre que se respete la masa máxima que éste puede soportar, de acuerdo con lo que haya establecido
su fabricante. Deberá garantizarse en todo caso, como se establece en la letra a) del citado artículo 14.1,
que tanto el portabicicletas como su carga estén dispuestos y sujetos de forma que no puedan "arrastrar,
caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa".
3.- De acuerdo con el artículo 15.3 del citado Reglamento General de Circulación en los vehículos no
destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir, si fuera indivisible, y el
portabicicletas lo es, por la parte posterior hasta un 15 por ciento de la proyección en planta del
vehículo. Sin embargo, no está previsto que pueda sobresalir lateralmente, salvo lo establecido en el
apartado 4 del citado artículo para los vehículos con anchura inferior a un metro.
4.- Cuando el portabicicletas no permita al conductor ver por el retrovisor interior la circulación por detrás del
vehículo, y éste sea de la categoría M 1 (turismo), deberá llevar un segundo retrovisor exterior en el lado
derecho (artículo 11.2 y Anexo III del Reglamento General de Vehículos).
5.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del citado artículo 15 del Reglamento General de
Circulación, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos deberá ser señalizada por medio de
la señal V-20, a que se refiere el artículo 173 de dicho reglamento, señal cuyas características se
establecen en el anexo XI del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Vehículos.
La presente Instrucción deroga las anteriores 99/S-4, V-26 y 02/S-59, V-50. Lo que se hace público para
general conocimiento.
Madrid, de julio de 2005
Como verás, poner un portabicis de los que se venden en este país, es plenamente "legal"... Eso si, sobre INCORPORAR o INSTALAR... No dice nada...
Emilio, mira siempre las posibilidades que tiene tu CV de poder contrarrestar ese peso que le vas a poner detrás.
Es importante, ya que si no puedes trasladarle peso delante, te va a quedar descompensada e ingobernable y no es factible poner detrás las bicis. Mejor otra solución.
Saludos.
Buenas,
Por eso digo, en mi caso no veo factible 4 bicicletas llevadas en la caravana y sobre todo pensando que alguna vez las necesito llevar sin caravana.
Por eso opte por llevarlas en el techo, me vale con y sin caravana, es más económico, compenso pesos... El problema es subir las 4 bicicletas al techo.
Un saludo
Emilio
Enviado desde mi Nexus S usando Tapatalk
owockadoy
01/05/2012, 02:43
Me meto dónde nadie me llama, pero...
ASUNTO: Instalación de portabicicletas y otros elementos desmontables.
Instrucción 05/S-80 V-61
De acuerdo con los informes emitidos por las Autoridades competentes en materia de industria, los
elementos desmontables destinados al acondicionamiento y protección de la carga no requieren previa
homologación, y su instalación en los vehículos no constituye reforma de importancia de las previstas en el
Real Decreto 736/1988, de 8 de julio. ........
Yo interpreto (es posible que erróneamente) que la instrucción se refiere a los portabicicletas de quita y pon de uso habitual en los turismos. De hecho, el punto 2 se refiere específicamente a los portabicicletas que van en el enganche, muy típico de un turismo. Por la fotografía que muestras de tu caravana, el portabicliceltas no parece desmontable, sino más bien que va instalado de forma permanente y, por tanto, la instrucción no le afecta.
Y por "permanente" y "no desmonable" no me refiero a que no se pueda desmontar, sino a que va siempre puesto. Similar a lo que pasa con el enganche "fijo" y el "desmontable", que el "fijo" es desmontable también, sólo que con más trabajo y por eso se deja siempre puesto (y figura en la Tarjeta Técnica).
amigo yo lo llevo detras para 3 bicis y va fenomenal
amigo yo lo llevo detras para 3 bicis y va fenomenal
Yo también he visto gente que lleva dos atrás y dos adelante, a mi en el techo no me acaba de convencer y sobre todo en coches que no llevan barras longitudinales.
saludos
Yo las pocas veces que llevamos bicicletas desmontadas dentro del coche, pero si algun dia pongo portabicicletas sera de techo , por aquello del peso, tambien tengo maletero de techo aunque de momento no lo uso porque lo poco que llevamos, lo maximo posible en el coche, el maletero es de cuando ibamos en tienda con un fiat uno. Ahora nos hemos aburguesado y llevamos una pequeña caravana pero desplazamos mucho menos trastos que con la tienda. Saludos.
En mi humilde opinión el llevar bicicletas dentro del habitáculo del coche es un peligro, a no se que vayan bien sujetas y en el maletero.
Hombre, no llevo señal V-20 porque no voy circulando... En el parking casi que prefiero quitarla, por si acaso a alguno le falta y le gusta mas la mía que la que venden el de la tienda...
Te voy a poner la Instrucción a la que me he referido antes. Así la lee todo el mundo... Todo... el que quiera. Y queda clara.
ASUNTO: Instalación de portabicicletas y otros elementos desmontables.
Instrucción 05/S-80 V-61
De acuerdo con los informes emitidos por las Autoridades competentes en materia de industria, los
elementos desmontables destinados al acondicionamiento y protección de la carga no requieren previa
homologación, y su instalación en los vehículos no constituye reforma de importancia de las previstas en el
Real Decreto 736/1988, de 8 de julio. Sin embargo, para mejor cumplimiento de las normas legales y
reglamentarías relativas a la disposición y dimensiones de la carga, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
1.- El artículo 14.1 d) del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Circulación establece que la carga transportada en un vehículo, así como los
accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera
necesario, sujetos de tal forma que no puedan ocultar los dispositivos de alumbrado o de
señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus
conductores. En el caso de accesorios o portabicicletas traseros, el cumplimiento del citado precepto
reglamentario podría también lograrse llevando instalados en su parte exterior todos los dispositivos
de alumbrado o señalización luminosa, así como la placa de matrícula que la carga oculta.
2.- Tampoco existe inconveniente en que dichos accesorios se apoyen en el dispositivo de remolque,
siempre que se respete la masa máxima que éste puede soportar, de acuerdo con lo que haya establecido
su fabricante. Deberá garantizarse en todo caso, como se establece en la letra a) del citado artículo 14.1,
que tanto el portabicicletas como su carga estén dispuestos y sujetos de forma que no puedan "arrastrar,
caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa".
3.- De acuerdo con el artículo 15.3 del citado Reglamento General de Circulación en los vehículos no
destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir, si fuera indivisible, y el
portabicicletas lo es, por la parte posterior hasta un 15 por ciento de la proyección en planta del
vehículo. Sin embargo, no está previsto que pueda sobresalir lateralmente, salvo lo establecido en el
apartado 4 del citado artículo para los vehículos con anchura inferior a un metro.
4.- Cuando el portabicicletas no permita al conductor ver por el retrovisor interior la circulación por detrás del
vehículo, y éste sea de la categoría M 1 (turismo), deberá llevar un segundo retrovisor exterior en el lado
derecho (artículo 11.2 y Anexo III del Reglamento General de Vehículos).
5.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del citado artículo 15 del Reglamento General de
Circulación, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos deberá ser señalizada por medio de
la señal V-20, a que se refiere el artículo 173 de dicho reglamento, señal cuyas características se
establecen en el anexo XI del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Vehículos.
La presente Instrucción deroga las anteriores 99/S-4, V-26 y 02/S-59, V-50. Lo que se hace público para
general conocimiento.
Madrid, de julio de 2005
Como verás, poner un portabicis de los que se venden en este país, es plenamente "legal"... Eso si, sobre INCORPORAR o INSTALAR... No dice nada...
España es un pais libre y puedes hacer lo que quieras, hasta que tengas que explicar esto el dia que te paren sin luz roja de noche o con malas condiciones atmosfericas, y ¿ te merecera la pena el no haberla puesto o incluso una matricula con luz en el portabicicletas? aunque no sea obligatoria o si lo sea. Hay a quien le han multado hasta por arrascarse la oreja, pero tu mismo. Saludos.
pirineos
06/05/2012, 17:41
Yo también las llevo encima del coche y añado un argumento más: aumentas el peso del vehículo y la relación de pesos entre dicho vehículo y el remolque. Si llevo las cuatro bicis son alrededor de 50 kilos que aumento de peso en el vehículo respecto al remolque.
Eso si, el inconveniente es que llevo la baca con los cuatro portabicis durante todo el año, con lo que ello comporta de consumo en el coche.
Saludos,
elberronberrando
06/05/2012, 18:02
Pues por temas de salud,no me ha quedado mas remedio de cambiar las bicicletas del techo del coche a la parte trasera de la cv(en el coche me caen muy arriba y no llego bien a subirlas.El subirlas me ha costado una lumbalgia).
He de decir que van de cine y no me hace ningun extraño.la caravana es una Averso 500 y se nota desde fuera unos largeros que van por la pared.Me imagino que sera por que van las literas y es para reforzar la pared.Yocreo que por lo menos en mi cv si que aguanta bien el peso que le puedas meter.
Digo lo mismo,los extranjeros llevan muchos las bicis ahí.
Saludos
joselitohuevofrito
06/05/2012, 18:42
Estoy pensando en poner baca al coche y llevarlas ahi. De esa manera llevaria las cuatro. A los que usais este sistema, que tal para subir y bajar las bicis. Lo puede hacer una persona sola.
thornberry
06/05/2012, 19:51
España es un pais libre y puedes hacer lo que quieras, hasta que tengas que explicar esto el dia que te paren sin luz roja de noche o con malas condiciones atmosfericas, y ¿ te merecera la pena el no haberla puesto o incluso una matricula con luz en el portabicicletas? aunque no sea obligatoria o si lo sea. Hay a quien le han multado hasta por arrascarse la oreja, pero tu mismo. Saludos.
Explicar... El que???
67759 Hola yo lo instale en la pared de atras de la cv,no he notado nada raro en la conduccion ni en la pared de la cv y antes de instalarlo pregunte en el itv y me digeron que no lo consideraban reforma de importancia,por si os interesa este se desmonta en 20 minutos maximo,tengo que quitar solo 4 tuercas con su tornillo de la parte de abajo y listo,cuando llevo las bicis le pongo la placa roja y blanca y nunca me han parado por esto.
un saludo
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