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Pero
03/06/2016, 11:39
Buenasss, tengo un amigo que tiene una autoescuela, y cierta ocasión me comento que cuando llevas una caravana has de llevar en el maletero del coche un extintor, porque si te para la policía te multa. Llevais vosotros el extintor?

AntonioOC
03/06/2016, 12:17
No llevo.... espero que no pase nada.. si no llamare al 112.
Si fuese obligatorio las caravanas deberian salir con el extintor de fabrica, y no es el caso, no se yo de esto cuanto es verdad y cuanto es mito.

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juan lagi
03/06/2016, 12:26
Tengo carnet de camión y me suena de la autoescuela, que la obligación de llevar extintor es apartir de un remolque de cierto tonelaje, en una caravana lo dudo mucho...pero nunca está de más llevarlo, uno de dos o tres kg sería suficiente y en caso de tener que echar mano de el...te parecerán los 50 euros mejor gastados.

AntonioPF
03/06/2016, 12:28
Aunque llevo uno pequeño en el arcon, del lidl....

El mejor extintor es preparar un cubo lleno de agua al lado de la lanza.

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»

juan lagi
03/06/2016, 12:30
Aunque llevo uno pequeño en el arcon, del lidl....

El mejor extintor es preparar un cubo lleno de agua al lado de la lanza.

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»
Suficiente para un apuro, si te llega a hacer falta algo más grande...mejor apartate y llama a los bomberos.

VOLUSIA
03/06/2016, 12:37
Yo lo llevo, no está de más.......aunque sea para hacer un favor a otro...no sería la primera.
Si el vehículo es de empresa si tienes que llevarlo.

Polvo de Angel
03/06/2016, 12:47
Creo recordar que en el foro de castellano leoneses, se comento algo al respecto, incluso un compañero colgó copia de la norma, y me pareció obligatorio.


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Carlos
03/06/2016, 12:48
Buenasss, tengo un amigo que tiene una autoescuela, y cierta ocasión me comento que cuando llevas una caravana has de llevar en el maletero del coche un extintor, porque si te para la policía te multa. Llevais vosotros el extintor?
No es obligatorio en una caravana, quizás aconsejable uno de 3 kgs, si lo descargamos y no hay manera, ni preocuparse de bajar la jockey para desenganchar...

Carlos
03/06/2016, 12:49
Yo lo llevo, no está de más.......aunque sea para hacer un favor a otro...no sería la primera.
Si el vehículo es de empresa si tienes que llevarlo.
Ni la segunda.

ansioso
03/06/2016, 13:25
según el reglamento general de vehículos, en el anexo XII, que viene del artículo 19,

2. Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.

creo que somos un conjunto de vehículos. Así que, a menos que alguien tenga alguna otra norma, que SI es obligatorio. Ya sea caravana ligera o de más de 750Kg.

Y me suena que tenía que ser como mínimo de un peso, no sé si 3 Kg o así.

AntonioOC
03/06/2016, 13:47
http://www.solerprevencion.com/noticias/sistemas-de-proteccion-contra-incendios/que-vehiculos-estan-obligados-llevar-extintores/

Asi le hechais un ojo, dependiendo la mma tienes que llevar un tipo o otro, aunque pone conjunto de vehiculo para transporte de mercancia y cosas, yo no estoy transportando nada..

Enviado desde mi H60-L04 mediante Tapatalk

aitorbiga
03/06/2016, 13:50
Yo suelo llevar uno de los que tengo en casa. Por el deposito de gas me entregan tres y por el seguro de la casa me entregan otros dos asi que uno suele ir a la caravana.
Puede ocurrirte cualquier cosa, desde un accidente con la cocina, problemas con el gas, un corto electrico... y problemas en circulacion, un tambor que se queda pegado...

Jose Luis
03/06/2016, 14:13
Este es un tema como el B-96, de vez en cuando sale, y creo que sale porque algun o algunos vendedores de extintores tienen que llevarlo mal, la crisis está durando demasiado, al igual que pasa con las revisiones anuales de las calderas en los domicilios.... no, no son obligatorios, aunque sí, yo si llevo uno.... y como dije la ultima vez que se abrió un hilo sobre el mismo tema... aunque no es obligatorio, si es recomendable tener un extintor para apagar un conato de incendio, si el incendio ya está en marcha, mejor alejarse y llamar a los bomberos, ya que ni con un extintor de 50 kg podríamos apagar una caravana en llamas... queteo mi respuesta del último hilo, poniendo la ley actual que deroga algunas cosas de la de 1999 y una explicación de la compañía de seguros Asepeyo para los que les cuesta más entender la palabrotas que se suelen decir en la leyes:


Aunque ya he dado mi opinión varias veces por el mismo asunto, creo que no, no es obligatorio, y por ejemplo Asepeyo lo tiene muy claro, al igual que yo.... un vehículo o conjunto de vehículos destinado al transporte de mercancías y de cosas, no es un turismo particular con un remolque, ni siquiera un vehículo mixto con un remolque, es más, ni tampoco un turismo que use una empresa para el transporte de personal....

En resumen, lo que dice Asepeyo:

https://anterior.webcampista.com/foro/attachment.php?attachmentid=103186&d=1391876594

Para el que quiera ver el texto entero -->http://prevencion.asepeyo.es/Web/FaqsSH.nsf/FAQWVV01_SP/1523B7B34830ABA0C12576AB002AB27B/$FILE/PPI1103001%20Obligaci%C3%B3n%20de%20llevar%20extintor%20en%20veh%C3%ADculos%20de%20empresa.pdf


Pero es más, algunos policías lo tienen tan claro que han tenido que ponerlo en internet para que todo el mundo se entere... que es lo que son los vehículos para el transporte de mercancías o cosas

http://www.policiaguancha.com/portal/images/extintores.jpg

Podéis verlo entero en la web de la policía municipal de La Guacha, en La palma --> ¿Qué vehículos tienen obligatoriedad de llevar extintores? (http://www.policiaguancha.com/portal/index.php?option=com_content&view=article&id=344:plg)

Por si dais con un policía que no ha sabido interpretar una ley, mejor descargar el BOE y llevarlo impreso --> https://www.boe.es/boe/dias/1999/08/05/pdfs/A29067-29068.pdf , donde dice claramente, (vehículos a motor y conjunto de vehículos para el transporte de mercancías y cosas), para saber que es un vehículo o un conjunto de vehículos para el transporte de mercancías o cosas, no hay más que volver a mirar el recuadro de arriba, o sacarse el carnet de conducir, tipo C o similar, carnet para conducir vehículos para el transporte de mercancías o cosas, en el también te lo enseñan en la tercera lección, ya que es una pregunta de examen que siempre cae.

Edito: Otro sitio donde poderlo constatar --> Accesorios y Repuestos Obligatorios para los Vehículos | Conducción Responsable (http://www.conduccionresponsable.com/accesorios-y-repuestos-obligatorios-para-los-vehiculos/)

P.D. Eso no quita que yo no lleve extintor, si no todo lo contrario, lo llevo en el coche de toda la vida, pero es por propia voluntad.

freber
03/06/2016, 14:28
Sí, de vez en cuando sale este tema.

Yo pienso como ansioso.



según el reglamento general de vehículos, en el anexo XII, que viene del artículo 19,

2. Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.

creo que somos un conjunto de vehículos. Así que, a menos que alguien tenga alguna otra norma, que SI es obligatorio. Ya sea caravana ligera o de más de 750Kg.

Y me suena que tenía que ser como mínimo de un peso, no sé si 3 Kg o así.

Aunolose
03/06/2016, 16:22
En otro hilo un compañero puso un enlace al BOE donde se habla de esto.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011


Pone:


Asimismo, se modifica el anexo XII, sobre accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos, para suprimir la obligación de llevar un juego de lámparas de las luces del vehículo, pues cada vez más vehículos llevan un dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados y no por el usuario.

También se elimina la obligación de llevar extintor de incendios y dispositivos de preseñalización de peligro a determinados vehículos, como consecuencia de la experiencia adquirida en la aplicación práctica de la normativa anterior y de la Jurisprudencia que se ha pronunciado sobre esta materia.

Ahora nos vamos al anexo 12, que es donde viene el párrafo que citan Ansioso y Freber, y que ya ha salido varias veces



«ANEXO XII

Accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos

...


2. Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.»

El texto en sí no ha cambiado pero viene precedido por el apartado anterior. A partir de ahí, que cada uno decida si es obligatorio o no y se atenga a las consecuencias.


Una opinión al margen. Si lo lleváis, sujetadlo bien, por que un extintor de 3kg o de 6kg, en caso de vuelco puede convertirse en un arma mortal.

VOLUSIA
03/06/2016, 17:57
Ni la segunda.

Vaya por Dios.....entonces soy un masoca o tonto...pago unas revisiones de extintores en las furgoneta por amor al arte....no me jodas.

Saludos.

freber
03/06/2016, 18:41
En otro hilo un compañero puso un enlace al BOE donde se habla de esto.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011


Pone:



Ahora nos vamos al anexo 12, que es donde viene el párrafo que citan Ansioso y Freber, y que ya ha salido varias veces



El texto en sí no ha cambiado pero viene precedido por el apartado anterior. A partir de ahí, que cada uno decida si es obligatorio o no y se atenga a las consecuencias.


Una opinión al margen. Si lo lleváis, sujetadlo bien, por que un extintor de 3kg o de 6kg, en caso de vuelco puede convertirse en un arma mortal.

Buen aporte, no lo recordaba. Ahora ya podían aclarar cuales son esos "determinados vehículos" , desde luego hay veces que redactan las normas y se quedan tan anchos.

Carlos
03/06/2016, 19:37
Yo lo llevo, no está de más.......aunque sea para hacer un favor a otro...no sería la primera.
Si el vehículo es de empresa si tienes que llevarlo.


Ni la segunda.


Vaya por Dios.....entonces soy un masoca o tonto...pago unas revisiones de extintores en las furgoneta por amor al arte....no me jodas.

Saludos.

No te agaches, jejeje.

No se lo que habrás entendido, me refiero a que ya son varias veces las que he descargado un extintor propio, para intentar apagar el fuego de otro (y toquemos madera :scratch:)

VOLUSIA
03/06/2016, 19:42
Pues en dos ocasiones, la última en un rastrojo a un tractor y espero las gracias....pero bueno lo volvería hacer.
Pasar un buen finde

Carlos
03/06/2016, 20:25
A mi la más curiosa hace muchos años en el puente del V Centenario de Sevilla.
Turismo ardiendo en todo lo alto y motorista de la GC que en contra dirección por enmedio del atasco, viene a pedirme uno para intentar sofocarlo hasta la llegada de los bomberos. Casi a la hora, empezamos a andar lentamente y al llegar a la altura de todo el jaleo y con el vehículo totalmente calcinado, les reclamo resignado mi extintor vacío y el guardia se hacia cruces pero no hubo manera de encontrarlo en el momento.
Me dieron el número de teléfono del destacamento, (aún no existían móviles) pero nunca llamé.

Aunolose
04/06/2016, 13:03
Como haya prendido bien es muy difícil apagarlo con un extintor.

https://www.youtube.com/watch?v=hBPW6TZ60Vw

Juansinmedio
04/06/2016, 13:49
A mi la más curiosa hace muchos años en el puente del V Centenario de Sevilla.
Turismo ardiendo en todo lo alto y motorista de la GC que en contra dirección por enmedio del atasco, viene a pedirme uno para intentar sofocarlo hasta la llegada de los bomberos. Casi a la hora, empezamos a andar lentamente y al llegar a la altura de todo el jaleo y con el vehículo totalmente calcinado, les reclamo resignado mi extintor vacío y el guardia se hacia cruces pero no hubo manera de encontrarlo en el momento.
Me dieron el número de teléfono del destacamento, (aún no existían móviles) pero nunca llamé.

Hola Carlos....!!!

Participé en un caso de un coche delante de mí circulando por Lérida capital. Le alarmaba con luces y pitidos que se apartara, hasta que lo hizo. Llevaba los bajos del motor en llamas. Cuando salió del coche ya no hubo nada que hacer y, al abrir el capot del coche, aquello se puso feísimo. Empezaron a traer extintores de las tiendas de esa zona y no hubo nada que hacer. Creo que los seis (y de 6 kg) no pudieron hacer nada. Aquello se calcinó y afectó a los coches que estaban estacionados. No os imagináis cuando estallaron dos neumáticos, que parecían bombas. Los bomberos nada pudieron hacer aunque llegaron pronto.

Para mí, llevar un extintor no cuesta. No significa que vaya a solventar un incendio pero, si no se lleva, es muy probable que aquello acabe en tragedia.

Llevo uno de 3 kg y espero no utilizarlo jamás, al igual que llevo una manta ignifuga para la cocina. Ahí es más probable que haya ese potencial y no en ruta.

El tema es que el criterio de cada uno (amparándose en la legalidad o no) ha de prevalecer pero si, se ha de actuar, con extintor en mano, no es lo mismo que sin él, aunque sea pequeño....!!!

Un abrazo...!!!

H420
04/06/2016, 14:53
Cuantos incendios de coches se solucionan con una simple llave de 10-11.
Soltar el + de la bateria y se acabo.
Por eso son inutiles los extintores.
Los depolvo apagan por sofocamiento, los de nieve por sofocamiento y bajada de temperatura. Los de agua por enfriamiento y anulacion del material combustible. Mojado no arde.
Material+Temperatura de ignicion+Oxigeno.---> Fuego.
Si se elimina uno de los tres, se acabo el fuego.
Mientras haya corriente electrica en el coche, recalentando cables y subiendo la temperatura + Oxigeno , habrá fuego.
Una puñetera y simple llave plana 10-11,,,,Solo hace falta una 10 para desembornar la bateria.
Lo demas se apaga con agua sin mas.
En la mili hacia ejercicios de contraincendios cada 3 dias. Situaciones diversas y manejo de todos los medios de extincion.
Ironicamente,,,mi Caravana desaparecio en llamas con otras tres.

ochoymedio
04/06/2016, 17:39
En otro hilo un compañero puso un enlace al BOE donde se habla de esto.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011


Pone:



Ahora nos vamos al anexo 12, que es donde viene el párrafo que citan Ansioso y Freber, y que ya ha salido varias veces



El texto en sí no ha cambiado pero viene precedido por el apartado anterior. A partir de ahí, que cada uno decida si es obligatorio o no y se atenga a las consecuencias.


Una opinión al margen. Si lo lleváis, sujetadlo bien, por que un extintor de 3kg o de 6kg, en caso de vuelco puede convertirse en un arma mortal.
O sea que era por aquí por donde se podía debatir... jajajja

🔭ausencia de evidencia no es evidencia de ausencia🔭

ochoymedio
04/06/2016, 17:56
Hola
Sin pretender debatir, porque ya me aburrí del tema el otro día... verdad, Aunolose? Os pongo una foto de un test de autoescuela actual, que como dice, el compañero Aunolose, y le doy la razón, tampoco es que nos tengamos que fiar de lo que puedan decir las autoescuelas, al menos, en este punto que parece que la ley se puede interpretar de distinta forma...
Así que cada uno es libre para actuar como quiera...
http://uploads.tapatalk-cdn.com/20160518/929277595a93cf88395c1237033420a8.jpg
Yo habría fallado... habría marcado la A, porque alguien me dijo una vez, que el calzo era obligatorio...
Saludos
🔭ausencia de evidencia no es evidencia de ausencia🔭

🔭ausencia de evidencia no es evidencia de ausencia🔭

ilusiones 13
05/06/2016, 13:19
Vamos eso ni me lo propongo, quiero decir que , si o si lo llevo, nos gastamos mucho mas en ABS, ESP, ASR, EBV, etc etc, para plantearnos 15€ o 20€ de un pequeño extintor de 3 kg de peso...........seguridad ante todo, y si hay duda de que si es obligatorio o no, pues yo lo he llevado siempre y no es por quitarme una multa o discusión con un agente de trafico, es por mi seguridad, y ojala NUNCA lo tenga que usar.

rober1971
05/06/2016, 21:09
como trabajador de una empresa de material contra incendios solo decir que igual no es obligatorio pero si aconsejable siempre con sus correspondientes revisiones una anual y retimbrado cada cinco años

Rommel
05/06/2016, 22:24
Aunque llevo uno pequeño en el arcon, del lidl....

El mejor extintor es preparar un cubo lleno de agua al lado de la lanza.

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»
Pues como vayas a apagar un fuego ocasionado por aceite o por circuito eléctrico, vas a flipar con el cubo de agua!!

Aunolose
06/06/2016, 00:27
Ya lo puse en otro hilo

https://youtu.be/pYO0S6l78-M

AntonioPF
06/06/2016, 00:40
Pues como vayas a apagar un fuego ocasionado por aceite o por circuito eléctrico, vas a flipar con el cubo de agua!!
Un extintor Tampoco sabe utilizarlo todo el mundo...yo el primero.....pero por ejemplo si esta ardiendo una tienda cocina, un cubo de agua lo puede apagar....

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»

ochoymedio
06/06/2016, 00:51
Ya lo puse en el hilo de ofertas, pero para los que no lo hayáis visto...
Yo me he pillado esto, sobre todo para la cocina de la caravana...

http://uploads.tapatalk-cdn.com/20160605/303066f9846db137c7ac35acc1742c8b.jpg

🔭ausencia de evidencia no es evidencia de ausencia🔭

Pero
06/06/2016, 10:02
He sacado el tema por consultarlo. No trabajo en una empresa de extintores, de echo llevo uno del Lild, y no me había fijado que antes se había sacado el tema.

Carlos
06/06/2016, 10:20
Hola Carlos....!!!

Participé en un caso de un coche delante de mí circulando por Lérida capital. Le alarmaba con luces y pitidos que se apartara, hasta que lo hizo. Llevaba los bajos del motor en llamas. Cuando salió del coche ya no hubo nada que hacer y, al abrir el capot del coche, aquello se puso feísimo. Empezaron a traer extintores de las tiendas de esa zona y no hubo nada que hacer. Creo que los seis (y de 6 kg) no pudieron hacer nada. Aquello se calcinó y afectó a los coches que estaban estacionados. No os imagináis cuando estallaron dos neumáticos, que parecían bombas. Los bomberos nada pudieron hacer aunque llegaron pronto.

Para mí, llevar un extintor no cuesta. No significa que vaya a solventar un incendio pero, si no se lleva, es muy probable que aquello acabe en tragedia.

Llevo uno de 3 kg y espero no utilizarlo jamás, al igual que llevo una manta ignifuga para la cocina. Ahí es más probable que haya ese potencial y no en ruta.

El tema es que el criterio de cada uno (amparándose en la legalidad o no) ha de prevalecer pero si, se ha de actuar, con extintor en mano, no es lo mismo que sin él, aunque sea pequeño....!!!

Un abrazo...!!!
Hola Juan.
En este debate habría que distinguir dos situaciones. Una cosa es intentar apagar un fuego de un vehículo en circulación, que cuando nos apercibimos de él ya suele ser tarde, más si es una caravana y otra cosa es instalados en el camping.

Mi opinión, para uso doméstico aconsejable uno de tres kilos, duran unos veinte segundos y si en ese tiempo no nos hemos hecho con el conato y no hay más extintores, no seguir insistiendo intentado abrir capos, ni cremalleras de tiendas-cocina, ni tapas de motor, como en el autobús del vídeo anterior. A osadías así se refiere la "experiencia adquirida" para modificar la normativa y no obligarlos.
Intentar salvar lo colindante que este en peligro, esperar a los profesionales que saben como actuar e ir buscando el teléfono del seguro.
Un saludo a la familia.

Juansinmedio
08/06/2016, 12:49
Hola Juan.
En este debate habría que distinguir dos situaciones. Una cosa es intentar apagar un fuego de un vehículo en circulación, que cuando nos apercibimos de él ya suele ser tarde, más si es una caravana y otra cosa es instalados en el camping.

Mi opinión, para uso doméstico aconsejable uno de tres kilos, duran unos veinte segundos y si en ese tiempo no nos hemos hecho con el conato y no hay más extintores, no seguir insistiendo intentado abrir capos, ni cremalleras de tiendas-cocina, ni tapas de motor, como en el autobús del vídeo anterior. A osadías así se refiere la "experiencia adquirida" para modificar la normativa y no obligarlos.
Intentar salvar lo colindante que este en peligro, esperar a los profesionales que saben como actuar e ir buscando el teléfono del seguro.
Un saludo a la familia.

Es que el tema del fuego es similar a la actuación de unos primeros auxilios donde la rapidez es crucial y, no meter la pata, esencial. Es muy probable que nos quedemos "petrificados" hasta en momentos de muy poca importancia. Pero la rapidez de intervención es crucial y el pánico puede hacer que cometamos imprudencias.

En el tema de estar acampado podemos valorar los riesgos, evidenciando que el tema eléctrico tiene sus propias protecciones y el mayor enemigo es el fuego en la cocina.

Así que, la sofocación suele ser la solución, bien por una simple tapadera hasta un extintor pasando por la manta que mencioné. El extintor no suele estar al mano y el resto si, como en nuestro propio domicilio.

En ruta, pues no hay otra cosa nada más que el extintor como algo "efectivo". No significa que vaya a ser eficaz siempre pero para unos frenos de la cv ardiendo y que pueda pasar al la cv, por ejemplo, nos puede servir.

Cuando es algo más gordo no ha solución si no tenemos al lado a los bomberos en ese justo momento, por eso ya puedes ir cargado de extintores en el coche que ná de ná. Además, es muy probable que no sepamos ni como actuar.

Hacer prácticas en conatos de incendio ya preparados nos puede servir para salvar en una hipotética realidad y, por lo menos, reaccionar positivamente y no al revés.

No hay que hacer de héroes pero tampoco perecer por ser demasiado asustadizo. Son muy recomendables esas prácticas...!!! En las estaciones de bomberos los pueden preparar usando los que llevemos, como los nuestros de casas, comunidad, etc y que hay que recargarlos por su caducidad. Total, se van a vaciar para tal fin.....!!!!

Venga, otro saludo a la familia y a ver cuando nos vemos....!!!

cormoran
08/06/2016, 12:57
obligatorio o no creo que al menos es conveniente, por pura lógica si estamos dentro con el a mano y hay algo que arde en demasia si se coige a tiempo puede que se pare, claro esta que si se le da tiempo a coger la sufucuente fuerza no hay nada que hacer a parte de poner distancia de seguridad y rezar para que lleguen los bomberos e intenten minimizar los daños

latumbadehuma
08/06/2016, 13:29
entonces... ¿¿es obligatorio o no??

volvemos a empezar el debate desde el principio...

Carlos
08/06/2016, 13:32
entonces... ¿¿es obligatorio o no??

volvemos a empezar el debate desde el principio...
Lo mejor será abrir otro hilo
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romepu1
08/06/2016, 16:50
Soy profesor de autoescuela y caravanista. El extintor es obligatorio cuando llevamos cualquier remolque con nuestro turismo, igual que los triángulos o el chaleco reflectante.
Otra cosa es que nos guste más o menos, o sea útil o no.
Cualquier extintor que compremos en el lidl o el carrefour por 10 o 15 € puede servir.
Ciao.
Realmente

Juansinmedio
08/06/2016, 18:53
entonces... ¿¿es obligatorio o no??

volvemos a empezar el debate desde el principio...

Yo interpreto que si y lo llevo por dos motivos. Por la posible sanción y por si ocurre algo y pudiera haberlo evitado por rácano....!!!

Lo que no vale es cualquiera para un conjunto tractor-remolque. En nuestro caso es de 3 kg de polvo polivalente, como se indica en la gráfica. Para el coche sólo, con uno de kg sobra.

Lo demás, cada uno que haga lo que crea conveniente.

Saludos

srgsrg
09/06/2016, 00:41
Hola

El otro día en un control rutinario de alcoholemia me pararon, no me hicieron soplar, me preguntaron cto pesaba la caravana a lo que respondi 1300 kgs , tengo el B96. Me pidieron el carnet y me indico que no todo el mundo lo sabía.... siguiente pregunta fue... a que no sabe que tiene que llevar un extintor?? Le indique que llevo una manta extintora pero no un extintor y me dejo continuar diciéndome que no llevar extintor es denuncia de libro...

Después estuve leyendo... parece que por un lado es obligatorio que llevemos un equipo homologado de extinción de incendios pero por otro lado el reglamento "olvida" definir que tipo de extintor debemos llevar al no ser un vehículo de carga.

Así que en mi humilde opinión cualquier cosa "Homologada" sirve incluso una manta para evitar la multa. El extintor es aconsejable por otro lado ya que una manta es quizas poco efectiva aunque una vida puede salvar... . Por otro lado en los campings cuando acampo.. siempre visualizo la posición del extintor mas cercano...

Un saludo

AntonioPF
09/06/2016, 10:08
Soy profesor de autoescuela y caravanista. El extintor es obligatorio cuando llevamos cualquier remolque con nuestro turismo, igual que los triángulos o el chaleco reflectante.
Otra cosa es que nos guste más o menos, o sea útil o no.
Cualquier extintor que compremos en el lidl o el carrefour por 10 o 15 € puede servir.
Ciao.
Realmente
Y donde tiene que ir, en el remolque, o en el vehículo tractor?

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»

pelotas
09/06/2016, 12:24
Y donde tiene que ir, en el remolque, o en el vehículo tractor?

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»

Buena pregunta?
an-donde?

ochoymedio
09/06/2016, 18:41
Y donde tiene que ir, en el remolque, o en el vehículo tractor?

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»


Buena pregunta?
an-donde?
En el tractor, en un lugar fácilmente accesible...

Juansinmedio
09/06/2016, 22:32
En el tractor, en un lugar fácilmente accesible...
¿¿¿ Y por qué ahí....???

Con que vaya en el lote del conjunto, qué más da....!!!!

Yo lo llevo en el arcón delantero. Está con buen acceso a junto al los calzos para la cv.

Ahí sé que siempre que lleve enganchada la cv llevaré extintor. En el maletero del coche es un coñazo y, si por accidente se acciona, menuda nos vamos al dar de bicarbonato potásico.....!!!!!

Saludos

ochoymedio
10/06/2016, 00:19
¿¿¿ Y por qué ahí....???

Con que vaya en el lote del conjunto, qué más da....!!!!

Yo lo llevo en el arcón delantero. Está con buen acceso a junto al los calzos para la cv.

Ahí sé que siempre que lleve enganchada la cv llevaré extintor. En el maletero del coche es un coñazo y, si por accidente se acciona, menuda nos vamos al dar de bicarbonato potásico.....!!!!!

Saludos
Porque lo dice el BOE.
No es cosa mía... Puedo estar perfectamente de acuerdo contigo.
Además, parece que esta cuestión es a criterio propio...

Un saludo

🔭ausencia de evidencia no es evidencia de ausencia🔭

jandriño2
17/05/2017, 12:48
Yo después de consultarlo con un guardia de tráfico, puedo asegurar que sí es obligatorio, y después de esto como cambie de tractor también estuve viendo el tamaño, y, aunque la normativa es de hace años y no se refiere a nuestros vehículos en concreto, es la única que he visto dice algo como:
· Hasta 1.000 kg de PMA: Un extintor de clase 8A/34B.
· Hasta 3.500 kg de PMA: Un extintor de clase 13A/55B.
· Hasta 7.000 kg de PMA: Un extintor de clase 21A/113B.
· Hasta 20.000 kg de PMA: Un extintor de clase 34A/144B.
· Más de 20.000 kg de PMA: Dos extintores de clase 34A/144B.


Con lo cual, si como en mi caso el conjunto pasa de MMA de 3500 se debería llevar el 21A/113B, a mi me parece una exageración, pero es lo que dice la norma y nos pueden multar por ello.

El 21A/113B es el de 6Kg de polvo que suele haber por las paredes de los edificios, el bichito pesa unos 9,5 kg a incrementar en el peso del viaje, buena broma.

Aunolose
17/05/2017, 12:56
Yo, después de ver vídeos como este, no digo nada de si es obligatorio o no, digo que, el que lo lleve, que lo lleve muy bien sujeto. ¿Os imagináis 6 kilos de extintor dando tumbos por ahí?

https://youtu.be/MA-5WhIho7Q


El impacto es a 40km/h


https://www.webcampista.com/foro/showthread.php?97734-El-cinturon-de-seguridad-de-las-autocaravanas&p=2405054&viewfull=1#post2405054

latumbadehuma
17/05/2017, 13:00
yo creo que extintor llevan (que no llevamos) bien pocos.

thornberry
17/05/2017, 13:07
Yo después de consultarlo con un guardia de tráfico, puedo asegurar que sí es obligatorio, y después de esto como cambie de tractor también estuve viendo el tamaño, y, aunque la normativa es de hace años y no se refiere a nuestros vehículos en concreto, es la única que he visto dice algo como:
· Hasta 1.000 kg de PMA: Un extintor de clase 8A/34B.
· Hasta 3.500 kg de PMA: Un extintor de clase 13A/55B.
· Hasta 7.000 kg de PMA: Un extintor de clase 21A/113B.
· Hasta 20.000 kg de PMA: Un extintor de clase 34A/144B.
· Más de 20.000 kg de PMA: Dos extintores de clase 34A/144B.


Con lo cual, si como en mi caso el conjunto pasa de MMA de 3500 se debería llevar el 21A/113B, a mi me parece una exageración, pero es lo que dice la norma y nos pueden multar por ello.

El 21A/113B es el de 6Kg de polvo que suele haber por las paredes de los edificios, el bichito pesa unos 9,5 kg a incrementar en el peso del viaje, buena broma.

Eso que pones ahí es para transporte de mercancías. Los vehículos particulares pueden llevar extintor pero no es obligatorio.

167435
Este cuadro muestra los vehículos destinados a transporte de personas (taxis, minibuses y autobuses/ autocares) y transporte de mercancías. (Furgonetas, furgones, camiones, etc...)

thornberry
17/05/2017, 13:10
Estas cosas deberían de estar colgadas en un apartado de normativas junto con otras cosas, que salen cíclicamente, y así se podrían consultar y no habría controversias ni malos entendidos...

Vamos, es una opinión.

JotaCe
17/05/2017, 13:41
Desde luego que no soy experto en esto, pero me da la impresión de que eso aplicaba a vehículos de transporte de personas (comerciales, no privados) o mercancías.

En cualquier caso, existe una orden posterior (PRE/52/2010) que deroga la obligatoriedad de llevar extintor "para determinados vehículos" (lo que pasa es que no encuentro el detalle de cuáles, pero creo que deben ser casi todos, excepto probablemente los de mercancías peligrosas). Es la misma orden en la que se elimina la obligatoriedad de llevar lámparas de repuesto, y en la que se establece la obligatoriedad del chaleco reflectante.

La podéis consultar aquí (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011).

El texto concreto sobre estos temas es éste:

Asimismo, se modifica el anexo XII, sobre accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos, para suprimir la obligación de llevar un juego de lámparas de las luces del vehículo, pues cada vez más vehículos llevan un dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados y no por el usuario.También se elimina la obligación de llevar extintor de incendios y dispositivos de preseñalización de peligro a determinados vehículos, como consecuencia de la experiencia adquirida en la aplicación práctica de la normativa anterior y de la Jurisprudencia que se ha pronunciado sobre esta materia.Además, se incorpora en ese mismo anexo XII como dotación obligatoria del vehículo el chaleco reflectante de alta visibilidad, cuya utilización ya está regulada en el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

Carlos
17/05/2017, 14:15
Estas cosas deberían de estar colgadas en un apartado de normativas junto con otras cosas, que salen cíclicamente, y así se podrían consultar y no habría controversias ni malos entendidos...

Vamos, es una opinión.
Estoy de acuerdo.

Aunolose
17/05/2017, 14:22
Desde luego que no soy experto en esto, pero me da la impresión de que eso aplicaba a vehículos de transporte de personas (comerciales, no privados) o mercancías.

En cualquier caso, existe una orden posterior (PRE/52/2010) que deroga la obligatoriedad de llevar extintor "para determinados vehículos" (lo que pasa es que no encuentro el detalle de cuáles, pero creo que deben ser casi todos, excepto probablemente los de mercancías peligrosas). Es la misma orden en la que se elimina la obligatoriedad de llevar lámparas de repuesto, y en la que se establece la obligatoriedad del chaleco reflectante.

La podéis consultar aquí (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011).

El texto concreto sobre estos temas es éste:

Asimismo, se modifica el anexo XII, sobre accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos, para suprimir la obligación de llevar un juego de lámparas de las luces del vehículo, pues cada vez más vehículos llevan un dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados y no por el usuario.También se elimina la obligación de llevar extintor de incendios y dispositivos de preseñalización de peligro a determinados vehículos, como consecuencia de la experiencia adquirida en la aplicación práctica de la normativa anterior y de la Jurisprudencia que se ha pronunciado sobre esta materia.Además, se incorpora en ese mismo anexo XII como dotación obligatoria del vehículo el chaleco reflectante de alta visibilidad, cuya utilización ya está regulada en el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre

Lo puse en este mismo hilo, al principio...

https://www.webcampista.com/foro/showthread.php?90723-Extintor&p=2227951&viewfull=1#post2227951

aritzondo
17/05/2017, 22:44
yo creo que extintor llevan (que no llevamos) bien pocos.
Yo llevo uno de 3kg. Pero no por que sea obligatorio. Lo tenía en casa y nosotros llevamos una cocina de dos fuegos de gas, que montamos en un mueble de cocina del Decathlon debajo del toldo. En cuanto saco el mueble y la bombona azul, saco el extintor y está siempre al lado del mueble.
No se si me valdría para algo en caso de incendio, espero no tener que comprobarlo nunca.