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Ver la versión completa : Velocidad máxima de los autocaravanas



Pedro Peribañez
19/06/2017, 18:24
Me están porfiando de que la velocidad máxima de las autocaravanas son de 120 kilómetros por hora como las de un turismo normal no de 100 kilómetros por hora como creo yo y por cierto como me informaron en la empresa que me la alquilaron
¿Cuál es lo correcto?

cormoran
19/06/2017, 19:10
Pedro yo llevo llendo a 100 desde hace años, lo pregunte varias veces a tráfico y siempre me han dicho que a 100, lo hice tanto a nivel particular com por la empresa es mas me lo mandaron por escrito, asi que te hago eol siguiente razonamiento

1º Si te encuentras comodo llendo a 100 pues vete a 100.
2º Si donde te alquilaro te han dicho que a 100 vete a 100
3º a mas de 100 no es que consuman mucho tragan como malas bestias, asi que vete a 100 por tu bolsillo
4º Si tiene prisa en un viaje, las ac no son un metodo de viaje rapido coge un avión o el ave, esto es una broma

Pedro Peribañez
19/06/2017, 19:21
Ya lo sé. Es que en un chat de autocaravanas, al comentar la diferencia entre un turismo y una AC he ñcomentado que a efectos de circulación la única diferencia entre ambos es la velocidad máxima que es de 100 y me dice una persona que la velocidad máxima es de 120, y asegura que es la ley que está vigente.

thornberry
19/06/2017, 19:25
A ver si ahora sale...

168729

Espero te sirva...

Pedro Peribañez
19/06/2017, 19:53
Gracias.

TITO
19/06/2017, 21:28
Ya lo sé. Es que en un chat de autocaravanas, al comentar la diferencia entre un turismo y una AC he ñcomentado que a efectos de circulación la única diferencia entre ambos es la velocidad máxima que es de 100 y me dice una persona que la velocidad máxima es de 120, y asegura que es la ley que está vigente.

Es la No LEY que está vigente ahora, y es que a efectos de velocidades las autocaravanas ahora mismo están en el limbo, en "vacío legal", el siguiente entrecomillado es copia y pega:

"En la reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) de septiembre de 2006, la autocaravana desapareció de entre los vehículos cuyo límite de velocidad en autopista era de 90 kilómetros por hora. No obstante desde entonces existe cierta confusión y controversia acerca del límite legal de la velocidad de estos vehículos. ¿Cuál es el límite de velocidad para autocaravanas?"

Hay quienes ahora defienden que el límite es 100 km/h y quienes defienden que el límite es 120 km./h. porque no hay ley que diga ni una cosa ni la otra...
En este tema yo he dejado de posicionarme ni a favor ni en contra, cuando aprueben el próximo R.G.C. ya lo aclararán si quieren, mi consejo ahora mismo para España: conduce a 100 km/h. como máximo en autovía o autopista y disfruta, es suficiente para que no te vayan adelantando los camiones y llevar una conducción relajada aparte de que el bolsillo, como Cormorán te dice por experiencia, también lo agradece.

Saludos

thornberry
19/06/2017, 22:39
Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.
1. Las velocidades máximas que no deberán ser rebasadas, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51, son las siguientes:a) Para automóviles:1.º En autopistas y autovías: turismos y motocicletas, 120 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 100 kilómetros por hora; camiones, vehículos articulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros por hora; restantes automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.2.º En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura, o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación: turismos y motocicletas, 100 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 90 kilómetros por hora; camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.3.º En el resto de las vías fuera de poblado: turismos y motocicletas, 90 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 80 kilómetros por hora; camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 70 kilómetros por hora.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514

Es el articulo 48.

Una Ac es un 3248 y un vehículo derivado o un mixto adaptable es un 30xx o un 31xx. Aunque específicamente no habla de nosotros yo estoy convencido de que nos engloban ahí.

Hace unas semanas hable con un profesor de autoescuela que deja su Ac al lado de la mía y me confirmó la velocidad máxima en autovia... 100km/h.

Ahora cada uno es libre...

TITO
19/06/2017, 23:39
-
Como ya digo mi posición no está a favor ni en contra, hay muchas opiniones a este respecto y todas me parecen respetables, es un tema que genera bastante controversia y debería estar meridianamente claro pero la realidad es que no es así y deja el campo abierto a variedad de interpretaciones como la del siguiente enlace que es de fechas recientes:

http://onroadmagazine.com/velocidades-permitidas-para-circular-en-autocaravana-en-los-paises-de-la-union-europea/

De lo que también estoy completamente convencido es de que en el siguiente R.G.C. que se apruebe las velocidades en autocaravana aquí en España estarán homologadas a las que tienen la mayoría de países de Europa.

Pedro Peribañez
20/06/2017, 00:11
Al no figurar en el cuadro de velocidades máximas específicamente las autocaravanas ( el resto sí) se toma como referencia para su clasificación M1 para encuadrarlas en el límite que las corresponde.

Angelico
20/06/2017, 09:36
Como han apuntado por ahí, sólo turismos y motocicletas pueden circular a 120Km/h. Esto está muy claro.

¿Es posible que alguna autocaravana esté clasificada como turismo? Según algún forero la suya sí, pero me cuesta creerlo. Hay que comprobar el código de vehículo que pone en la ficha técnica.

Personalmente no creo que un vehículo construido a partir de una furgoneta o camionete, con chasis, dimensiones, suspensión y frenos de camionete, pueda homologarse como turismo.

cormoran
20/06/2017, 17:47
Angelico pues puedes creerlo los turismos son del grupo M1 y las ac particulares están en el mismo grupo, el caso es que para ahorrarse unos € los hay que las matriculan como vehículos industriales, pero s pueden matricular en el grupo M1, dentro del grupo entran también el apartado de auto caravanas los vehículos especiales, como aquello bogues de playa...

Fíjate en el apartado 3.3 habla de vehículos adaptados como viviendas, eso es una ac
https://www.google.es/#q=vehiculos+del+grupo+M1

DM4
20/06/2017, 22:27
Yo soy de los que van a 100 reales, 105-7 de marcador, y en estos días me adelantan todas menos las muy veteranas, el personal lleva prisa.


Enviado desde mi MT15i mediante Tapatalk

thornberry
20/06/2017, 23:08
Yo soy de los que van a 100 reales, 105-7 de marcador, y en estos días me adelantan todas menos las muy veteranas, el personal lleva prisa.


Enviado desde mi MT15i mediante Tapatalk

Si, jeejejee... yo soy de los tuyos. Y de vez en cuando me pasa alguna Cv a toda castaña.

scale29
21/06/2017, 01:43
Yo tambien voy a 100/110 de marcador y me pasa hasta el tato

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thornberry
21/06/2017, 01:47
No os preocupéis... somos lo que se llama " gente adelantada". :Drogar-Laugh(LBG)::Drogar-Laugh(LBG)::Drogar-Laugh(LBG):

cormoran
21/06/2017, 01:49
Yo como vosotros ayer me adelanto una tortuga con ruedas, a ver los que por seguridad/por si acaso,/por lo que sea vamos así 100/120 de marcador, vamos bien hay alguna que se debe de creer que lleva un turborreactor sin alas, el día que les pille, o que se la pegue ya vermos si aprende

Aunolose
22/06/2017, 12:06
Como no tengo auto, podéis mandarme lejos, pero se trata de lo que ya comenta otra persona en el hilo, si la auto se matriculó como industrial (¿El 30xx?) estará limitada a 100, como muchos vehículos mixtos que van por ahí sin saberlo, en cambio si está matriculada como turismo, auto, algo que no sea industrial, entonces podrá circular a otra velocidad, según su categoría

Como digo, esto les pasa a muchos derivados de turismo matriculados como industriales para ahorrarse dinero. Estos vehículos, no catalogados como turismos, tienen más restricciones, como la de no poder circular por carriles habilitados, algunos no poder adelantar por el carril de más a la izquierda... que a la hora de la verdad, no se controla, pero que lo pone bien claro dónde tica.
Resumiendo, que depende del numerito, la velocidad máxima será una u otra. Pasados unos años, se puede cambiar la categoría sin tener que pagar el impuesto, pero no sé cuantos años son. Parecido es lo que hice con mi Seat Alhambra, que estaba como vehículo de alquiler, lo que supone pasar ITVs cada año (atención, creo que también los que hablaba antes) a turismo normal, que ya son cada dos, al menos hasta los diez. Lo hice en una ITV periódica y no me cobraron nada.

cormoran
22/06/2017, 12:13
Como no tengo auto, podéis mandarme lejos, pero se trata de lo que ya comenta otra persona en el hilo, si la auto se matriculó como industrial (¿El 30xx?) estará limitada a 100, como muchos vehículos mixtos que van por ahí sin saberlo, en cambio si está matriculada como turismo, auto, algo que no sea industrial, entonces podrá circular a otra velocidad, según su categoría

Como digo, esto les pasa a muchos derivados de turismo matriculados como industriales para ahorrarse dinero. Estos vehículos, no catalogados como turismos, tienen más restricciones, como la de no poder circular por carriles habilitados, algunos no poder adelantar por el carril de más a la izquierda... que a la hora de la verdad, no se controla, pero que lo pone bien claro dónde tica.
Resumiendo, que depende del numerito, la velocidad máxima será una u otra. Pasados unos años, se puede cambiar la categoría sin tener que pagar el impuesto, pero no sé cuantos años son. Parecido es lo que hice con mi Seat Alhambra, que estaba como vehículo de alquiler, lo que supone pasar ITVs cada año (atención, creo que también los que hablaba antes) a turismo normal, que ya son cada dos, al menos hasta los diez. Lo hice en una ITV periódica y no me cobraron nada.

Lo de matricularlas como turismo lo dije Yo, por cierto te leo raro, no ponias mas ...... antes

Aunolose
22/06/2017, 13:53
Lo de matricularlas como turismo lo dije Yo, por cierto te leo raro, no ponias mas ...... antes


No entiendo la pregunta... ¿Te refieres a que antes participaba más? Si es eso, son varias cosas, una de ellas que hay gente que se la coge con papel de fumar y como hables de ruedas en un tema de tambores de ruedas, te la lía. :dontknow:

thornberry
22/06/2017, 14:57
No entiendo la pregunta... ¿Te refieres a que antes participaba más? Si es eso, son varias cosas, una de ellas que hay gente que se la coge con papel de fumar y como hables de ruedas en un tema de tambores de ruedas, te la lía. :dontknow:

Yo creo que te confunde con Volusia

MATES
22/06/2017, 15:56
Yo creo que te confunde con Volusia


Los dos se han retrancado bastante... como casi todos los veteranos del foro...

Cuando ya has pasado 200 veces por los hilos de pesos, ruedas, arrastres, CV y demás... ya sólo te queda esperar que salga alguno nuevo y medianamente interesante para poder decir "algo".

Yo lo que suelo es entrar a escribir con cierto aire de sarcasmo, ironía o dejadez... así me entretengo en algo.

Saludos.
Y me alegro de leerte por aquí, Aunoooooo...

cormoran
22/06/2017, 16:40
No entiendo la pregunta... ¿Te refieres a que antes participaba más? Si es eso, son varias cosas, una de ellas que hay gente que se la coge con papel de fumar y como hables de ruedas en un tema de tambores de ruedas, te la lía. :dontknow:

no es que participas menos

Aunolose
22/06/2017, 17:05
no es que participas menos

Entonces no sé.
Lo que dice Mates es cierto. Además hay personas a las que llegas cogerles cierto aprecio y, sin saber muy bien por qué, algo se tuerce en uno de esos hilos, y parece que desde entonces te toca discutir con él. :scratch: entonces prefiero conservar el buen rollo y por ejemplo en el de política ya no quiero entrar, pues todo lo que digas será usado en tu contra... sin importar que les hayas dado la razón... :dontknow:

Aunolose
22/06/2017, 17:15
Yo creo que te confunde con Volusia

Ah, vale, puedes tener razón :D ahora que lo he leído desde el PC, con todos los ........ juntos, me he dado cuenta. A veces pongo los tres, dejando la frase en el aire... pero no siempre, el de los ........... es Volusia. :D

cormoran
22/06/2017, 22:32
Entonces no sé.
Lo que dice Mates es cierto. Además hay personas a las que llegas cogerles cierto aprecio y, sin saber muy bien por qué, algo se tuerce en uno de esos hilos, y parece que desde entonces te toca discutir con él. :scratch: entonces prefiero conservar el buen rollo y por ejemplo en el de política ya no quiero entrar, pues todo lo que digas será usado en tu contra... sin importar que les hayas dado la razón... :dontknow:

Pues puede que aun pensando ni mas ni menos igual se te hecha de menos...... discutir pase, dialogar siempre y si es con una barra mejor

Lo de la politica mira yo tampoco entro como tu un par de veces y peo que se peguen entre ellos.... pero que la sangre de llegar al río no se de los nuestros

Maddmax
25/06/2017, 16:30
En buena lógica, al margen de vacíos legales, una Ac debería contar como mixto.
Ahora bien, fuera de España los mixtos van a 120.

TITO
25/06/2017, 22:25
En buena lógica, al margen de vacíos legales, una Ac debería contar como mixto.
Ahora bien, fuera de España los mixtos van a 120.

Vehículo mixto:
vehículo especialmente dispuesto para el transporte simultáneo, o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve plazas incluida la del conductor y que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente por personas mediante la adición de asientos.

Hombre si a la media docena de latas en conserva que solemos llevar las consideramos mercancía vale que nos consideren mixto, pero si no menudo cacao...

Maddmax
26/06/2017, 00:58
El tema no va de mercancías, el tema va de pesos y volúmenes.
El que lleva malacatones en la furgo no lleva mesas, camas, duchas etc.

Vamos, no responde igual una Fiat Ducatto de 9 plazas vacía, que una autocaravana con tractora Fiat Ducatto aunque lleves los armarios vacíos. Al final, la cuestión es que la furgoneta tiene una tara de 2000 y una MMA de 3500 y la limitación de velocidad se hace pensando en cuando va cargada.
La autocaravana va cargada aún cuando va vacía y va mucho más cerca de esos 3500 kg.
Además, el viento, incide mucho más negativamente en una Ac capuchina que en una Ducatto cargada de sacos de cemento.
Al final, aunque los usos sean distintos, la realidad es que el peso de una Ac y su aerodinámica están mucho más cercanos no ya a la Ducatto mixta sino a la Ducatto furgón con carrocería de camióneta.
Ahora bien, tanto unas como otras van fuera de España a velocidad de turismo.
La limitación de furgones a 90 en España no es un tema de seguridad, es una respuesta a las presiones del gremio de camioneros.

TITO
26/06/2017, 01:23
-
Vale, ahora explícale todo eso a la D.G.T. que según dice, -por ahora-, las autocaravanas siendo vehículos destinados exclusivamente al transporte de personas se pueden considerar "vehículos especiales de categoría M1"

Con más razón a los organismos correspondientes de Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, Eslovenia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Polonia Portugal, República Checa, Suiza..., que tienen establecido en su normativa que la velocidad legal de las autocaravanas es la que marque como máximo la vía...

(No estoy diciendo el que en autocaravana se vaya a 100, 120, o 130 km/h., solo entro en el debate del aspecto legal)

cormoran
26/06/2017, 02:15
Sigo pensando lo mismo, a 100 se va muy bien y encima se adentro de los márgenes legales

Maddmax
26/06/2017, 02:15
Lo voy a resumir a ver si así ya.

Creo que por sus características la Ac deberían ser vehículos mixtos.
Creo que los vehículos mixtos deberían tener la misma limitación de velocidad que los turismos.

TITO
26/06/2017, 02:32
-

Te entiendo igual si lo resumes como si no, y creer podemos creer cada uno lo que queramos pero aquí lo que legalmente vale es lo que pone en el B.O.E.

Maddmax
26/06/2017, 02:35
Ya, por eso en mi primera intervención he usado el condicional.

TITO
26/06/2017, 04:05
-
He tenido en cuenta ese condicional en la correspondiente contestación, he supuesto que se entendería que está en clave de humor, de haber usado otra forma la respuesta (posiblemente) también habría sido otra.

Por cierto y ya que ha salido el uso de la forma condicional, en mi opinión la D.G.T. en su famosa Instrucción 08/V-74 utiliza más de una vez el condicional en el tema de las velocidades...

De cualquier forma este asunto aquí lo dejo, está ya más que trillao y no tiene mucho sentido seguir dándole vueltas para no llegar a ningún sitio.

mmc2912
14/07/2017, 15:43
Hay mucha leyenda urbana sobre este tema. Creo que las AC en autovía tienen limitada la velocidad a 100 Km/h

Pero para plena seguridad del usuario meticuloso, haz uso del derecho de consulta, por escrito a la DGT aportando ficha técnica y tíulo, describiendo claramanete el asunto. Lleva siempre la contestación en la guantera y se la enseñas, cuando sea necesario, al guardia que te denuncie, o la Cia de seguros en sinisetro.

promanito
14/07/2017, 21:05
Yo tampoco paso de 100. Es una temeridad, aunque vaya con perfilada.

AlPairo
17/08/2017, 05:11
Esto de las velocidades de las ac es un cachondeo, que viene dado por el afán, incomprensible, de los que piden una legislación propia para las ac, desde que están legislando para éstas, no hacen mas que joder la marrana.
Antes, todas las ac, fueran del tamaño que fueran, podían circular a la mayor velocidad de vía, dado que se considreraban turismos; ahora las de 3.500 kg o menos no puden pasar de 100 km/h en autopistas y autovias, las de mas de ese peso, no pueden pasar de 90 km/h, tanto el legislador como los "espavilaos" que proponen la legistación propia, afirman que dado que los camiones de ese peso viajan a esa velocidad, las pequeñas ac de 4 ó 5.000 kg, han de ir a esa velocidad, dado que no se dedican al transporte de mercancias, sino al transporte de personas, deberían equiparse a los autobuses, que puede viajar a 100 km/h, siendo que pesan mucho mas, algunos, en vacío, sobrepasan los 30.000 kg.
Pero no importa, ¿no queriais legislación propia? pués ya la estais teniendo, ahora a fastidiarse.
Con lo bien que estabamos con la legislación general.
Salud.