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[QUOTE=Oxi;2644756][FONT=georgia][SIZE=5]
Es un [COLOR=#ff0000]mom[/COLOR]ento histórico.[/SIZE][/FONT]
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Una lancinante duda existencial queda perfectamente aclarada y confirmada por la autoridad competente.
Y eso a pesar que algunos visionarios incomprendidos lo habían proclamado ya en la indiferencia más completa...
( ... )
[URL]https://www.webcampista.com/foro/showthread.php?97397-Importar-una-caravana-desde-otro-pa%EDs-europeo&p=2588621&viewfull=1#post2588621[/URL]
[URL]https://www.webcampista.com/foro/showthread.php?125598-Cuanto-pagariais-por-CV-ocasion&p=2640794&viewfull=1#post2640794[/URL]
" C[I]onsulté en la Dirección General de Tráfico ... acerca de la documentación exigida para circular en España con una caravana francesa de menos de 750 kilos. La respuesta entonces fue tajante, sólo se exige la ficha técnica francesa y la factura de compra que demuestra que es tuya si la compraste en un concesionario o el contrato privado en caso de compra con un particular."[/I][/QUOTE]
Voy a repetir nuevamente algo que ya he escrito no sé dónde y más de una vez. Es bastante simple.
[B]En Francia todo remolque sobre 500 kg tiene por ley que tener papeles propios[/B], una inmatriculación (con todos sus datos técnicos) una placa propia (la misma para siempre) y un seguro.
[B]500 kilos...[/B]
Por lo tanto.
[B]- Obligatoriamente[/B] el vendedor tiene que disponer del certificado de inmatriculación (La llamada [I]"Carte grise"[/I]) y entregarlo con la mención manuscrita "Vendido, fecha, hora" firmado, y tarjado con dos líneas en diagonal. En las más recientes hay además un ángulo que cortar.
- Tiene que entregar un formulario que él ha completado, que se puede descargar de internet. Ahí certifica que el objeto de la compra no es parte de ninguna deuda o litigio. Se llama certificado de situación administrativa ([I]certificat de situation administrative dit "de non gage"[/I]), es válido un mes.
[B]- Un certificado de venta[/B]. Igual, por internet en dos copias. Un ejemplar para c/u. ([I]certificat de vente dit "de cession"[/I])
Esas tres cosas son obligatorias. Sin eso no puede haber venta. Es todo y es lo mismo para un coche. Y, repito, para todo [B]remolque de más de 500 kilos[/B]. Da la garantía de un origen perfectamente legal y reconocido. En toda Europa y el planeta. Y atención, no todos los países tienen el límite de los 500 kg, muchos empiezan en 750 kg. Es un poco problemático en la medida en que el origen es indeterminable. Para una compra y venta... [I]tiene sus ventajas y desventajas.[/I]
Después, con eso, se solicita un nuevo certificado de inmatriculación a nombre del comprador. En el caso de un extranjero no sé si es necesario.
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Pesan en ambos casos menos de 750 kg?? el Toyota obvio que no ademas de ser vehiculo autopropulsado, no remolque. De la caravana pues no lo sé, si pasa de 750kg y esta con matricula propia....
He vuelto a llamar y me remiten al R.D. 2822/1998 ariculo 26 apartado C, copio y pego:
"c) En los conjuntos de vehículos formados por automóvilesque arrastran remolques o semirremolques cuya [B][U]masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos[/U][/B],la tarjeta de inspección técnica del remolqueo semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspeccióntécnica del automóvil figurará que lleva instaladoun sistema de acoplamiento compatible con el del remolque,de acuerdo con la legislación vigente."
No especifica de que nacionalidad ha de ser la ficha tecnica, pero entiendo que ha de llevarla.
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Articulo 26 completo:
"Artículo 26. Documentación de los vehículos.
1. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:
a) El permiso de circulación o licencia de circulaciónen el caso de ciclomotores. El permiso de circulación podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que surtirá los mismos efectos.
b) La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.
c) En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos,la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.
2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas."
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Yo llamé a la DGT el lunes y me dieron a entender, que una vez la caravana en España habría que ir a ITV a sacar la ficha técnica verde. Qué con la carta grise como que no, pero no me lo aseguraron al 100%
Así que se puede o no se puede??
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[QUOTE=Hector74;2644822]Pesan en ambos casos menos de 750 kg?? el Toyota obvio que no ademas de ser vehiculo autopropulsado, no remolque. De la caravana pues no lo sé, si pasa de 750kg y esta con matricula propia....
He vuelto a llamar y me remiten al R.D. 2822/1998 ariculo 26 apartado C, copio y pego:
"c) En los conjuntos de vehículos formados por automóvilesque arrastran remolques o semirremolques cuya [B][U]masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos[/U][/B],la tarjeta de inspección técnica del remolqueo semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspeccióntécnica del automóvil figurará que lleva instaladoun sistema de acoplamiento compatible con el del remolque,de acuerdo con la legislación vigente."
No especifica de que nacionalidad ha de ser la ficha tecnica, pero entiendo que ha de llevarla.[/QUOTE]No lo especifica, pero es una ley española, hablando de papeles españoles y para España... Al revés, no habla para nada de papeles de otros países y para otros países
Yo creo que blanco y en botella...
Yo con eso en la guantera no tengo muchos argumentos frente a un policía
Saludos
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En todo caso hablamos de remolques de menos de 750 kg que no han de pasar ITV.
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[QUOTE=Hector74;2644844]En todo caso hablamos de remolques de menos de 750 kg que no han de pasar ITV.[/QUOTE]
Sí, la ficha técnica es la misma para todo tipo de remolques. Lo único que los de -750 kg. no pasan itv. Pero la ficha es la misma, incluso tiene sus casillas para los sellos de la ITV, pero no se utilizan.
La Diferencia entre +750 y -750 es el permiso de circulación.
Saludos
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Puedes circular con la documentación francesa (la legal que toque) durante seis meses, a partir de los seis meses se entiende que eres residente y tienes que hacerle papeles españoles: la TIT, como dices aquí:
[QUOTE=Hector74;2644822]...
He vuelto a llamar y me remiten al R.D. 2822/1998 ariculo 26 apartado C, copio y pego:
"c) En los conjuntos de vehículos formados por automóvilesque arrastran remolques o semirremolques cuya [B][U]masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos[/U][/B],[B][COLOR="#FF0000"]la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque [/COLOR][/B]y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque,de acuerdo con la legislación vigente."
No especifica de que nacionalidad ha de ser la ficha tecnica, pero entiendo que ha de llevarla.[/QUOTE]
Muy buen apunte el de la ley (¡del 98! que obliga a llevar TIT en todos los remolques y semiremolques, aunque pesen menos 750)
[url]https://www.todoexpertos.com/preguntas/7e9ao4elhgax88ph/se-puede-conducir-un-vehiculo-frances-en-espana[/url]
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A mi entender, un remolque de menos de 750 kg, ( ya sea de procedencia alemán, holandés o Español ) solo necesitaría la TIT y contrato de compraventa ( para especificar quien es el propietario) .
El agente en carretera te deberá pedir la TIT.
No siendo en principio ningún problema llevar una cv alemana si es menor 750kg
El agente por desconocimiento podrá denunciarte pero tb se podrá recurrir.
La información que doy es de primera mano.
Un saludo
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[QUOTE=Luisgsxr;2644871]A mi entender, un remolque de menos de 750 kg, ( ya sea de procedencia alemán, holandés o Español ) solo necesitaría la TIT y contrato de compraventa ( para especificar quien es el propietario) .
El agente en carretera te deberá pedir la TIT.
No siendo en principio ningún problema llevar una cv alemana si es menor 750kg
El agente por desconocimiento podrá denunciarte pero tb se podrá recurrir.
La información que doy es de primera mano.
Un saludo[/QUOTE]
Correcto. Siempre te pedirán la TIT Española. No cualquier otro papel extranjero que aquí no tiene validez.
Saludos
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No, lo que yo digo es q si puedes circular con TIT francesa o extranjera. ( remolques menor de 750k )
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1 Archivos adjunto(s)
[ATTACH=CONFIG]186258[/ATTACH]
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Hay pone que no tiene ficha técnica, y eso ya se sabe sin ficha multa.pero con ficha extranjera??[QUOTE=ferpoza;2644890][ATTACH=CONFIG]186258[/ATTACH][/QUOTE]
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Seis meses... seis meses con la extranjera y a partir de entonces, has de sacar la española.
[url]http://www.gestiautotramitaciones.net/matricular-coche-extranjero-en-espana-obligatorio/[/url]
También pasa al revés, si la llevas allí, tendrán que matricularla en el país destino.
[url]https://www.spaniards.es/foros/dudas-legales/que-hacer-con-un-coche-espanol-en-francia[/url]
Los enlaces son para coches, pero es extrapolable a las caravanas y en general a cualquier vehículo.
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[QUOTE=maky4x4;2644892]Hay pone que no tiene ficha técnica, y eso ya se sabe sin ficha multa.pero con ficha extranjera??
Enviado desde mi ONEPLUS A3003 mediante Tapatalk[/QUOTE]
Claro. Tener un papel que no vale para nada es igual a no tener "Ficha Técnica Legal".
Pero vamos, que a mí no me tenéis que convencer... yo tengo una Ficha técnica española fantástica para enseñar a la Guardia Civil cuando me lo requiera... y voy super-tranquilo.
Allá cada uno lo que prefiere llevar "a modo de documentación". Al que tendrá que convencer es al Policía de turno... Que le diga que yo leí en un foro, que si la abuela fuma... a ver si hay suerte...
Saludos
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[QUOTE=Luisgsxr;2644871]A mi entender, un remolque de menos de 750 kg, ( ya sea de procedencia alemán, holandés o Español ) solo necesitaría la TIT y contrato de compraventa ( para especificar quien es el propietario) .
El agente en carretera te deberá pedir la TIT.
No siendo en principio ningún problema llevar una cv alemana si es menor 750kg
El agente por desconocimiento podrá denunciarte pero tb se podrá recurrir.
La información que doy es de primera mano.
Un saludo[/QUOTE]
La tentación de no limitarte al mercado español y abrirte al francés, holandés o alemán, seguro que la hemos tenido muchos.
Si estuviera tan claro, ten por seguro que por nuestras carreteras circularian muchas más caravanas de segunda mano (o tercera o cuarta...) francesas, holandesas o alemanas que españolas. Es mi opinión.
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Yo todavía no tengo caravana, pero si es tentador el mercado frances, sobre todo por cercanía. Sacar la ficha técnica son muchos €??
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No se si hace falta darle tantas vueltas al asunto.
Yo vivo relativamente cerca de Andorra. Muchos que trabajan en este pais pero no tienen su nacionalidad compran vehiculos de segunda mano y circulan con matricula andorrana.
No hace mucho, la policia hizo una "redada" parando a todo vehiculo andorrano para pedir la documentación tanto del vehiculo como del conductor.
Aquel que circulaba con un vehiculo comprado hacia mas de 6 meses se llevó una multa y el advertimiento de que en españa no podia circular con documentación andorrana. Por Andorra sí que puede circular.
Lo sorprentedente, almenos a mi me sorprende, es que en el espacio schenguen, con libre circulacion de personas y capitales, esto no sea de otra manera.
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Libre circulación de personas y de mercancías, pero no de impuestos. Por eso son esas leyes de rematricular los vehículos.
En mi barrio hay una auto lituana que la tiene un vecino español. Un día Le pillaran, pero mientras tanto, allí sigue ya tres años
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De repente me pierdo un poco.
Ya expliqué más arriba que en Francia una caravana, un remolque, desde los [B]500 kg [/B]tiene que tener papeles (es mi caso por lo demás).
[I]Bien.[/I] Un ciudadano español compra una caravana de menos de 750 kg en Francia. Si ella tiene más de 500 kg tendrá obligatoriamente todos los papeles necesarios.
En España una caravana de esas características beneficia de una serie de condiciones sobre las que no me voy a extender. Y hasta el momento entiendo que puedes circular con ella sin problemas, ha sido confirmado.
Hay una duda sobre si hay un límite en el tiempo sobre la cosa. No olvidemos que es de menos de 750 kg.
Bien.
[B]La pregunta[/B] que me haría es entonces, [I]y en cualquier caso[/I], límites de tiempo o no... ¿Qué hay que hacer [U][B]en esas condiciones[/B][/U] precisas para cambiar los papeles franceses por españoles?
Una cierta lógica indica que debería ser una simple formalidad con un costo mínimo.