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Tema: Nuevas atribuciones carnet B

  1. #41
    Senior Member hablador Avatar de alexbalo
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    14 Jan, 10
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    Cita Iniciado por Carlos Ver mensaje
    Te estás confundiendo.

    En la última reforma del Reglamento General de Conductores del 2009, además de adaptar el citado reglamento a las diferentes modificaciones que se habían ido introduciendo como por ejemplo el carnet por puntos (2006) se introdujeron novedades, entre otras:


    e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:

    Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

    Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. (B96)

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2009-9481


    Pero el primer párrafo del apartado ha permanecido inalterable desde hace muchos años, décadas incluso.
    Perdona, inalterado no. Hay había otra norma que decia que conjuntos de vehículos hasta 3500kg y la tara del tractor mayor que la mma del remolque. Luego te la pego
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  2. #42
    Senior Member hablador Avatar de alexbalo
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    14 Jan, 10
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    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    Perdona, inalterado no. Hay había otra norma que decia que conjuntos de vehículos hasta 3500kg y la tara del tractor mayor que la mma del remolque. Luego te la pego
    Quería decir que ahí había otra norma, que es ésta y NO está vigente (que nadie se lie)


    Permiso
    [...]
    B: Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve.Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

    Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kilogramos y la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.

    [...]

    Ya no tiene sentido discutir si sí se puede o si no se puede, está caducado. De lo que iba al hilo es que las normas cambian para adaptarse y para lo que hoy es necesario un permiso mañana no lo es. Y viceversa.









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  3. #43
    Senior Member locuaz
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    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    Ah bueno ya entiendo, pero para mí eso no es una discriminación. El que lo haya necesitado y lo obtuviera también lo ha disfrutado durante este tiempo.

    Para mi discriminación sería que un francés lo pueda conducir y yo no cuando se supone que Europa nos obliga a todos.

    Lo otro es evolución.

    Para mí discriminación es que el conductor A pueda llevar un vehículo de 4000 kgs por estar catalogado como "ECOLóGICO y el conductor B esté limitado a 3500 por quemar gasolina.

    Si ambos tienen el mismo carnet B ambos han superado las mismas pruebas de aptitud ¿Dónde está la diferencia a la hora circular?

    Yo personalmente no lo veo.

    Otra cuestión es la regulación de los remolques que ya veremos como queda. Hablar sobre eso ahora es hacer suposiciones.

  4. #44
    Senior Member hablador Avatar de alexbalo
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    14 Jan, 10
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    Pero el conductor B puede conducir el vehículo eléctrico del conductor A ¿no? Y el conductor A también está limitado a 3500 con el vehículo del conductor B ¿no? . Discriminación es cuando dos personas semejantes no pueden hacer las mismas cosas.
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  5. #45
    MADRID hablador Avatar de muchabeer
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    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    No hasta la reforma del 2009.
    Yo creo que es de antes, no desde 2009...
    Club Los Indigentes

    Ssangyong Korando D22T Limited Automático + Caravelair Brasilia 440

  6. #46
    Senior Member hablador Avatar de Carlos
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    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    Quería decir que ahí había otra norma, que es ésta y NO está vigente (que nadie se lie)


    Permiso
    [...]
    B: Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve.Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

    Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kilogramos y la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.

    [...]

    Ya no tiene sentido discutir si sí se puede o si no se puede, está caducado. De lo que iba al hilo es que las normas cambian para adaptarse y para lo que hoy es necesario un permiso mañana no lo es. Y viceversa.


    Vale, de acuerdo, pero la primera norma ya estaba y no se ha modificado.

    Con lo que:

    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    Antes, si tenías una furgoneta no podías enganchar nada sin el B+E..
    No es correcto.

  7. #47
    Adict Member hablador Avatar de Aunolose
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    01 Jun, 05
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    El remolque de 750 kg se ha podido y se puede llevar desde siempre con cualquier carnet a partir del B (siempre que el tractor pudiera llevarlo)

    Como el B es toda una excepción en sí mismo, nos empeñamos en "que si 4250 kg con esto" "que si menos de 3500 con lo otro"... pero son ganas de arrimar el ascua a su sardina.

    De llevarse a cabo esta reforma, sería otra excepción más.


    A ver, que alguien me diga cuanto peso se puede llevar con el C1 ¿Quién dijo 7500 kg? ¿Alguien piensa que es así? Pues no, ahora vengo yo, que soy igual de listo que los demás, y digo que se pueden llevar 8250 kg... ¿Ah no? Claro que sí, si pongo un tractor de 7500 kg, que puedo llevar con el C1, y le engancho un remolque de 750 kg, que también puedo llevar ¿que tengo? 8250 kg

    ¿Cómo os quedáis? ¿Verdad que es una trampa que se ve a legua? Pues esa trampa es la que se hace la gente cuando dice que "siempre se han podido llevar 4250 kg..."

    Recomendación de cuñao:Olvidaos del remolque de 750 kg a la hora de calcular estas cosas, que solo os va a liar.

    Y esperemos a ver en qué queda la cosa.
    Cuanto más se aleja una ciencia de las matemáticas, menos tiene de ciencia.

    Ni en mi cartera ni en mi bragueta

  8. #48
    Senior Member hablador Avatar de alexbalo
    Fecha de ingreso
    14 Jan, 10
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    Cita Iniciado por Carlos Ver mensaje


    No es correcto.

    Sacar frases de contexto no vale, que yo estaba hablando de los permisos y los 4250kg donde me he referido a las furgonetas por estar su mma muy próxima a los 3500.

    Arriba están las dos definiciones del permiso B, léanse.
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  9. #49
    Senior Member hablador Avatar de Carlos
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    ¿Fuera de contexto?
    Yo continuo hablando de esto:

    Cita Iniciado por muchabeer Ver mensaje
    Con un vehículo de 3.500 kg de MMA, podías y puedes llevar un remolque de hasta 750 kg de MMA... Era y es, de momento, la excepción de MMA del conjunto de máx. 3.500 kg, siendo 4.250 kg...


    Enviado por burbujas de cerveza
    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    No hasta la reforma del 2009.
    Por ello te he puesto la norma y el enlace del BOE para hacerte ver que estás equivocado.

    Como al ponerme tú la misma norma, anterior a 2009 veo que lo has entendido, me retiro del hilo.

  10. #50
    Senior Member hablador Avatar de Tonimunoz
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    Alguna multa me comi a principios de los 90, furgoneta de 3.500kgs y remolque ligero. Solucion en aquel momento, rebajar el pma de la furgo a 2750

  11. #51
    Senior Member locuaz
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    Cita Iniciado por alexbalo Ver mensaje
    Pero el conductor B puede conducir el vehículo eléctrico del conductor A ¿no? Y el conductor A también está limitado a 3500 con el vehículo del conductor B ¿no? . Discriminación es cuando dos personas semejantes no pueden hacer las mismas cosas.
    Visto así es cierto lo que dices. No me lo había planteado de esa manera.

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