Cormoran, una vez más, como se nota que no habéis sacado ningún carnet superior para el transporte, es una de las trampas en el examen, (transporte: o pagas una licencia o no puedes transportar nada, si te pillan con un mueble o con cajas de frutas, etc, etc, en tu vehiculo o tu auto, te crugen)...... tu no puedes llevar mercancía, ni personas pagando en tu autocaravana, por lo que tu no tienes obligación de llevar un extintor, la ley no es para ti, digan lo que digan en esos hilos.... los vehículos destinados a llevar carga tienen licencia de transporte, furgones de más de 3.500 kg, camiones, trailers, etc.... (OJO), en la última revisión de la ley, ya las furgonetas y furgones de menos de 3.500 kg, que no lleven carga peligrosa, no tienen obligación tampoco de llevar extintor, aunque sean vehículos de carga.... y los que pueden llevar personas tienen licencia de taxi o de transporte de personas, taxis, VTCs, mini autocares, autocares.... como te pillen llevando a personas pagando, se te cae el pelo.
Pero vamos, seguir creyendo a los que vienen a vendernos extintores.