
Iniciado por
Cocodrilo feliz
He estado consultado información y me temo que estamos hablando de lo mismo, si bien de lo que he pretendido aportar no hay manera de aclararlo.
A la época a la que me he referido, una vez superada la oposición y con el resultado en el DOGC (¡qué más da que ahora sea "boletín"!) te destinaban a una de las varias academias de formación. Es evidente que con ponerte un tricornio en la cabeza y darte una pistola del 9 largo no te pueden destinar al servicio activo. Aquellos cursos duraban 3 meses y a partir de ahí, destino y trabajo como cualquier otro. En la actualidad hay una sola academia en Baeza, y el curso dura un año, más otro tiempo de destino activo como auxiliar... Ciertamente no es mucho lo que ha cambiado: Oposición, academia de formación y destino. Lo mismo que siempre pero con una sola academia y un año de formación en vez de 3 meses, más un tiempo de prácticas...
Pero la cuestión de fondo que he pretendido aclarar porque alguien sembró dudas, es la misma: El periodo entre superar la oposición y la conclusión de ese año de formación ¿qué es a efectos del Estado ese ciudadano o ciudadana? Nadie, con perdón de los que están detrás de la cortina para malmeter, me ha podido rebatir que en este caso es un funcionario del Estado, guardia civil. Pero esto parece tan elemental, que en este foro y en otras tertulias de los medios informativos, se le denomina guardia civil y se cuestiona si debe o no debe percibir estando en la cárcel su sueldo como tal. Y más fácil: Si tiene un sueldo del Estado y resulta que no es guardia civil... ¿a título de qué se lo pagan? Por favor, menos retórica y contesten a esta sencilla pregunta.
Tampoco hay que confundir los tiempos pretéritos con los actuales. La GC siempre fue un cuerpo militar; y la PA nunca. Otra cosa es que, dada la importancia estratégica en su despliegue por el territorio nacional, los mandos fueron mayormente oficiales y jefes procedentes de las escalas militares, todos de probada lealtad a Franco. En la GC se podía ir ascendiendo desde la escala de guardias y cabos, a suboficiales, e incluso a oficiales. Difícilmente se alcanzaba el grado de comandante. No había generales. ¿Por qué? Hay que haber vivido la Dictadura para entenderlo: El control de la GC para Franco era vital, así que todos sus mandos a partir de la escala de jefes (comandante. teniente coronel y coronel) eran del Ejército. Ni siquiera cuando allá por 1952 de creó la academia de mandos de la GC, podían hacer cursos de Estado Mayor... Los primeros oficiales de la GC hacían dos años en la Academia General Militar de Zaragoza y otros dos en la especial de la GC. Rozando el año 1960 es cuando ya aparecen los primeros oficiales de academia, siempre taponados por los mandos del Ejército. Según fueron corriendo los escalafones fueron ascendiendo pero tardaron cierto tiempo (lógicamente) en llegar a coroneles, y una vez ahí, esperar a que fuesen designados por una especie de junta, generales...
He visto que se incurre de nuevo en el error de confundir una condena penal con civil... y ya de rebote, resulta que quien tiene la potestad de "meterle un puro" es su inmediato jefe... Pues no lo entiendo: Porque, si estamos queriendo demostrar que no es GC ¿a qué "inmediato jefe" nos estamos refiriendo? De nuevo... queriendo decir una cosa estamos reafirmando la contraria: El tipo en cuestión sí es un guardia civil, y ha sido juzgado y condenado (ni por lo Civil ni por lo Militar) por lo Penal, ya que está probado que ha cometido un delito.