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Astur
01/12/2009, 12:57
He mandado más correos a otras DGT de España cuando tenga las respuestas, os las pondré
Saludos

Aunolose
01/12/2009, 13:00
¿alguien tiene que renovar el carnet dentro de poco?

Aunque con los dibujitos lo tendremos también difícil, pero esa sería una manera de saberlo, sin arriesgarse. No creo que el 9 de diciembre ya esté todo superado, pero para enero digo yo que si.
Así que vuelvo a preguntar, ¿alguien tiene que renovar el carnet en Enero?

Claro que esto supone esperar aún más...

jsscarnerero
01/12/2009, 13:21
Compañeros,
me acaba de contestar el Jefe de Negociado de Conductores de la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante

En contestación a su pregunta, le informo que, consultado el R.D. 818/2009, de 08 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, que entra en vigor el 08 de diciembre, efectivamente para conducir un conjunto formado por vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kgs., en caso que el conjunto formado no exceda de 3.500 kgs. no será necesario superar ninguna prueba.

Solo en caso de que el conjunto formado sea superior a 3.500 kg. sin superar los 4.250 kg. se necesitará una autorización especial y será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos. Según el nuevo Reglamento, esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación que se establecerá por Orden del Ministro del Interior (No está determinado todavía).

Sin otro particular, y esperando haberle resuelto sus dudas, reciba un cordial saludo.
José Escudero Nohales
Jefe de Negociado de Conductores.

Pues este mismo señor le respondio por email a Algorfa que seria automatico, no se aclaran ni ellos...., mal rollo....

el jardinero
01/12/2009, 13:34
Me estoy imaginando a los de la DGT llamándose unos a otros y diciendo: "Oye!! Entra en Webcampista.com que te vas a echar unas risas!! Estos pobres llevan casi seis meses haciendo quinielas y cada vez es más desternillante!! Jua, jua!!"

Yo también tengo ganas de que todo se aclare pero hasta que no llegue el día, todo son cábalas.

Astur
01/12/2009, 13:35
Pues este mismo señor le respondio por email a Algorfa que seria automatico, no se aclaran ni ellos...., mal rollo....

Esta consulta la hice después de ver los correos entre Algorfa y la DGT, y perdonad pero yo veo tan claro que hace falta prueba, que le mandé el famoso extracto del articulado, y esta es la respuesta que dio hoy.
Igualmente he mandado el mismo correo a otras DGT
A ver qué contestan

Axtrox
01/12/2009, 14:43
¿alguien tiene que renovar el carnet dentro de poco?

Aunque con los dibujitos lo tendremos también difícil, pero esa sería una manera de saberlo, sin arriesgarse. No creo que el 9 de diciembre ya esté todo superado, pero para enero digo yo que si.
Así que vuelvo a preguntar, ¿alguien tiene que renovar el carnet en Enero?

Claro que esto supone esperar aún más...

El 12/12 lo renueva mi mujer.
Os mantendré informados.

jsscarnerero
01/12/2009, 15:34
Yo acabo de elevar la consulta al ministerio del interior, creo que son los que tienen la ultmima palabra.

No se si obtendre respuesta, pero por intentarlo.

Os invito a que tambien la hagais en estafeta@mir.es haber si entre todos conseguimos, que sea como sea, al menos lo aclaren definitivamente.

Saludos.

pplu
01/12/2009, 15:57
Hola.

Hoy he estado en una autoescuela de aquí en Zaragoza, les he preguntado y me han dicho que va a ser como el carnet de moto, efectivo hasta 4250kgs para todo vehículo que vaya con remolque y carnet B convencional hasta ahora.

Un saludico.

polilla64
01/12/2009, 17:15
Pues yo lo estoy viendo todo muy claro, no se vosotros, lo veo tan tan claro que veo que nadie se aclara y que nadie tiene n.p.i, el caso es que entrara en vigor y nadie sabrá por donde coger esta nueva normativa, ni funcionarios, ni agentes ni usuarios....

luisete
01/12/2009, 19:45
al final , nos van a hacer sacar el de autobus y mercancias peligrosas por pesaos. vamos a dejar correr el agua que estos al final van a ver demanda y son capaces de sacar tajada. a esperar y ya veremos.

jsscarnerero
01/12/2009, 20:47
al final , nos van a hacer sacar el de autobus y mercancias peligrosas por pesaos. vamos a dejar correr el agua que estos al final van a ver demanda y son capaces de sacar tajada. a esperar y ya veremos.

Pues puede que lleves razon, venga ha esperar tocan.......

TOMI
03/12/2009, 16:20
esta misma mañana me han informado en la DGT, que lo que hasta ahora con el permiso B (osease los 3.500) ahora seran 4250, y no hay que pasar ninguna prueba ni nada, otra cosa sera el que quiera sacarse el permiso E, pero para que nos entendamos el que tiene un todo terreno de pma 24ookgs y una caravna de pma 1300 KGS, A FECHA DE HOY NECESITA EL B+E, A PARTIR DE LA SEMANA QUE VIENE SOLO EL "B". UN SALUDO

Astur
03/12/2009, 17:46
...que sea lo que dios quiera

vivarus
03/12/2009, 19:52
...que sea lo que dios quiera

amen

...............................................................


Alea jacta est ¡¡¡¡¡¡

jsscarnerero
03/12/2009, 22:19
esta misma mañana me han informado en la DGT, que lo que hasta ahora con el permiso B (osease los 3.500) ahora seran 4250, y no hay que pasar ninguna prueba ni nada, otra cosa sera el que quiera sacarse el permiso E, pero para que nos entendamos el que tiene un todo terreno de pma 24ookgs y una caravna de pma 1300 KGS, A FECHA DE HOY NECESITA EL B+E, A PARTIR DE LA SEMANA QUE VIENE SOLO EL "B". UN SALUDO

Podrias precisar como has conseguido esa informacion, me refiero a si es por telefono, por email, de forma presencial y si es posible si es en una delegacion provincial o en la DGT de Madrid, de una aministrativo de un jefe de negociado, etc.....

Simplemente es por valorar lo cierta que puede ser la informacion, y que conste que no dudo ni un momento de ti, pero ya hemos preguntado en varias DGT provinciales y las respuesta han sido diferentes, incluso en la misma delegacion y respondiendo la misma persona ha respondido a dos email de forma opuesta.
Gracias.

Axtrox
03/12/2009, 23:44
La próxima semana sobre el 11 o el 12 de Diciembre,voy a ir con Gloria a renovar su permiso,les diré que tienen que reflejar en el nuevo carnet la autorización a llevar conjuntos de hasta 4250kg con el B, y no 3500kg como venia siendo.
A ver que dicen...
Yo creo que entonces tendremos la verdad,por que de lo que hay hasta ahora,seré muy pesimista, pero sigo leyendo que tenemos que pasar unas pruebas de aptitud.

ALGORFA
03/12/2009, 23:46
La próxima semana sobre el 11 o el 12 de Diciembre,voy a ir con Gloria a renovar su permiso,les diré que tienen que reflejar en el nuevo carnet la autorización a llevar conjuntos de hasta 4250kg con el B, y no 3500kg como venia siendo.
A ver que dicen...


Ya tienes ganas de pelearte con to la DGT ¡¡¡



jejejeje

Axtrox
03/12/2009, 23:51
Ya tienes ganas de pelearte con to la DGT ¡¡¡



jejejeje

Pues si,llevare el Boe y todo lo que pueda recopilar...
Jeje...Igual se lía parda

Axtrox
04/12/2009, 14:54
No podía resistir y les he llamado,explicando mi situacion...


-¿Cuando aplicaran el nuevo reglamento?
El nuevo reglamento lo aplicamos a partir del 9/12/2009

-¿Podre conducir un conjunto de mas de 3.500kg y menos de 4250kg?
NO,...:cry: tiene usted que hacer unas pruebas...

-¿Que tipo de pruebas?
Unas pruebas de circuito cerrado y de circulacion.Usted realiza las pruebas y una vez las supere le ponemos un numerito en el carnet,ese numerito le autoriza a llevar un conjunto de mas de 3.500kg y hasta 4250kg.

-¿Estas pruebas tienen que ver con el carnet E?
NO...son otro tipo de pruebas.

A mi me a parecido que en todo momento sabía de lo que estaba hablando.

Astur
04/12/2009, 18:21
A mí me han vuelto a contestar, esta vez
Belén Santamaría Maeso
Jefe de Servicio de Formación y Seguridad Vial
Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante

por la pregunta que le hice a
José Escudero Nohales
Jefe de Negociado de Conductores
Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante

y contestan lo mismo. Hace falta prueba . Esta es la contestación:

Buenos días,

El articulado que ha extraído del Reglamento General de Conductores que entrará en vigor el 08-12-09 es el adecuado para la pregunta que formula. Tal como recoge, para llevar el vehículo que indica se precisa superar las correspondientes pruebas, aunque sea actualmente titular de un permiso de la clase B, no encontrándose excepciones a este principio general ni en el art. 54 (exenciones) ni en las disposiciones adicionales.

Belén Santamaría Maeso
Jefe de Servicio de Formación y Seguridad Vial
Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante


Ahora solo nos queda rezar...
...y esperar a ver si sacan un "indulto" o algo así para quien tenga el "B" con cierta antigüedad.
..me gustaría creer

Saludos

Astur
04/12/2009, 18:25
...y según lo que le han contestado a Axtrox, pues pondrán un número igual que ponen cuando alguien utiliza gafas, audífono, mandos adaptados, etc
Saludos

Axtrox
04/12/2009, 19:05
Pues ya puestos voy a ir un poco mas alla...
Hay una autoescuela aquí, al lado de casa,esta tarde pregunto por las pruebas.

jsscarnerero
04/12/2009, 22:34
No podía resistir y les he llamado,explicando mi situacion...


-¿Cuando aplicaran el nuevo reglamento?
El nuevo reglamento lo aplicamos a partir del 9/12/2009

-¿Podre conducir un conjunto de mas de 3.500kg y menos de 4250kg?
NO,...:cry: tiene usted que hacer unas pruebas...

-¿Que tipo de pruebas?
Unas pruebas de circuito cerrado y de circulacion.Usted realiza las pruebas y una vez las supere le ponemos un numerito en el carnet,ese numerito le autoriza a llevar un conjunto de mas de 3.500kg y hasta 4250kg.

-¿Estas pruebas tienen que ver con el carnet E?
NO...son otro tipo de pruebas.

A mi me a parecido que en todo momento sabía de lo que estaba hablando.

Esa posibilidad, la del numerito en el carnet, ya la habia pensado yo...
Por eso me revise de nuevo toda la normativa publicada en el BOE, tambien estan todos los numeritos que te pueden poner en el carnet.
Pues bien...., yo no encuentro ningun numero para señalar esta cuestion.
Creo que se han lucido, esto no se aclara .... ahhhh !!!

Axtrox
04/12/2009, 23:54
Esa posibilidad, la del numerito en el carnet, ya la habia pensado yo...
Por eso me revise de nuevo toda la normativa publicada en el BOE, tambien estan todos los numeritos que te pueden poner en el carnet.
Pues bien...., yo no encuentro ningun numero para señalar esta cuestion.
Creo que se han lucido, esto no se aclara .... ahhhh !!!

Pues no...no se aclaran!!

Llego a la autoescuela y les pregunto por las pruebas de aptitud para poder llevar un conjunto mayor de 3.500kg y menos de 4250kg y me dicen que no hay pruebas que a partir del 9/12 podre llevar un conjunto de mas de 3.500kg y hasta 4250kg.

Yo les digo que en trafico me han hablado de estas pruebas.
Revisan TODA la documentación que tienen al respecto, e insisten en que NO...No necesito pasar ninguna prueba,que automaticamente con el B se podrá conducir un conjunto de mas de 3500kg y menso de 4250kg.

Yo insisto...,en trafico me dicen que tengo que superar unas pruebas que nada tienen que ver con el "E"

En la Autoescuela han quedado en hablar con el Jefatura de tráfico de Valladolid y llamarme para darme una respuesta definitiva.

A quien hacemos caso?
Menudo follón!!.

Astur
05/12/2009, 00:03
pa volvese loco

jsscarnerero
05/12/2009, 01:51
Yo cada vez estoy mas convencido que no hace falta nada....

Me explico.....,

En el apartado del BOE que dice que vehiculos se pueden conducir en con el carnet B dice directamente un remolque no ligero y que las sumas de los MMA no supere los 4250 kg, en ningun momento habla de los 3500 (insisto, en este apartado)

Y donde habla de las pruebas, buscando bastante mas arriba, el parrafo (creo que el 3) se titula algo asi como "pruebas para expedicion de permisos" por lo que entiendo que no es para mi, porque el mio ya esta expedidooooooo....
Pero al final hablar por no callar..... haber si se aclaran.

FamiliaChe
05/12/2009, 13:44
Está muy bien opinar e interpretar el BOE, porque todo ello nos permite argumentar lo que deseamos que así sea.

Ahora bien, habida cuenta de las fechas en la que nos encontramos, es obvio, que lo mejor será esperar al miércoles.

Y entonces insistir en que lo aclaren y ratifiquen de forma que no tengamos tantas dudas

peonza
05/12/2009, 17:13
Es curiosos hoy sábado no se sabe como será el día 8, y las oficinas de tráfico cerradas, mañana domingo las oficinas de tráfico cerradas, el lunes las oficinas de tráfico cerradas y el martes con las oficinas de tráfico cerradas todavía no se sabe como se regula una ley que ese día martes ya está en vigor ¡¡¡INCREIBLE!!!

ALGORFA
05/12/2009, 20:25
Os propongo redactar un escrito común por todos y enviarlo el jueves cada uno a su respectiva DGT provincial. ¿Que os parece la idea?.

pplu
05/12/2009, 20:34
Además de la autoescuela, tengo un amigo el cual se esta sacando la oposición de policia local, estos, estan estudiando ya modificado el nuevo libro de circulación, con las nuevas normas. En el no refleja nada de diferencia de carnet en los B, solo que se denominan en este nuevo libro como 3500kgs, y 4250 si hay conjunto de vehículo con remolque.

Desde luego todo son dudas, pero hay una cosa clara, si la norma tuviera cambios significativos, seguro que estaban al tanto en las delegaciones diferentes de la DGT, más que nada porque les interesa saber en caso de cambios, como tienen que actuar.

Un saludico.

Sebas_BCN
06/12/2009, 00:11
he leido el reglamento y lo dice claro Anexo V

Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7.

I) Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar (en línea, oblicuo o perpendicular), utilizando las marchas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.

M) Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.
Esta maniobra debe comenzar con el vehículo tractor y su remolque uno al lado del otro (es decir, no en línea).

DavidItaca
06/12/2009, 02:04
Menuda fiesta.
Pero ya queda menos.

Yo apuesto por no tener que hacer nada. Me parece más lógico. Los tiempos han cambiado y los coches son más potentes y pesados, lo mismo que las cv, así que es normal que se amplíe el margen.

Pero, claro, la lógica es una cosa que suele existir en la administración pública.

profemoto
06/12/2009, 04:24
Bueno la que tenemos montada,me juego una caja de cerveza en la proxima wecampada a que si podemos llevar los 4250 kgr,os explico,l Disposición transitoria primera. Equivalencia de permisos y licencias de conducción
expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 772/1997, de 30 de
mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme al modelo regulado
en la normativa anterior al Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo
válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que expire su período de
vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por los modelos regulados en el presente
reglamento. La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de
vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia
de conducción en el nuevo modelo.2. Los permisos y las licencias de conducción a que se refiere el apartado 1 anterior,
equivaldrán:
a) El permiso de la clase A1, al de la clase A1, si bien autorizará a conducir motocicletas
sin sidecar de hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no
superior a 0,11 kW/kg.
b) El permiso de la clase A2, al de la clase A.
c) El permiso de la clase B1, al de la clase B.
d) El permiso de la clase B2, al de la clase BTP.
e) El permiso de la clase C1 que autoriza a conducir camiones de masa máxima
autorizada no superior a 7500 kg, al de la clase C1.
f) El permiso de la clase C1 que autoriza a conducir turismos y camiones de masa
máxima autorizada superior a 7.500 kg y que no excedan de 16.000 kg, al de la clase C.
g) El permiso de la clase C2, a los de las clases C y C + E.
h) El permiso de las clases C2 y C2 complementado con el de la clase E implicarán
el de la clase D + E para los conductores que estén en posesión del de la clase D.
i) El permiso de la clase B1 complementado con el de la clase E, al de la clase B + E.
j) El permiso de la clase B2 complementado con el de la clase E, al de las clases B +
E y BTP.
k) El permiso de la clase C1 complementado con el de la clase E que autoriza a conducir
turismos y camiones de hasta 7.500 kg de masa máxima autorizada con un remolque
enganchado de más de 750 kg de masa máxima autorizada, al de la clase C1 + E.
l) El permiso de la clase C1, que autoriza a conducir camiones de hasta 16.000 kg de
masa máxima autorizada complementado con el de la clase E, al de la clase C + E.
m) El permiso de la clase B1 (TA) que autoriza a conducir tractores y maquinaria agrícola
automotriz, a la licencia de conducción que autoriza a conducir vehículos especiales agrícolas
autopropulsados, aunque su masa o dimensiones máximas autorizadas excedan de los límites
establecidos para los vehículos ordinarios en las normas reguladoras de los vehículos.
n) La licencia de conducción de ciclomotores, al permiso de conducción de la clase AM
y a las licencias que autorizan a conducir vehículos para personas de movilidad reducida y
vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos cuya masa o dimensiones
máximas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios en las normas
reguladoras de los vehículos o aunque su velocidad máxima por construcción sea superior
a 45 km/h.Por lo tanto todos los que hemos obtenido el B1 antes de este nuevo Reglamento tendemos obtenido el B nuevo (4250 kgr)segun la disposicion transitoria publicada en este BOE

MIGUELPEDRO
06/12/2009, 10:35
Pregunto, si no es necesaria la prueba ¿porque sigue existiendo el B+E?
Si la prueba de aptitud es para la expedición de los permisos ¿porque tengo que pasar la prueba si a mi ya se me expidió el permiso?
Porque cuando habla de las caracteristicas de los permisos, al referirse al B mas remolque dice "para conducir" un vehículo ....
¿porque hice una consulta vinculante hace dos meses a la DGT de Madrid a traves del 060 y no me han contestado todavia?
¿porque en este país, llamado España, somos capaces de hacer las cosas así, todo a ultima hora e improvisando?
¿porque los Gc de Tráfico, tampoco saben nada al respecto?
Jamás he visto un Reglamento con tantas contradicciones... y creo que van a ver muchos contenciosos; pero, tiempo al tiempo.
!!!!!Parezco mi hijo con tantos porquesssssssssssssssssssssss¡¡¡¡¡
Pero, la mejor solución, coger nuestros elementos, y cuando veamos una pareja de la GC decirle que llevamos mas de 3500 kg y que nos lleven a la bascula..... A ver que ocurre. Oye, admito valientes y voluntarios.:)

jsscarnerero
06/12/2009, 13:07
Pregunto, si no es necesaria la prueba ¿porque sigue existiendo el B+E?
Si la prueba de aptitud es para la expedición de los permisos ¿porque tengo que pasar la prueba si a mi ya se me expidió el permiso?
Porque cuando habla de las caracteristicas de los permisos, al referirse al B mas remolque dice "para conducir" un vehículo ....
¿porque hice una consulta vinculante hace dos meses a la DGT de Madrid a traves del 060 y no me han contestado todavia?
¿porque en este país, llamado España, somos capaces de hacer las cosas así, todo a ultima hora e improvisando?
¿porque los Gc de Tráfico, tampoco saben nada al respecto?
Jamás he visto un Reglamento con tantas contradicciones... y creo que van a ver muchos contenciosos; pero, tiempo al tiempo.
!!!!!Parezco mi hijo con tantos porquesssssssssssssssssssssss¡¡¡¡¡
Pero, la mejor solución, coger nuestros elementos, y cuando veamos una pareja de la GC decirle que llevamos mas de 3500 kg y que nos lleven a la bascula..... A ver que ocurre. Oye, admito valientes y voluntarios.:)

No es necesaria la bascula, con las dos fichas tecnicas es suficiente, si la suma de MMA,s pasa de 3500 (en mi caso 3505) pues ha rezar.
Lo que mas miedo me da, es que pienso que ni el dia 9 se aclarara y entonces si que estaremos jodidos, sobre todo por los temas de seguros (si en un siniestro se demestra que no tienes carnet para conducir el vehiculo en cuestion, como seria el caso), porque al final las multas son lo de menos.
Saludos.

Astur
06/12/2009, 19:22
Profemoto, creo que estás liando las cosas.
Con el B siempre se ha podido llevar 4250 y se seguirá pudiendo, siempre que el vehículo tractor tenga una MMA de 3500 (que te autoriza el B) y lleves un remolque de MMA 750 (ya que al no superar los 750 kg, no te exigen ni E ni nada y se puede llevar con el B)

La cuestión es: si se va a poder llevar un remolque de MMA superior a 750 kg, cuando la suma de la MMA del vehiculo tractor y la MMA del remolque suman más de 3500 kg pero no superan los 4250 kg

Esa es la cuestión

profemoto
06/12/2009, 22:21
Profemoto, creo que estás liando las cosas.
Con el B siempre se ha podido llevar 4250 y se seguirá pudiendo, siempre que el vehículo tractor tenga una MMA de 3500 (que te autoriza el B) y lleves un remolque de MMA 750 (ya que al no superar los 750 kg, no te exigen ni E ni nada y se puede llevar con el B)

La cuestión es: si se va a poder llevar un remolque de MMA superior a 750 kg, cuando la suma de la MMA del vehiculo tractor y la MMA del remolque suman más de 3500 kg pero no superan los 4250 kg

Esa es la cuestión
Te contesto con el nuevo reglamento:Permiso B Vehículos
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.Por lo tanto con el nuevo B se puede conducir un vehiculo con remolque de mas de 750KGR siempre que la suma de los dos no supere los 4250kgr de mma,todos los que tenemos el B antiguo estamos autorizados a los 4250kgr del actual y la prueva o curso es para todos los que lo obtengan a partir de la entrada en vigor de este rreglamento,un ejemplo,los permiso de motocicletas (A)antiguos,al cambio de reglamento no le limitan la cilindrada a 500cc y 34 kw obtienen automaticamente el A sin limite de cilindrada y si tienen mas de dos años de posesion del A no tienen limitacion de potencia

Astur
06/12/2009, 22:40
Te contesto con el nuevo reglamento:Permiso B Vehículos
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.Por lo tanto con el nuevo B se puede conducir un vehiculo con remolque de mas de 750KGR siempre que la suma de los dos no supere los 4250kgr de mma,todos los que tenemos el B antiguo estamos autorizados a los 4250kgr del actual y la prueva o curso es para todos los que lo obtengan a partir de la entrada en vigor de este rreglamento,un ejemplo,los permiso de motocicletas (A)antiguos,al cambio de reglamento no le limitan la cilindrada a 500cc y 34 kw obtienen automaticamente el A sin limite de cilindrada y si tienen mas de dos años de posesion del A no tienen limitacion de potencia


Vamos a ver.
Por supuesto, yo tengo el "A" y puedo conducir una moto de cualquier cilindrada, ¿cómo me van a decir ahora que no puedo llevar más de 500cc ? como dices tú en tu ejemplo.
Eso no lo pueden hacer nunca.
Hay algo que se llama Irretroactividad en las leyes, y eso supone que una ley solo se puede aplicar retroactivamente para favorecerte, no para perjudicarte unos derechos adquiridos
Saludos

Astur
06/12/2009, 22:51
...

mikicastell
06/12/2009, 23:02
:drunken: El miércoles, el miércoles tendréis la resolución,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, o el desconcierto, ki lo sa ???????????????

Astur
06/12/2009, 23:05
crucemos los dedos
...de los pies

peonza
07/12/2009, 01:26
¿Cómo es que la aclaración puede venir el día 9 cuando el reglamento empieza el día 8?
No lo entiendo hay una improvisación en este tema increible, esas decisiones en una u otra linea deven estar claras el día que se publica en el BOE

profemoto
07/12/2009, 02:54
Perdona Astur no te digo que no puedas,pero a los que lo obtengan a partir de ahora el permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.( Perdona por lo de 500cc pero como mucha gente asocia cilindrada con potencia aunque los que montamos en moto sabemos que no es asi)la limitacion de potencia no nos afecta.Bueno ya la he liado mas,si no tenias bastante con el B ahora nos liamos con el A y el A2,a este paso hacemos una porra.

cote
07/12/2009, 03:57
Yo no estoy por dar la solucion a esto francamente por que no la se pero creo que ganariamos mas uniendonos mediante las asociaciones foros y demas y recojer firmas hacer un escrito o algo por que en verdad teneis razon pero de poco vale comentarlo en el foro esto es como lo de los puntos se supone que al que no le quitan puntos es un buen conductor ejemplo mi madre tiene 74 años solo a conducido 2 y eso en el año 74 al 75 desde entonces ni una multa ni un golpe ni un punto le han quitado "que buena conductora" y como este caso hay miles y todos lo sabemos a que no es justo no quiero ni pensar si conductores como mi madre se echaran a la carretera todos el mismo dia joooooooooooder que lio pero la ley dice que pueden que bonito deberiamos estar mas unidos ante estas cosas yo el primero es mi opinion

FamiliaChe
07/12/2009, 23:25
La teoría esta clara ...

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos

q coones quiere decir lo que he subrrayado, he ahí el kit de la cuestión

El miércoles seguiremos igual o alguien de la DGT será capaz de aclararlo

jsscarnerero
09/12/2009, 00:45
Bueno... y mañana que hacemos, salimos ( yo con 3505 kg) o esperamos noticias.....
Saludos.

Roller Princess 495CP
09/12/2009, 01:29
Hola a todos:

Soy nuevo en el foro y en el mundo campista. He seguido este hilo desde el pricipio ya que en mi caso tengo una Roller Princess 495CP com MMA 1200kg y un grand cherokee con MMA 2500kg.

Yo por mi parte he realizado algunas gestiones (en con creto la semana pasada) en varias autoescuelas de Madrid y en todas me han dicho lo mismo, que a partir de ahora se puede llevar con el B un remolque de mas de 750kg si las MMA del coche y el remolque no superan los 4250kg y que no se precisa de ninguna prueba adicional.

Como no me fiaba he preguntado a un conocido que es Guardia Civil de Tráfico y me ha dicho lo mismo.

Y como seguía sin creermelo llamé a la Dirección provincial de tráfico de Madrid y me confirmaron lo mismo.

Peroooo.... sigo sin creermelo.

¿por que no haceis alguno de vosotros la gestión de llamar a la dirección provincial de trafico de vuestra zona a ver si se va confirmando el tema?

Un saludo.

Joelsa
09/12/2009, 03:51
Estas son las diferencias:

ANTES,

B
Edad mínima para obtenerlo: 18 años
Habilita la conducción por la vía pública de:

Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).lll
Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg
Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750 kg de m.m.a) siempre que:
-La m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg y, -La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado. AHORA,


El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.(Esto último parece que hace referencia a las pruebas a realizar, la de estacionamiento y la de acople, para validar el B hasta 4250 en la opcion conjunto de vehiculos)

La diferencia es que antes había una limitación de 3500 siempre, con remolque de 750 o superior, y ahora la limitación de 3500 es únicamente para el vehiculo tractor y se le permite remolcar hasta 750 ( 3500 + 750 =4250) y cuando el remolque sea superior de 750 y la suma de las MMA de los vehiculos maximo 4250 también.

El B+E tiene unos PMA superiores (3500 + 3500) por eso las pruebas de examen son mas a parte del estacionamiento y acople, hay marcha atras en curva, aproximación al muelle, detenerse en cambio de rasante etc...)

Roller Princess 495CP
09/12/2009, 11:39
Hola Joelsa:

La cosa está clara, ahora el B permite remolcar hasta 750 ( 3500 + 750 =4250) y cuando el remolque sea superior de 750 y la suma de las MMA de los vehiculos maximo 4250 también.

Pero la cuestión es ¿hay que hacer alguna prueba adicional para que te autoricen de los 3500 de antes a los 4250 de ahora?

Según el reglamento parece que si pero por ahora las respuesta que yo he obtenido en las autoescuelas y en la dirección provincial de tráfico es que no, pero me gustaría poder confirmarlo por mas gente.

Un saludo

Astur
09/12/2009, 11:55
En Gijón a los Policias Locales, anteayer, les han informado que hace falta prueba.

Axtrox
09/12/2009, 12:45
En Gijón a los Policias Locales, anteayer, les han informado que hace falta prueba.

El problema no es ese,el problema es que en las autoescuelas no saben que pruebas tenemos que realizar,no tienen constancia de ninguna prueba de aptitud.

Mañana voy a tráfico a renovar el permiso de Gloria,ya os contare.

Vaya follón!!

Roller Princess 495CP
09/12/2009, 13:39
Ya te digo que si es follón.

Espero tus noticias, a ver que te dicen en tráfico, ya te digo que a mi me dijeron que no hacía falta ninguna prueba.

Lo mejor de todo es que han tenido 6 meses para preparar lo que hiciese falta (trafico, autoescuelas, agentes de la autoridad...) y resulta que ayer entra en vigor el nuevo reglamento de conductores y nadie tiene ni idea. Vamos lo normal.

Un saludo.

jsscarnerero
09/12/2009, 13:45
Yo acabo de llamar a la Jefatura de Logroño y en principio me dicen que no hace falta nada que se puede llegar hasta los 4240 kg. sin mas.
Cuando le digo que si me lo darian por escrito, sigue revisando el BOE y me dicen " Ahhh!!! aqui dice algo de una autorizacion y unas pruebas, puede llamar mas tarde..."
No me lo puedo creer...., pero llamare otra vez, claro que llamo... y el viernes que tengo que ir a transferir la caravana no me vengo sin algo claro.
Saludos.

jsscarnerero
09/12/2009, 14:34
Yo acabo de llamar a la Jefatura de Logroño y en principio me dicen que no hace falta nada que se puede llegar hasta los 4240 kg. sin mas.
Cuando le digo que si me lo darian por escrito, sigue revisando el BOE y me dicen " Ahhh!!! aqui dice algo de una autorizacion y unas pruebas, puede llamar mas tarde..."
No me lo puedo creer...., pero llamare otra vez, claro que llamo... y el viernes que tengo que ir a transferir la caravana no me vengo sin algo claro.
Saludos.

Perdon, queria decir 4250 kg.....

el jardinero
09/12/2009, 15:08
Hace tres minutos acabo de preguntar en la jefatura provincial de vizcaya y me han dicho que las pruebas son necesarias para TODOS. O sea, para los que se saquen el carné B nuevo e incluso para los que ya lo tenemos. Pruebas que se deberán hacer en circuito cerrado para lo cual habrá que dirigirse a las autoescuelas. Eso sí, la mujer que me ha atendido sí reconoce que lay está muy verde aún (le zumba el mango que después de seis meses te digan que la ley esta "verde") con lo que me recomendaba que me pasara por la autoescuela tras las fiestas ya que desde la jefatura de Madrid sí les han dicho lo de las pruebas pero problamente no lo sepan en las autoescuelas.
Lo que también me ha dicho es que una vez superadas esas pruebas, se hará una renovación inmediata del carne indicando en el apartado de observaciones mediante una numeración la superación de las susodichas pruebas.
Mi gozo en un pozo :cry:. Aunque todo el mundo se puede equivocar y dado el caso creo que hay más de uno que se agarraría a un clavo ardiendo con tal de que hubiera una convalidación de la ley para los que tenemos el B.

el jardinero
09/12/2009, 15:16
Aún así, creo que voy a esperar a que me aclaren en la autoescuela lo de esas pruebas ya que, sí o sí, voy a poner una hoja de reclamación. Las autoescuelas seguro que sabían de la existencia de tal ley desde su publicación en el BOE. Y a mi me animaron a sacar el E omitiendo por completo la futura aplicación de tal ley y lo que ello conllevaría.
Esas pruebas que supuestamente hemos de pasar, según la Jefatura de Tráfico, solo son en circuito cerrado y estoy convencido que para nada tendrán nada que ver con los tres examenes que debes cumplir para sacarte el E: teórica, maniobras y práctica.
Por mi parte hubiera esperado lo necesario para la aplicación de la ley, saber a ciencia cierta si se debían pasar las pruebas y luego informarme de qué constan y cual sería su valor.
Hasta la fecha llevo gastados 800 € y puede que esas santas pruebas conlleven una cuarta parte de lo ya pagado.
Me parace que esperaré unos días y pasaré por la autoescuela.

TOYKNAUS
09/12/2009, 15:21
Entonces la gente que antes iba legal con un vehículo de 3.500 Kg. y un remolque de 750 Kg. a día de hoy van ilegales y no lo saben.
Lo peor de todo es que ningún medio de comunicación ha publicado nada y seguimos como hace 6 meses.

Saludos a todos.

Roller Princess 495CP
09/12/2009, 15:31
Hola Toyknaus:

La cosa sigue igual y siguen yendo legales, el problema es si la CV pesa mas de 750 Kg y la suma de la MMA del coche + MMA cv supera los 3500 kg.

Por cierto la cosa se va confirmando. :angry1:

http://www.autoescuelasasociadas.org/

Pinchad en noticias, "criterios para aplicación nuevo reglamento de conductores, apartir del 9 de diciembre" y luego sobre "Criterios de calificación prueba circuito cerrado" e id a la página 14. SORPRESA....

Sin comentarios...

walterd
09/12/2009, 15:47
Según el documento que acompañas:

MANIOBRAS A REALIZAR PARA LA AUTORIZACIÓN B MÁS REMOLQUE DE MMA ≤4.250 Kg



Estacionamiento en línea, oblicuo o perpendicular, en espacio limitado, utilizando las marchas hacia delante y hacia atrás, y salida del espacio ocupado al estacionar en terreno llano o en pendiente ascendente o descendente.



Acoplamiento y desacoplamiento del remolque.

Una prueba mucho mas fácil que sacar el B + E, aunque no deja de ser un fastidio.

sim
09/12/2009, 15:57
Acabo de hablar con un policia municipal y le he preguntado como está este tema y me ha contestado "N.P.I."ya me entendeis.
Además de las pruebas, será necesario tambien pasar exámen medico? Si es así pues otro gasto y poco a poco será parecido a sacarse el E.Saludos.

Roller Princess 495CP
09/12/2009, 16:07
Hola Sim:

Según he leido en el documento de la asociación de autoescuelas de Madrid (por cierto alguna de las que pregunte resulta que son socios y me dijeron que no hacia falta nada...) parece que no hace falta ni examen teorico ni reconocimiento médico ya que es una autorización, es decir, que amplia la clase de carnet que ya tienes pero no es una nueva clase como pasa con el E.

Saludos

Nota: Pero vamos que pasta va a costar.

Axtrox
09/12/2009, 16:11
Hola Sim:

Según he leido en el documento de la asociación de autoescuelas de Madrid (por cierto alguna de las que pregunte resulta que son socios y me dijeron que no hacia falta nada...) parece que no hace falta ni examen teorico ni reconocimiento médico ya que es una autorización, es decir, que amplia la clase de carnet que ya tienes pero no es una nueva clase como pasa con el E.

Saludos

Nota: Pero vamos que pasta va a costar.

Así lo entiendo yo...¿Pero porqué en las autoescuelas no saben nada?
No es mi caso,pero me pongo en el lugar de los que necesitan esta autorización.Esto va para largo,no va a ser cuestión de unos días.

el_chito
09/12/2009, 17:16
yo he llamado a trafico esta mañana y después de pasarse el marrón de uno a otro he dado con una persona que se notaba que estaba informada del tema , y me ha dicho que hay que hacer 2 pruebas :
1 circuito cerrado ( aparcar y enganchar y desenganchar un remolque )
2 circuito abierto ( circular con el remolque por la cuidad )
vamos un coñazo , pero lo bueno viene cuando empiezo a llamar a las autoescuelas y ninguna sabe nada , es mas una me quería endiñar el E , hay una que se a tomado un poco de molestias y me ha dicho que esta noche a eso de las 20:00 que llamara .
por otro lado ayer me confirmaron también esto , pues el tio de mi mujer tiene un intimo amigo que trabaja en una autoescuela y ayer hablando del tema , me dijo espera que salimos de dudas y llamo y le dijo que había que hacer 2 pruebas , pero que no se sabia ciertas cuales , que hoy ya se savia y que como tenia que bajar a trafico se hiva a enterar , por lo cual también estoy esperando respuesta por otro lado

rocinante
09/12/2009, 17:45
estamos en las mismas.. segun los criterios de la pagina de las autoescuelas...

ya sabiamos que los futuros carnets B y que quieran la autorizacion para lelgara lso 4259 kg. tendrasn querealizar esas pruebas las denominadas I y M ... la duda sigue en los carnets actuales , ¿necesitaran pueba o no ???

yo hable esta mañana con la DGT de madrid y ellos mantienen el que los carnets actuales B ...estan habilitados para los 4250 kg, sin pruebas...

pero sineramente ahroa mismo esto es un lio de cuidado, deberemos esperar ...y estar atentos

PapaOsO4x4
09/12/2009, 17:46
De la página de Autoescuelas asociadas
http://www.autoescuelasasociadas.org/noticias/APLICACION_RGC_CNAE.pdf (Pag.36)

7.- Para la obtención de la autorización que habilita para conducir un
conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un
remolque de más de 750 Kg cuando la MMA del conjunto exceda de
3.500 sin rebasar los 4.250 kg. (código 96)
Maniobras a realizar:
Maniobra “I), estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar en
línea, utilizando las marchas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente
ascendente o descendente,”
Se efectuará en una calle de 6 metros de ancho, delimitada a ambos lados por
bordillos o por un bordillo en uno de los lados, en el que se encuentre el
estacionamiento y línea continua en el lado contrario, el espacio del estacionamiento
estará acotado por vallas y tendrá una longitud de vez y media la longitud del conjunto,
las vallas serán de una anchura de 2 metros.
Descripción de la maniobra:
Superado el espacio destinado al estacionamiento con la parte posterior del
conjunto, el aspirante detendrá aquél, situándolo paralelamente al bordillo. A
continuación, iniciará la maniobra circulando marcha atrás sin brusquedades, ni
movimientos de la dirección con el conjunto inmovilizado para situar el mismo dentro
del espacio destinado al estacionamiento. El número máximo de movimientos para
estacionar será de tres. Se entenderá por movimiento cada vez que se cambie el sentido
del desplazamiento.
Al finalizar el estacionamiento en línea, el conjunto de vehículos deberá quedar
situado paralelo al bordillo y de forma que la parte exterior de la banda de rodadura de
todos los neumáticos del lado en que se ha estacionado, con respecto al bordillo, no sea
superior a 0,30 metros.
Finalizado el estacionamiento, saldrá del mismo con un máximo de tres
movimientos.
Al entrar o al salir del estacionamiento no deberá, con ninguna de las ruedas,
subir al bordillo ni forzarlo, pisar o rebasar, en su caso, las marcas que delimiten la
anchura de la calzada, así como derribar, golpear, empujar, rozar o tocar las vallas o
elementos que delimiten el espacio para estacionar, y sin que la lanza o parte alguna del
remolque se apoye en el vehículo tractor, salvo en el punto de enganche.
Durante la maniobra el aspirante no puede descender del vehículo tractor en
ningún momento para realizar comprobaciones. (ver croquis 15)
croquis nº 15
M) Acoplamiento y desacoplamiento del remolque
El aspirante, una vez inmovilizado el conjunto, procederá a desacoplar y
desenganchar el remolque, dejándolo debidamente inmovilizado y apoyado sobre su
rueda jockey o soporte adecuado.
A continuación, rodeando el remolque, con el vehículo tractor, se situará junto a
él, sobrepasándolo a continuación para colocarse de nuevo delante de él, a una distancia
de diez metros como mínimo, contados desde la parte posterior del vehículo tractor.
Situado el vehículo tractor conforme se indica en el párrafo anterior, el aspirante
dará marcha atrás aproximándolo al remolque, efectuando el acoplamiento y enganche,
así como la conexión de los demás elementos de unión, cable de los sistemas de
alumbrado y señalización óptica y cuantos elementos de seguridad disponga el
conjunto, para su correcta puesta en orden de marcha.
Durante la realización de la marcha hacia atrás, el aspirante podrá descender una
vez del vehículo tractor para efectuar las comprobaciones que precise, pudiendo orientar
la lanza manualmente con el fin de realizar el enganche adecuadamente.
Conectados todos los elementos, retirará los calzos, si los hubiera utilizado,
recogerá los soportes del remolque y liberará del freno de estacionamiento.
En ningún momento quedará alguno de los vehículos sin inmovilizar
correctamente, bien con freno de estacionamiento o con calzos.
El aspirante no podrá realizar movimiento alguno de rectificación hacia delante.
y ninguna parte del remolque se apoyará en el vehículo tractor, salvo el propio
enganche.
Ver croquis nº 16
croquis 16

¡Vaya putada!
Esto es otro sacacuartos.
Ya metido en emberenjenales no se si sacarme el B+E.

polilla64
09/12/2009, 17:52
Parece mentira que salga una ley que se tire 6 meses publicadas antes de entrar en vigor y resulta que nadie, nadie tiene ni puñetera idea y los primeros LAS DIRECCCIONES GENERALES DE TRAFICO, si ellos no lo saben los que hay debajo, agentes de tráfico, municipales, autoescules, etc,, estan iguales....asi que la cosa sigue igual, nadie tiene ni puñetera idea.

el jardinero
09/12/2009, 18:19
¿O sea que en la anterior reforma de la ley de conductores hubo una convalidación de carnés y ahora va a ser que no?
¿Quién dijo hace unos cuantos post el crear una recogida de firmas para presentarla en jefatura? No es normal que muchos de nosotros tengamos que seguir con los brazos cruzados hasta que decidan una cosa u otra. Y encima, viendo lo que probablemente va a pasar, nadie nos quejemos de una nueva ley que nos van a hacer pagar a todos.

¿Crisis? ¿Quien dijo crisis?

ALGORFA
09/12/2009, 18:49
El problema no es ese,el problema es que en las autoescuelas no saben que pruebas tenemos que realizar,no tienen constancia de ninguna prueba de aptitud.

Mañana voy a tráfico a renovar el permiso de Gloria,ya os contare.

Vaya follón!!

Impaciente me tienes con ver el follón que se va a formar.

jejejeje

antiguogato
09/12/2009, 18:52
pues yo estoy pendiente de esto para ir a por mi Knaus... si tengo que hacer examen o prueba o como le quieran llamar, paso y me compro una mas pequeña... una putada, pero paso de pasar por el aro. a ver en que queda todo esto.

walterd
09/12/2009, 18:59
Jardinero, me temo que estás confundiendo las cosas.
Si, por ejemplo, mañana con el carnet B, los nuevos pudiesen conducir 5.000 kg, tu tendrías el mismo privilegio.
Lo que paso con las motos. A partír de una fecha determinada se puede conducir motos de 125 cc con el carnet B. Como no implica una prueba especial, todos están homologados. Este caso es distinto.

Antes, para conducir conjunto de hasta 4.250 kg, si la mma del remolque era superior a 750 kg, necesitabas el B + E.
Ahora SI NECESITAS esa autorización, deberás hacer unas pruebas para que te pongan en el carnet un código qe te autoriza explicitamente hacerlo.
No lo tendrán lo nuevos B ni nos lo darán a los ya poseedores (si se confirma lo que hoy se está diciendo).

Si tienes esa necesidad que describo, es mucho mas fácil hacer un exámen de 2 maniobras que sacar el carnet E.

Un saludo

EPOXI2007
09/12/2009, 19:37
Yo creo que el problema radica que lo del b hasta 4250 kg lo han sacado de esta directiva europea del año 2006 y el que lo ha transcrito y adaptado a este reglamento no sabe ni lo que ha puesto ni cuando ni donde ni como ni porque.
Esta directiva es para todos los paises de la ue y no sabemos como la han adaptado los demas paises.
En ella habla de las pruebas para el b para los 4250.


DIRECTIVA 2006/126/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 20 de diciembre de 2006
sobre el permiso de conducción (Refundición)

michel
09/12/2009, 19:58
Yo creo que el problema radica que lo del b hasta 4250 kg lo han sacado de esta directiva europea del año 2006 y el que lo ha transcrito y adaptado a este reglamento no sabe ni lo que ha puesto ni cuando ni donde ni como ni porque.
Esta directiva es para todos los paises de la ue y no sabemos como la han adaptado los demas paises.
En ella habla de las pruebas para el b para los 4250.


DIRECTIVA 2006/126/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 20 de diciembre de 2006
sobre el permiso de conducción (Refundición)


Esto ya salió en otro hilo parecido a este, y creo que tanto España como los demás paises miembros, han de cumplirlo.

Otra cosa es que España haga como cuando los extranjeros estaban obligados a registrarse en el Registro General de Conductores, que como bien sabes, contradecía la directiva y al final el Tribunal Europeo obligó a España a cumplirla.

Tú que tienes mano, informate sobre la instrucción 09/C-94, que alguien se ve que la tiene en un cajón y no la saca.

Saludos

Sebas_BCN
09/12/2009, 20:34
Jardinero, me temo que estás confundiendo las cosas.
Si, por ejemplo, mañana con el carnet B, los nuevos pudiesen conducir 5.000 kg, tu tendrías el mismo privilegio.
Lo que paso con las motos. A partír de una fecha determinada se puede conducir motos de 125 cc con el carnet B. Como no implica una prueba especial, todos están homologados. Este caso es distinto.

Antes, para conducir conjunto de hasta 4.250 kg, si la mma del remolque era superior a 750 kg, necesitabas el B + E.
Ahora SI NECESITAS esa autorización, deberás hacer unas pruebas para que te pongan en el carnet un código qe te autoriza explicitamente hacerlo.
No lo tendrán lo nuevos B ni nos lo darán a los ya poseedores (si se confirma lo que hoy se está diciendo).

Si tienes esa necesidad que describo, es mucho mas fácil hacer un exámen de 2 maniobras que sacar el carnet E.

Un saludo

No Walterd no son solo dos maniobras eso es nada mas circuito cerrado , pero tambien hay vias abierta

anexo V

4. Prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general.

2. Los aspirantes a la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg a la que se refiere el artículo 5.5, deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.

El desarrollo esta claro en el reglamento, ademas de las maniobras hay ciruculación...¿con esta normativa merece la pena sacarse nada mas la licencia, o por un poco mas te vas al E?

Aunolose
09/12/2009, 20:48
Aún así, creo que voy a esperar a que me aclaren en la autoescuela lo de esas pruebas ya que, sí o sí, voy a poner una hoja de reclamación. Las autoescuelas seguro que sabían de la existencia de tal ley desde su publicación en el BOE. Y a mi me animaron a sacar el E omitiendo por completo la futura aplicación de tal ley y lo que ello conllevaría.
Esas pruebas que supuestamente hemos de pasar, según la Jefatura de Tráfico, solo son en circuito cerrado y estoy convencido que para nada tendrán nada que ver con los tres examenes que debes cumplir para sacarte el E: teórica, maniobras y práctica.
Por mi parte hubiera esperado lo necesario para la aplicación de la ley, saber a ciencia cierta si se debían pasar las pruebas y luego informarme de qué constan y cual sería su valor.
Hasta la fecha llevo gastados 800 € y puede que esas santas pruebas conlleven una cuarta parte de lo ya pagado.
Me parace que esperaré unos días y pasaré por la autoescuela.

Me vas a llamar pesado, pero después de haberme gastado 800 Euros para sacarme el E, si tengo que pagar lo que sea por "la autorización", prefiero gastármelos en el E de nuevo, aunque para ti ahora mismo es igual, ¿quien sabe si mañana no te compras un coche de 3500k y una cv de 2000k ? con el E no tendrás ese problema, tomate un litro de tila si hace falta, y ves tranquilo. Suerte con lo que decidas.

EPOXI2007
09/12/2009, 22:22
Esto ya salió en otro hilo parecido a este, y creo que tanto España como los demás paises miembros, han de cumplirlo.

Otra cosa es que España haga como cuando los extranjeros estaban obligados a registrarse en el Registro General de Conductores, que como bien sabes, contradecía la directiva y al final el Tribunal Europeo obligó a España a cumplirla.

Tú que tienes mano, informate sobre la instrucción 09/C-94, que alguien se ve que la tiene en un cajón y no la saca.

Saludos


No se a que te refieres con la mano. Tengo 2 como la mayoria de los humanos.

michel
09/12/2009, 22:31
No se a que te refieres con la mano. Tengo 2 como la mayoria de los humanos.

No te lo tomes a mal, siempre será más fácil a un miembro de la ATGC conseguirla, aunque sabiendo como funciona la cosa...

Saludos

EPOXI2007
09/12/2009, 22:42
No te lo tomes a mal, siempre será más fácil a un miembro de la ATGC conseguirla, aunque sabiendo como funciona la cosa...

Saludos


¿ Tu tambien debes de ser alguien del gremio o relacionado? Por que esa instruccion no se sabe donde esta.

michel
09/12/2009, 22:51
"Supuestamente" existe, pero estoy a la espera, se supone que es del 14 de noviembre.

Tengo unos escritos en mi poder que al parecer vienen del departamento de legislación de una afamada academia de Mérida, basados en dicha instrucción, pero lo dicho....está missing

karmen
10/12/2009, 00:09
El problema no es ese,el problema es que en las autoescuelas no saben que pruebas tenemos que realizar,no tienen constancia de ninguna prueba de aptitud.
...


Pues las autoescuelas se tendrian que informar mas, esto esta en la web de una asociacion de autoescuelas

http://www.autoescuelasasociadas.org/noticias/APLICACION_RGC_CNAE.pdf

ir a la paguina 36, yo lo veo bien clarito.

jsscarnerero
10/12/2009, 02:07
Esto es lo que figura en la normativa Europea, creo que estamos jodidos.


b) Categoría B:
automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda
de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el
transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al
conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar
enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no
exceda de 750 kg.
Sin perjuicio de las normas de homologación para los
vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría
podrán llevar enganchado un remolque con una masa
máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa
máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg.
En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los
Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el
Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:

— tras la superación de una formación, o
— habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento.

FamiliaChe
10/12/2009, 03:42
Amigos,

Hay q ver el vaso medio lleno ...

Esta mañana he ido a la Jefatura Provincial de Tráfico en Valencia, he preguntado por el Jefe de sección de Conductores, una mujer, la Sra. Flores, que muy amablemente, me ha leido la Ley, me ha manifestado que para ellos tambien todo esto es nuevo.

Según ella hay que realizar unas pruebas de aptitud, para poder arrastrar un remolque de mas de 750 kgs. y donde las MMA del vehículo tractor y el remolque sumen como maximo los 4250kgs.

No obstante, le he insistido un poco y me ha acompañado a hablar con el Jefe de examinadores.

Con la ley en la mano me ha ratificado que hay que realizar dos pruebas en circuito cerrado una de estacionamiento y otra de enganche/desenganche como bien se ha indicado en un post mas arriba.
No tienen claro todavía el lugar, pero sospecha será en El Saler.

Esta nueva directiva es la B (96), es mas sencilla que la E y esperemos mas barata.

No hay que realizar psicotécnico como en B + E, y las maniobras son en principio, menos.

Cuando les he dicho que quería hacer las pruebas, me han propuesto ir antes a una Autoescuela.
Ellos mismos me han indicado que junto a tráfico esta AVAE que hablase con ellos.
No tenían ni idea. No sabían de que les hablaba, que como es tan nuevo todo esto, que están pendiente les lleguen instrucciones.

Posteriormente me he dirigido a otra Autoescuela, de bastante renombre y conocida en carnets del tipo B+E, C, etc, y tampoco sabían nada.

Se han tomado nota de mi teléfono y me llamarán.

El B + E permite arrastrar cualquier remolque, creo que hasta un peso de 3500 kgs.
Eso sí, siempre y cuando el vehículo tractor pueda con él.
Pero es mas costoso en € y en pruebas.

Supongo que estará mas indicado para Autocaravanas o furgonetas que lleven un remolque.

Estaba claro que a nivel de tasas no iban a dejar de recaudar ni Tráfico ni las Autoescuelas (no defiendo este razonamiento, pero así es).

Porqué motivo iban a dejar de facturar una ampliación de un permiso de circulación, por menor que este sea.

Creo que a la mayoría de nosotros el B + E, es demasiado y el B que había hasta ahora nos era insuficiente.

Este nuevo B (96) permite que dado que la mayoría de nuestros ganchos de remolque, al menos en mi caso, pueden arrastrar hasta 2000 kgs., siempre y cuando las MMA sumen mas de 3500 y hasta 4250 Kgs., realizando esas pruebas de aptitud, pueda remolcar una caravana "pesada" que es de lo que se trata.

Y si no quiero tanto lio, me voy a la ITV de Getafe o Amposta, ya que en Valencia no lo hacen y rebajo la MMA del coche en esa diferencia de 150 o 200 kgs., con la intención de no pesar en MMA mas de 3500 Kgs.

Eso sí, si algún día me pesan el conjunto, diga lo que diga la documentación me crujen, pues las caravanas nunca van vacías.

Siempre llevan menaje, ropa, aire acondicionado, mover (algunos), avance, etc ...

Por mucho que las vaciemos durante el trayecto, nos sorprenderíamos de lo que llevamos que según nosotros "no pesa"

Espero haber ayudado y no desilusionarse, habida cuenta de que esto aunque no deja de ser un "sacaperras", mejora lo que había hasta ahora.

Perdón por el rollo, quería quedase claro lo consultado por mí esta mañana.

Que quede claro que soy un sufridor caravanista y nada tengo que ver con ningún organismo salvo el de querer disfrutar de mi tiempo libre con mi caravana legalmente y seguro.

Que ocurriría, si en caso de accidente, el seguro se cuestione antes de indemnizar si los pesos eran legales y por lo tanto iba con carnet apropiado ??

Saludos

Astur
10/12/2009, 11:06
Yo creo que el problema radica que lo del b hasta 4250 kg lo han sacado de esta directiva europea del año 2006 y el que lo ha transcrito y adaptado a este reglamento no sabe ni lo que ha puesto ni cuando ni donde ni como ni porque.
Esta directiva es para todos los paises de la ue y no sabemos como la han adaptado los demas paises.
En ella habla de las pruebas para el b para los 4250.


DIRECTIVA 2006/126/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 20 de diciembre de 2006
sobre el permiso de conducción (Refundición)


Yo creo que dice exactamente lo mismo

Axtrox
10/12/2009, 12:47
Llego ahora de tráfico,esto es lo que me dice la jefa de sección:

La ley esta clara para los que se saquen ahora el permiso de conducir B.

Para poder conducir un conjunto de hasta 4250kg deberan superar unas pruebas de maniobras ( I y M ) y de circulación.No hay que superar ningún examen teórico.

La ley no esta clara para los que ya tenemos el B
Me dicen que aquí no esta claro,que parece que estaremos autorizados directamente los que ya tenemos el B.No obstante han quedado en llamarme y aclararme la duda.

Esperemos llamada y solución.

rocinante
10/12/2009, 12:54
eso mismo me dijeron a mi ayer...

ya veremos compañero...
gracias por la prontitud

obi
10/12/2009, 13:06
Llego ahora de tráfico,esto es lo que me dice la jefa de sección:

La ley esta clara para los que se saquen ahora el permiso de conducir B.

Para poder conducir un conjunto de hasta 4250kg deberan superar unas pruebas de maniobras ( I y M ) y de circulación.No hay que superar ningún examen teórico.

La ley no esta clara para los que ya tenemos el B
Me dicen que aquí no esta claro,que parece que estaremos autorizados directamente los que ya tenemos el B.No obstante han quedado en llamarme y aclararme la duda.

Esperemos llamada y solución.


Gracias por las gestiones.
Esperamos ansiosos tus noticias.

jsscarnerero
10/12/2009, 13:30
Yo creo que dice exactamente lo mismo

Para mi no es lo mismo, encuetro una diferencia muy importante.

En la normativa Española cuando dice que se autoriza a conducir con el B habla directamente del maximo de 4250, sin hacer ni tan siquiera mencion a los 3500.

Y en la Europea en este mismo apartado ya aclara que para pasar de 3500 y hasta 4250 habria que superar unas pruebas o formacion.

Creo que esta es la gran diferencia...., para mi el error en la normativa Española esta en esto, primero autorizan directamente a llear hasta los 4250 y luego hablan de pruebas en el apartado "Expedicion de permisos" cuando, a mi entender ya lo han autorizado directamenente,en la autorizacion. Y por si fuera poco las pruebas estan en el apartado que nombro, entiendo que descartando a los que ya tienen su permiso "expedido".

Saludos.


Saludos.

jsscarnerero
10/12/2009, 14:59
Yo me rindo, tanta confusion no me va, me gustan las cosas claras y con la seguridad de no tener problemas.
Definitivamente voy a rebajar los 5 kilos que me sobran al coche.
Saludos.

vivarus
10/12/2009, 15:19
Desde luego lo que está pasando me lleva a la conclusión de que a esta España de pena los caravanistas o cualquier persona que tenga necesidad de llevar un remolque (transporte de animales) de ocio no le importa nada.

Si la normativa afectara a los transportes de mercancías estoy totalmente seguro de que hace meses que lo tendrían claro.

¿Para que estan las asociaciones de Autoescuelas? ¿no deberían ellos de presionar al gobierno para que dejen clara la ley?

En fin es desesperante ver como no hacen nada para aclarar el tema....

España país de ajo y pandereta.

pplu
10/12/2009, 15:23
Yo, termino de hablar con el gerente de una autoescuela de aquí en Zaragoza, tiene buen trato con la Directora de DGT aquí, me ha dicho que envia email, y me comenta con su contestación.

En cuanto lo haga, os mantengo informados.

Aunque...el me dice que entiende que deberia de poderse llevar con carnet B actual hasta los 4250kgs, peroooo, que no descarta cosas por "defecto" impuestas por DGT, no seria la primera vez...

Un saludico.

rocinante
10/12/2009, 15:25
casi todo el consultado de la DGT, nos dice lo mismo... con el B actual ya se puede llevar los 4250 kilos...

Pero como bien dices Vivarus, esto deberian haberlo publicado...

paciencia

el jardinero
10/12/2009, 18:40
Llego ahora de tráfico,esto es lo que me dice la jefa de sección:

La ley esta clara para los que se saquen ahora el permiso de conducir B.

Para poder conducir un conjunto de hasta 4250kg deberan superar unas pruebas de maniobras ( I y M ) y de circulación.No hay que superar ningún examen teórico.

La ley no esta clara para los que ya tenemos el B
Me dicen que aquí no esta claro,que parece que estaremos autorizados directamente los que ya tenemos el B.No obstante han quedado en llamarme y aclararme la duda.

Esperemos llamada y solución.


eso mismo me dijeron a mi ayer...

ya veremos compañero...
gracias por la prontitud


Gracias por las gestiones.
Esperamos ansiosos tus noticias.

Eso, eso. Que se note que tenemos esperanza hasta que al final nos llame el mismisimo señor Rubalcaba, firmante de la ley, diciéndonos qué es lo que hay.
Pues ya lo siento pero ya os dije que en la jefatura de Bilbao les dijeron desde Madrid, la central, que hay que hacer las pruebitas de las narices. Eso sí, he hablado con varias autoescuelas y ninguna tiene idea de las susodichas. Todas valoran y estiman que no se deberían hacer para los que ya tenemos el B pero realmente, quién decide esto en Madrid le han pillado de vacaciones y que todavía no saben nada.
Eso sí que es un país de ajo y pandereta.

el jardinero
10/12/2009, 18:47
¿Que? ¿Nadie se anima a poner una puñetera hoja de reclamaciones a la jefatura central de tráfico?
¿Que hay pruebas? Pues vale pero en seis meses ya lo podian haber solucionado y yo, como dice algún compañero en otro hilo, a mi caravana le va a salir moho.

el jardinero
10/12/2009, 18:53
Me vas a llamar pesado, pero después de haberme gastado 800 Euros para sacarme el E, si tengo que pagar lo que sea por "la autorización", prefiero gastármelos en el E de nuevo, aunque para ti ahora mismo es igual, ¿quien sabe si mañana no te compras un coche de 3500k y una cv de 2000k ? con el E no tendrás ese problema, tomate un litro de tila si hace falta, y ves tranquilo. Suerte con lo que decidas.

He decidido saber que narices pasa con esta santa ley. Los de la autoescuela ya saben que voy a poner una queja por no haberme hablado de esta nueva normativa con lo que me podía haber ahorrado algo de dinero. Cuando por fin sepamos todos el coste de las pruebas, vulevo a repetir que estoy más que convencido de que las habrá, será entonces cuando me lo piense si seguir con el E o hacer esas pruebas. :x

Saludos

vivarus
11/12/2009, 11:37
Alguien de los que tenía que recibir la llamada de telf. de algún organismo o autoescuelas la ha recibido???

Gracias.... estamos en ascuas...

capy
11/12/2009, 12:11
La normativa estaba y continua estando clara, otra cosa es que la queramos interpretar a nuestro gusto, hay que pasar por taquilla y examinarse de practico, lo unico que mejora es que no hay teorico como con el B+E, estos enlaces los han puesto en el otro hilo sobre el mismo tema.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/conductores/Maniobras_circuito_cerrado_-_Esquemas.pdf

saludos

capy

Joseito
11/12/2009, 12:26
:blob5::blob5::blob5:Hola! he consultado 2 auto-escuelas de barcelona,en una no tenía ni idea de los nuevos pesos con el B , en la otra me dicen que puede ser como con las motos (125cc) podemos circular con el conjunto de 4250 kg.
Que, estamos nerviosillos

rhisto
11/12/2009, 12:49
a mi me han vuelto a decir en varias autoescuelas que ya podemos llevar nuestros conjuntos sin pasar por el E siempre que no pasemos los 4250kg

ya veremos en que queda todo

owockadoy
11/12/2009, 12:50
La normativa estaba y continua estando clara, otra cosa es que la queramos interpretar a nuestro gusto, hay que pasar por taquilla y examinarse de practico, lo unico que mejora es que no hay teorico como con el B+E, estos enlaces los han puesto en el otro hilo sobre el mismo tema.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/conductores/Maniobras_circuito_cerrado_-_Esquemas.pdf



Se puede decir más alto, pero no más claro.

Antes, con el B "a secas" no se podían llevar conjuntos de más de 3500 kg con un remolque de más de 750 kg. Ahora, con el B "a secas", tampoco se puede hacer.
Toda las dudas surgen del deseo/anhelo/esperanza de que, algo que no se podía hacer antes y que ahora tampoco se puede hacer, de repente, por arte de "magia administrativa" durante el cambio, si se pueda.

Es posible que se conceda la "gracia" de autorizar a todo el mundo con un carnet B "antiguo" a llevar hasta 4250 kg. Y nos alegraremos. Pero también es posible que no se autorice.

En cualquiera de los casos creo que andar vertiendo descalificaciones e insultos hacia la administración y los funcionarios no aporta nada al debate.

Roller Princess 495CP
11/12/2009, 12:56
Hola a todos:

En la página web de la DGT he encontrado este documento en el apartado "lo mas consultado"

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/conductores/Maniobras_circuito_cerrado_-_Esquemas.pdf

Por lo tanto parece claro que hay que realizar pruebas. Ahora lo que nos queda por saber es:

- Los conductores que ya tienen el B ¿necesitan hacerlas también?
- ¿Como se solicita la habilitación? ¿se pueden realizar ya las pruebas?

Un saludo.

jsscarnerero
11/12/2009, 13:58
Yo he estado hoy en la jefatura de Logroño y me han dicho que todos los que quieran llegar hasta los 4250 tendran que hacer las pruebas, los que ya tenemos el B y los que se lo saquen a partir de ahora.
Saludos.

profemoto
11/12/2009, 14:11
Segun mi humilde opinion :
Disposición transitoria primera. Equivalencia de permisos y licencias de conducción expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme al modelo regulado en la normativa anterior al Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que expire su período de vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por los modelos regulados en el presente reglamento. La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia de conducción en el nuevo modelo.


2. Los permisos y las licencias de conducción a que se refiere el apartado 1 anterior, equivaldrán:
a) El permiso de la clase A1, al de la clase A1, si bien autorizará a conducir motocicletas sin sidecar de hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kW/kg.
b) El permiso de la clase A2, al de la clase A.
c) El permiso de la clase B1, al de la clase B.
d) El permiso de la clase B2, al de la clase BTP.
Entiendo que segun el punto 2 apartado (c) automaticamente obtendria el permiso B actual,siendo las caracteristicas de este las siguientes :

e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

Entiendo por lo tanto que no tendria limitacion alguna en arrastra un remolque de mas de 750 kgr siempre que no exceda de 4250 kgr en virtud de la disposicion transitoria primera de este Real Decreto 818/2009,pues las maniobras o el curso es para la expedicion de nuevos permisos,es mas,en los codigos de permisos(lentes,minusvalia etc.)no figura nada de restricciones en kgr o autorizaciones en kgr,si tengo noticias ya os lo digo.

jsscarnerero
11/12/2009, 15:26
Segun mi humilde opinion :
Disposición transitoria primera. Equivalencia de permisos y licencias de conducción expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme al modelo regulado en la normativa anterior al Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que expire su período de vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por los modelos regulados en el presente reglamento. La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia de conducción en el nuevo modelo.


2. Los permisos y las licencias de conducción a que se refiere el apartado 1 anterior, equivaldrán:
a) El permiso de la clase A1, al de la clase A1, si bien autorizará a conducir motocicletas sin sidecar de hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kW/kg.
b) El permiso de la clase A2, al de la clase A.
c) El permiso de la clase B1, al de la clase B.
d) El permiso de la clase B2, al de la clase BTP.
Entiendo que segun el punto 2 apartado (c) automaticamente obtendria el permiso B actual,siendo las caracteristicas de este las siguientes :

e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

Entiendo por lo tanto que no tendria limitacion alguna en arrastra un remolque de mas de 750 kgr siempre que no exceda de 4250 kgr en virtud de la disposicion transitoria primera de este Real Decreto 818/2009,pues las maniobras o el curso es para la expedicion de nuevos permisos,es mas,en los codigos de permisos(lentes,minusvalia etc.)no figura nada de restricciones en kgr o autorizaciones en kgr,si tengo noticias ya os lo digo.


Esto mismo es lo que yo he entendido desde el principio y me parece lo mas logico, estoy 100% de acuerdo con tu analisis, el problema es que ni tu ni yo somos los que tenemos que analizarlo. Valla lio....

pplu
11/12/2009, 15:47
Segun mi humilde opinion :
Disposición transitoria primera. Equivalencia de permisos y licencias de conducción expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme al modelo regulado en la normativa anterior al Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que expire su período de vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por los modelos regulados en el presente reglamento. La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia de conducción en el nuevo modelo.


2. Los permisos y las licencias de conducción a que se refiere el apartado 1 anterior, equivaldrán:
a) El permiso de la clase A1, al de la clase A1, si bien autorizará a conducir motocicletas sin sidecar de hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kW/kg.
b) El permiso de la clase A2, al de la clase A.
c) El permiso de la clase B1, al de la clase B.
d) El permiso de la clase B2, al de la clase BTP.
Entiendo que segun el punto 2 apartado (c) automaticamente obtendria el permiso B actual,siendo las caracteristicas de este las siguientes :

e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

Entiendo por lo tanto que no tendria limitacion alguna en arrastra un remolque de mas de 750 kgr siempre que no exceda de 4250 kgr en virtud de la disposicion transitoria primera de este Real Decreto 818/2009,pues las maniobras o el curso es para la expedicion de nuevos permisos,es mas,en los codigos de permisos(lentes,minusvalia etc.)no figura nada de restricciones en kgr o autorizaciones en kgr,si tengo noticias ya os lo digo.



Gracias.

Parece que para los que ya tenemos el B, pueda ser así, logicamente, los siguientes tendran pruebas añadidas...

No se, la cuestión es que no es entusiasmo, ni ganas, es algo logico, los pesos hay que habituarlos al tiempo que estamos.

Otra cosa diferente, que podria entenderse, es que exigieran para un futuro pruebas de actitudes para la condución de un tipo de conjunto como los nuestros, que en parte, podria ser logico, aunque como otros ya han comentado, la experiencia es la mayor virtud, y quien nos da la "seguridad" en ruta.

Un saludico.

Sejo
11/12/2009, 17:28
Mas leña al fuego...

Hoy he preguntado, en persona, en la DGT de Arturo Soria en el departamento de Exámenes, ¿ Qué pasa con este tema ?.

Y para colmo de los colmo´s, me saca una hojita que le acababan de pasar y ponía que para el B (96) hay que realizar una prueba en circuito cerrado (I, M) y una prueba en carretera. Esto ultimo le ha sorprendido hasta a la persona de tráfico que me ha informado. Y me ha dicho que para estar más seguro que me acerque a Móstoles y lo pregunte allí. Me aclaro también que si se tratase solo de una prueba en circuito cerrado, podríamos hacer el examen de forma particular ( pagando las tasas ), pero si hay que hacer una prueba en carretera hay que pasar por una autoescuela obligatoriamente ( tasas, matricula, clases ... etc)

Pero lo que no cabe duda es que prueba hay que hacer prueba, a día de hoy con el B puedes llevar hasta 3500, para llevar hasta 4250 se necesita el B(96).

Esto es un follón, esperemos que se aclare pronto el tema y sepamos a que atenernos.

MikeGoody
11/12/2009, 20:02
Bueno está claro que este es el tema de moda, por cierto no sé por qué hay dos hilos abiertos con el mismo tema y mismos comentarios.

Respecto al asunto de los famosos 4250 Kgs, que estoy de acuerdo con la mayoria de vosotros sobre que no está nada claro, yo creo que hay una pregunta fundamental a contestar:

- Si hay que pasar pruebas ¿que diferencia hay con el B+E? ... si ya he leido que no hay que hacer teorica y que te ahorras unos 600€, pero si te tienes que meter en pruebas y gastos ¿para que quieres limitarte a 750kgs más si por poca diferencia tienes todas las posibilidades?

Los que estamos pendientes de este tema es porque tenemos un coche grande (todoterreno o monovolumen) y una caravana tambien grande y sobrepasamos los 3500kgs, evidentemente al limite de 4250kgs nos soluciona el problema de momento pero en el futuro (sabemos que los coches cada vez son más pesados y tambien las caravanas) puede que no sea asi.

Mi conclusión es que si hay que pasar por autoescuela, hacer pruebas (las que sean) y tener gastos la mejor opcion es sacarse el E (B+E). Y por lo tanto en mi opinión (sin animo de ofender a nadie) es que este aumento a 4250kgs es una solemne GILIPOLLEZ.

Todos los momentos cuentan. Saludos.

el_chito
12/12/2009, 01:45
hoy me pasado por la autoescuela que me esta viendo este tema pues hoy iban a trafico , entonces me dijeron que me diera una vuelta que ya sabrian algo mas , bueno pues hoy he pasado y me a dicho que por lo menos aqui en murcia trafico a citado a todas las autoescuelas de murcia para el dia martes de la semana que viene para explicar todo lo relacionado con el nuevo reglamento y las pruebas que hay que hacer , por lo cual por lo menos por mi parte , esta ya mas que claro , ahora a esperar haber que me dicen el martes , pues el hombre me a dicho que esta muy interesado en el tema

Joelsa
12/12/2009, 02:48
Estas son las diferencias:

ANTES,

B
Edad mínima para obtenerlo: 18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).lll
Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg
Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750 kg de m.m.a) siempre que:
-La m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg y, -La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado. AHORA,


El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.(Esto último parece que hace referencia a las pruebas a realizar, la de estacionamiento y la de acople, para validar el B hasta 4250 en la opcion conjunto de vehiculos)

La diferencia es que antes había una limitación de 3500 siempre, con remolque de 750 o superior, y ahora la limitación de 3500 es únicamente para el vehiculo tractor y se le permite remolcar hasta 750 ( 3500 + 750 =4250) y cuando el remolque sea superior de 750 y la suma de las MMA de los vehiculos maximo 4250 también.

El B+E tiene unos PMA superiores (3500 + 3500) por eso las pruebas de examen son mas a parte del estacionamiento y acople, hay marcha atras en curva, aproximación al muelle, detenerse en cambio de rasante etc...)


Es que algunos teneis equivocado el límite de antes y ahora..... a ver antes no se podia sobrepasar los 3500 con el B ni con remolque de 750 ni superior ni inferior, maximo del conjunto 3500 MMA.

Bien, ahora se gana con que si el remolque es de 750 o inferior se puede llevar con un vehiculo maximo 3500mma que sumado el conjunto puede hacer un total de 4250MMA, con el mismo permiso B.

Pero si el remolque es superior a 750, entonces hay que sumar el conjunto y si supera los 3500 y no sobrepasa los 4250 MMA, a hacer las pruebas en pista cerrada (ESTACIONAMIENTO Y ACOPLE-DESACOPLE) para obtener la autorización que te permita circular, si no llega a 35OOMMA el conjunto ya estas autorizado.......... por supuesto si eres poseedor del permiso B.

Cuando la suma del conjunto supere los 4250 es cuando hace falta el B + E, permiso que requiere un mayor número de requisitos y pruebas que superar.

Astur
12/12/2009, 04:50
Es que algunos teneis equivocado el límite de antes y ahora..... a ver antes no se podia sobrepasar los 3500 con el B ni con remolque de 750 ni superior ni inferior, maximo del conjunto 3500 MMA.

Joelsa eso ya estaba permitido antes, llevar un vehiculo tractor de MMA 3500 kg y un remolque de 750 kg con solo tener el B. El resto es como dices

Joelsa
12/12/2009, 12:10
Joelsa eso ya estaba permitido antes, llevar un vehiculo tractor de MMA 3500 kg y un remolque de 750 kg con solo tener el B. El resto es como dices

No Astur, antes podias llevar como maximo 3500MMA la suma del conjunto, independientemente de si era remolque de 750 de mas o de menos, da igual lo que prevalecia es que no superara el conjunto los 3500MMA, ok?

Joelsa
12/12/2009, 12:13
Astur te pongo la normativa de antes:

Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg

COMANCHE
12/12/2009, 12:34
Te equivocas Joelsa. Si el PMA del remolque es igual o inferior a 750 kilos, se puede llevar con el B aunque el vehículo tractor tenga un PMA de 3500 kilos.

Astur
12/12/2009, 14:39
Joelsa. Siempre fue así.
Con el "B" se podía llevar cualquier vehículo de MMA 3500 y cualquier remolque de MMA 750 kg.
Solo en el caso de que el remolque tuviese una MMA superior a 750, había que mirar si la suma de las MMA de los dos no superaban los 3500 kg para poder llevarlo con el B.
Y voy más allá, porque ese era un requisito pero había otro requisito indispensable además del anterior, y es que la MMA del remolque no superase la TARA del remolque. Requisito éste que ahora ya no se da.
Pero bueno, no vamos a discutir ahora lo que ponía la Ley antes, que bastante tenemos con descifrar la actual
Saludos a todos

Astur
12/12/2009, 16:15
Perdón me confundí.
Quería decir:

Joelsa. Siempre fue así.
Con el "B" se podía llevar cualquier vehículo de MMA 3500 y cualquier remolque de MMA 750 kg.
Solo en el caso de que el remolque tuviese una MMA superior a 750, había que mirar si la suma de las MMA de los dos no superaban los 3500 kg para poder llevarlo con el B.
Y voy más allá, porque ese era un requisito pero había otro requisito indispensable además del anterior, y es que la MMA del remolque no superase la TARA del vehiculo tractor. Requisito éste que ahora ya no se da.
Pero bueno, no vamos a discutir ahora lo que ponía la Ley antes, que bastante tenemos con descifrar la actual
Saludos a todos

FamiliaChe
12/12/2009, 18:20
Perdón me confundí.
Quería decir:

Joelsa. Siempre fue así.
Con el "B" se podía llevar cualquier vehículo de MMA 3500 y cualquier remolque de MMA 750 kg.
Solo en el caso de que el remolque tuviese una MMA superior a 750, había que mirar si la suma de las MMA de los dos no superaban los 3500 kg para poder llevarlo con el B.
Y voy más allá, porque ese era un requisito pero había otro requisito indispensable además del anterior, y es que la MMA del remolque no superase la TARA del vehiculo tractor. Requisito éste que ahora ya no se da.
Pero bueno, no vamos a discutir ahora lo que ponía la Ley antes, que bastante tenemos con descifrar la actual
Saludos a todos

Astur, está en lo cierto.
Está muy bien descrito y explicado.

Jolesa y resto de compañeros.
Para los que tenemos caravana y por ahora no vamos a conducir un vehículo de 3500 Kgs., lo que nos ocupa es que con nuestro vehículo tractor (turismo, todoterreno, monovolumen) pueda arrastrar una caravana de mas de 750 Kgs., cuyas MMA de ambos sumen mas de 3500 y máximo de 4250 Kgs.

Lo mas sencillo y barato, habida cuenta de lo que hay es pasar las pruebas de estacionamiento y enganche/desenganche, solo en circuito cerrado.

O bajar la MMA del vehículo tractor en ITV, hasta sumar 3500 Kgs. máximo entre el vehículo y el remolque.
Es decir, MMA del remolque + 3500 Kgs = MMA del vehículo tractor. :D

Con la confianza de que la GC Tráfico haga caso omiso de los Permisos de circulación y le de por pesar los vehículos cuando estamos rodando. :cry:

El B + E, sería para aquellos que tengamos un vehículo tractor de MMA 3500 Kgs., y un remolque de MMA superior a 750 Kgs.
Y en este caso pruebas teoricas y las prácticas con mas maniobras y circuito abierto.

Menudo lío !!
Con lo sencillo q sería que nos lo dieran por la cara, ya que somos gente muy maja, responsable y amantes de la conducción responsable.

Pero me temo que no es así, pues los moteros, camioneros, etc, alegarían iguales circunstancias.

En Tráfico en Valencia me lo dejaron muy clarito.

Pero la Autoescuela a la cual fuí, no me ha llamado todavía.
Es tan nuevo esto, que todavía nada saben ...

FamiliaChe
12/12/2009, 23:25
Disculparrrrrr

Quise decir, "con la confiaza de que la GC d Tráfico NO HAGA caso omiso de los Permisos de circulación y le de por pesar los vehículos cuando estamos rodando" :evil:

Pues como le de por comprobar las MMA reales y pesen los conjuntos vehículo y remolque ...
A mas de uno, diga lo q diga el permiso de circulación, nos va a pillar pasaditos de peso.

Astur
12/12/2009, 23:28
Disculparrrrrr

Quise decir, "con la confiaza de que la GC d Tráfico NO HAGA caso omiso de los Permisos de circulación y le de por pesar los vehículos cuando estamos rodando" :evil:

Pues como lo haga, a mas de uno diga lo q diga el permiso de circulación, nos van a pillar pasaditos de peso


schussssssssssssssssssssssss

Joelsa
13/12/2009, 02:12
Te equivocas Joelsa. Si el PMA del remolque es igual o inferior a 750 kilos, se puede llevar con el B aunque el vehículo tractor tenga un PMA de 3500 kilos.

Comanche y Astur, si estoy equivocado como podeis explicar lo que dice el reglamento?

os cito,

B
Edad mínima para obtenerlo: 18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).lll
Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg
Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750 kg de m.m.a) siempre que:
-La m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg y, -La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.

Joelsa
13/12/2009, 02:20
Perdón me confundí.
Quería decir:

Joelsa. Siempre fue así.
Con el "B" se podía llevar cualquier vehículo de MMA 3500 y cualquier remolque de MMA 750 kg.
Solo en el caso de que el remolque tuviese una MMA superior a 750, había que mirar si la suma de las MMA de los dos no superaban los 3500 kg para poder llevarlo con el B.
Y voy más allá, porque ese era un requisito pero había otro requisito indispensable además del anterior, y es que la MMA del remolque no superase la TARA del vehiculo tractor. Requisito éste que ahora ya no se da.
Pero bueno, no vamos a discutir ahora lo que ponía la Ley antes, que bastante tenemos con descifrar la actual
Saludos a todos

Astur, Familia Che, os repito lo mismo estais confundidos, no colsultar con la gente que puede no tener claro el significado del regalmento que os cito a continuación,

B
Edad mínima para obtenerlo: 18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).lll
Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg
Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750 kg de m.m.a) siempre que:
-La m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg y, -La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.

La ley era explicita y el reglamento lo podeis encontrar todavia en trafico, muchas autos escuelas etc.....

michel
13/12/2009, 02:38
Astur, Familia Che, os repito lo mismo estais confundidos, no colsultar con la gente que puede no tener claro el significado del regalmento que os cito a continuación,



La ley era explicita y el reglamento lo podeis encontrar todavia en trafico, muchas autos escuelas etc.....

Por favor, pásate por aquí, y verás lo que decia la norma, míralo en la segunda página del pdf.
http://www.webcampista.com/colaboraciones/informacin-normativa-y-varios-3/remolques-y-carnet-b-361/ (http://www.webcampista.com/foro/../colaboraciones/informacin-normativa-y-varios-3/remolques-y-carnet-b-361/)

Saludos

FamiliaChe
13/12/2009, 02:44
Amigos,

Que no va por nadie, que yo me puedo equivocar, pero insisto ...

Siempre se ha podido arrastrar con el B, conjunto acoplado al vehículo tractor con MMA hasta 4250 Kgs., pero solo en el caso de que el remolque no pese mas de 750 Kgs.

Poqué ?? Porque el vehículo tractor puede tener un MMA de 3500 kgs., que sumando ese remolque de 750 Kgs. es igual a 4250 Kgs.

Pero cuando el peso del remolque en MMA, es superior a 750 Kgs., empiezan las limitaciones.

Es decir, el conjunto vehículo tractor + remolque, no puede tener una MMA superior a 3500 Kgs., salvo que hagamos las pruebas para arrastrar conjuntos entre 3500 y 4250 Kgs., que es el tema que nos tiene a todos liado.

Yo he ido a la Jefatura de Tráfico y si ves el post 331, se que es un poco largo, verás que lo que me dicen es que tenemos que hacer pruebas.

Eso sí, son menos exigentes, a priori, y menos costosas supongo, que las del B + E.
Puesto que no hay exámen teórico, no hay pruebas de conducción en abierto y las maniobras son solo estacionamiento y enganche/desenganche.

Veremos realmente lo que ocurre, pues te digo que he ido a dos autoescuelas y una está junto a la Jefatura y no tenían todavía ni idea de que les estaba hablando.

Astur
13/12/2009, 03:01
Vamos a ver Joelsa, te lo voy a explicar paso a paso para que lo veas claro, y te lo pongo textual:
¡OJO! Va separado por párrafos,es decir puntos y aparte. Cada párrafo es independiente del anterior

R.D. 772/97 Art. 5.1 PERMISO "B"
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos incluido el del conductor, no exceda de nueve.
Creo que hasta aquí ho hay nada que explicar. Ejemplo puedo llevar un todoterreno cuya MMA es 3.500 kg con el "B"
----------------------------------------------------------
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.
Entonces con un vehículo de MMA 3500 kg puedes llevar un remolque de MMA 750 kg (3500 + 750 = 4250)
----------------------------------------------------------
Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kilogramos y la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
Vamos con el meollo de la cuestión; aquí lo que te dice es que hay otra opcion de conducir con el "B" Puedes conducir un conjunto de vehículos siempre que entres dentro de estos condicionantes.
Por ponerlo claro, que si vas con un vehiculo de los que te autoriza el "B" puedes llevar un remolque de MMA superior a 750 kg, siempre y cuando la suma de la MMA del vehiculo tractor y la MMA del remolque no superen los 3500 kg y a su vez que la MMA del remolque no supere la TARA del vehiculo tractor
Saludos

FamiliaChe
13/12/2009, 03:02
Comanche y Astur, si estoy equivocado como podeis explicar lo que dice el reglamento?

os cito,

B
Edad mínima para obtenerlo: 18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).lll
Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg
Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750 kg de m.m.a) siempre que:

-La m.m.a. del conjunto no exceda los 3500 kg y, -La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.

Creo que todos estamos diciendo lo mismo :banghead:
El lio viene cuando el remolque pesa mas de 750 Kgs. y la MMA del conjunto es superior a 3500 kgs.

Ahora puedes optar por, hacer solo las pruebas de conducción, si lo que tienes es un vehículo + remolque (de mas de 750 Kgs.) que sumen como máximo 4250 kgs. de MMA.

En lugar de tener que examinarte del B + E.

Y si tienes un vehículo de 3500 kgs. y un remolque de mas de 750 Kgs., no tienes mas webs que sacar el B +E.

Que lío, parece un trabalengüas.

Creo y estoy seguro que todos estamos diciendo eso, tanto Comanche como Astur como yo mismo :D

Joelsa
13/12/2009, 03:33
A ver, me parece que va a ser que SI, que teneis razón... he estado repasando el decreto del reglamento 97 y no limita como indicais, pero curiosamente ayer consulte con el siguente enlace, entrar y vereis lo que dice:

Autorización para la conducción de vehÃ*culos - Wikipedia, la enciclopedia libre (http://es.wikipedia.org/wiki/Autorizaci%C3%B3n_para_la_conducci%C3%B3n_de_veh%C3%ADculos#Espa.C3.B1a)


es probable que este equivocado y me ha llevado a confusión, pero leerlo por que es curioso.....

Astur
13/12/2009, 03:46
A ver, me parece que va a ser que SI, que teneis razón... he estado repasando el decreto del reglamento 97 y no limita como indicais, pero curiosamente ayer consulte con el siguente enlace, entrar y vereis lo que dice:

Autorización para la conducción de vehÃ*culos - Wikipedia, la enciclopedia libre (http://es.wikipedia.org/wiki/Autorizaci%C3%B3n_para_la_conducci%C3%B3n_de_veh%C3%ADculos#Espa.C3.B1a)


es probable que este equivocado y me ha llevado a confusión, pero leerlo por que es curioso.....


Es cierto Joelsa,
viendo ese enlace da lugar a error porque no hacen una transcripción literal y da a entender que aunque el remolque no supere los 750 el conjunto tampoco puede pasar de los 3500
Hay que tener cuidado con la wikipedia, ya ha sido cuestionada más veces por la facilidad para cambiar la información que se facilita, o sin ser nada intencionado simplemente un error, por eso es mejor verlo en BOE u otras paginas oficiales
Saludos a todos y hasta mañana

Joelsa
13/12/2009, 04:06
Os dejo este enlace que es bastante aclaratorio,

Aclaración sobre el nuevo Reglamento General de Conductores | Travesía (http://www.revistatravesia.es/noticia/806/)

Saludos

Astur
13/12/2009, 14:25
Os dejo este enlace que es bastante aclaratorio,

Aclaración sobre el nuevo Reglamento General de Conductores | Travesía (http://www.revistatravesia.es/noticia/806/)

Saludos

Está muy bien este enlace lo explica muy bien

FamiliaChe
13/12/2009, 18:59
Gracias Joelsa por ese enlace.

En ese sí que queda claro, muy claro.
Ahora, en el de wikipedia, deja mucho que desear ...

polilla64
13/12/2009, 21:53
Gracias Joelsa, por el enlace, creo que ahi ya queda claro.
Un saludo.

pplu
13/12/2009, 22:38
Os dejo este enlace que es bastante aclaratorio,

Aclaración sobre el nuevo Reglamento General de Conductores | Travesía (http://www.revistatravesia.es/noticia/806/)

Saludos


Muy interesante, lo dice bien claro.

Ahora, las autoescuelas de ser asi, tendran al menos que darnos la información proximamente para decirnos los pasos a seguir, porque de momento ellos no lo saben, y en mi caso particular, me comentaban que no hacia falta nada...

La pena, es que esto deberia de estar mucho más claro, y no la DGT esperar a ultimo dia para dar explicaciones pertinentes a las autoescuelas para saber y decir los pasos a seguir.

Y de ser, como dicen..., yo no veo diferencia tan apenas con el B+E que habia hasta la fecha, es más, si yo lo tengo que necesitar, ese intentare sacarme llegado el tema.

Un saludico.

polilla64
13/12/2009, 22:45
Pplu, según veo si vamos a tener que pasar los que quieran llevar hasta 4250 kg, por las autoescuelas y pagar tasas, y todo eso...pero creo que será mucho más barato que sacarse el B+E.
Un saludo.

MikeGoody
13/12/2009, 23:14
Muy interesante, lo dice bien claro.

Ahora, las autoescuelas de ser asi, tendran al menos que darnos la información proximamente para decirnos los pasos a seguir, porque de momento ellos no lo saben, y en mi caso particular, me comentaban que no hacia falta nada...

La pena, es que esto deberia de estar mucho más claro, y no la DGT esperar a ultimo dia para dar explicaciones pertinentes a las autoescuelas para saber y decir los pasos a seguir.

Y de ser, como dicen..., yo no veo diferencia tan apenas con el B+E que habia hasta la fecha, es más, si yo lo tengo que necesitar, ese intentare sacarme llegado el tema.

Un saludico.

Completamente de acuerdo con pplu.

Posiblemente este "nuevo B" sea más fácil y algo más barato que el B+E, pero en un futuro no muy lejano puedes encontrarte otra vez con limitaciones de peso, con el B+E tienes el problema solucionado para siempre, y total puestos en autoescuela, en gastos y pruebas por poco más tienes el carnet definitivo. Este "nuevo B" no acabo de enterderlo.

Todos los momentos cuentan. Saludos.

jarocho
13/12/2009, 23:52
Hola a todos-as,

Estoy de acuerdo con Mikegoody. Hace un año y medio que tengo el B+E, y aunque afortunadamente lo saque a la primera me costo, no economicamente ya que practique con mi coche (sufriendo el embrague) y el remolque que me dejo la autoescuela en el recinto de practicas de la misma, BASTANTES HORAS DE PRACTICAS, sobre todo: marcha atras en curva y el aparcar tambien marcha atras; por lo que deduzco que para sacar la autorizacion como hay que hacer tambien esta ultima prueba, como norma, si no es una persona que ya lo tenga mucho por mano, tendra que practicar lo subsodicho. Entonces de aqui a hacer la marcha atras en curva no cuesta mucho, acercarte al muelle marcha atras es muy facil, y enganchar el coche al remolque tambien se tendra que hacer para la autori-
zacion, por lo que de aqui a el examen teorico y conducir por ciudad, hay un paso. Eso si, habra que valorar la diferencia economica, pero si no fuese mucha y se puede hacer, mi opinion es sacar el B+E, por que asi ya lo tienes y te olivades de todo.

Saludos y animo que para los que no les guste el frio que pronto pasara el invierno que esta a punto de llegar y poder airear las cv.

RAV 4 177CV + FENDT 510 TGB

gralla
17/12/2009, 17:36
Aqui tenemos todas las respuestas a tanta elucubracucion ja ja ja.
San paganini o creiais otra cosa :evil::evil::evil:

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/conductores/Maniobras_circuito_cerrado_-_Esquemas.pdf

FamiliaChe
17/12/2009, 23:00
Completamente de acuerdo con pplu.

Posiblemente este "nuevo B" sea más fácil y algo más barato que el B+E, pero en un futuro no muy lejano puedes encontrarte otra vez con limitaciones de peso, con el B+E tienes el problema solucionado para siempre, y total puestos en autoescuela, en gastos y pruebas por poco más tienes el carnet definitivo. Este "nuevo B" no acabo de enterderlo.

Todos los momentos cuentan. Saludos.

De buen rollo ...

No entiendo porqué si antes casi nadie se sacaba el B + E, ahora la mayoría dice que metidos en gasto mejor este que el "nuevo carnet".

A mí no me apetece gastarme una pasta en un carnet que no necesito.

Actualmente si este "nuevo B", nos soluciona lo que necesitamos, para qué mas gasto (entre 600 y 800 € mínimo cuesta el E)

Las maniobras, son mas complejas en el B + E, por lo tanto mas estresante a la hora de examinarnos.

No creo que eso haga que tengamos mas destreza, eso me lo dará la práctica.

Y el día que tengamos una Autocaravana, si la tenemos.
O un todo terreno que añadiendo la caravana supere las MMA 4250 kgs., pues entonces veremos, que carnet hace falta.

Quizá dentro de dos años no exista ni el "nuevo B", ni en B + E, modifiquen pesos y exista el "nuevo C"

Ahora, si la DGT no instrumenta como hacer ese examen, al final no habrá mas c.....s que hacer el E.

Pero no me parece lógico que adapten el B y no nos podamos preparar para él.